jueves, 23 de diciembre de 2021

Operación Columna contra todos los ciudadanos.

 

Felices fiestas ministro Marlaska. Los Guardias Civiles siguen igual.

Decía Cicerón que la verdad se corrompe no sólo por la mentira sino por el silencio.

Marlaska, un juez, ministro, que incumple las resoluciones parlamentarias y las sentencias firmes del TEDH, y del Constitucional. La justicia no ha podido llegar a mayor descrédito.

Alguien dijo que las  pruebas pesan más en la balanza de la justicia que los mas elocuentes discursos, si mal no recuerdo lo precisó, Ben Jonson. En este sentido y bajo el paraguas de la vigente constitución que calificó a España como un estado democrático y de derecho, cientos de Guardias Civiles, ejercieron un derecho básico como era el de asociación, ejercicio que los llevó a las cárceles y a montajes ilegales, delictuales y a persecuciones propias de un estado nazi. Las pruebas deberían de pesar más en la balanza de la justicia, aquí nada de eso es real, y lo podemos ver en  las cloacas del estado y en el caso Villarejo. El estado justifica todo, y los poderes del estado están penetrados por la indecencia y la vergüenza. Los Guardias Civiles democráticos, palpaban todo lo que pasaba, y tenían una obligación legal, que era poner en conocimiento de los jueces y denunciar la corrupción y las corruptelas que observaban, motivos básicos y fundamentales de la represión ilegal. La Operación Columna, en todas sus fases, no fue sólo para reprimir el derecho a la unión de todo el colectivo, sino, a evitar que los corruptos y la corrupción quedara al descubierto. Ni patas negras, ni comisión Pi, ni Batallón Vasco Español ni GAL, eran apariciones espontáneas, lo triste de todo ello es  que siempre pagan los visibles, los Policías y Guardias Civiles, que dan todo por España y hasta su vida. Mientras los supuestos autores y las investigaciones se aparcan cuando no se implica a inocentes. Video Tv1 Historia Democrática GC

Ahora Villarejo, condenado de antemano, le niegan todo vestigio constitucional y tener en cuenta las pruebas que sean precisas para demostrar la inocencia que predica. Nuevamente se asesina al mensajero y se niega la mayor, averiguar si el estado mantiene conductas ilegales generalizadas contra sus ciudadanos y contra el estado de derecho, depurando las responsabilidades que procedan y a quién proceda. Operación Delictual Columna organizada por el estado

Dicen que las pruebas son elementos esenciales para la justicia, aquí en España ni se esperan cambios ni veremos a los culpables en las cárceles y depurando sus responsabilidades; seguiremos viendo a los roba gallinas condenados sin remordimiento y a los inocentes pagar por otros, por los que están arriba como dicho que es popular.

Nuestros políticos, no han cambiado siguen por la misma senda y se ve en el Ministro del Interior, en el Juez Marlaska, no hace mucho tuvo el valor de ordenar que lo que aprobó el Consejo Guardia Civil como reconocimiento a los Guardias Civiles democráticos se publicara en el BOGC, pero no ha cumplido con los mandatos del TC, del TEDH, con las resoluciones parlamentarias, es decir, sigue más de lo mismo y con peor procedimiento, es el de los cobardes que quieren hacer pero no hacen, porque su atrofia intelectual no le permite dar un paso a favor de la justicia de la ley y del derecho. Un ministro no sólo debe ser honrado se le debe suponer. Marlaska ha vivido siempre en la oscuridad y nunca será capaz de ver la luz. Necesitamos valor y entereza y máximo cuando hablamos de un ministro que a su vez ha sido juez y es juez aunque metido y confundido en la política indecente.

Para terminar. Un sabio dijo: A veces donde menos buscamos es donde más encontramos y de quien menos esperamos es de quien más recibimos. De Marlaska y de su séquito se esperaba justicia, aplicación de las sentencias y de las resoluciones parlamentarias aprobadas por el parlamento en diversas ocasiones, y no sólo las que interesan a los asesinos de ETA , y a otros colectivos más afines.

Para finalizar Ya, Marlaska un juez metido a ministro, que volverá a los juzgados a emitir justicia, lugar donde ya nadie le entenderá ni le creerá, puesto que la justicia se hace especialmente cumpliendo las sentencias y sobre todo devolver la dignidad, y la legitimidad a funcionarios de la Guardia Civil que se pusieron de frente y dijeron basta ya, a la corrupción y a los corruptos y que fueron vilmente perseguidos y encarcelados bajo el paraguas ilegal y delictivo de la Operación Columna, tal y como cuenta en su relato histórico, Villarejo.

 

miércoles, 1 de diciembre de 2021

Caos en el ambulatorio de Ponteareas. Una dirección huida y sin medios


El ambulatorio de Ponteareas --Pontevedra-- en caos y quiebra general.

El desamparo en la atención a los servicios llega a tener citas para un médico que ya no está prestando servicios en el centro médico.

El desastre no es que se le espere, es que es evidente y desde hace tiempo. Caos en la prestación de servicios de atención primaria, y una clara falta de organización y de planificación.

Nadie responde y el abandono en servicios esenciales es clamoroso, nada funciona, todo se va haciendo de forma coyuntural como si de tapar agujeros se tratara.

Pacientes con citas programadas que asisten a sus horas a la citas, en repetidas ocasiones sin que sean atendidos. Médico que no saben si están o si se le espera, Sin que se les avise, y lo más grave dejados abandonados a su suerte, sin importar su salud y su asistencia sanitaria. Una clara anarquía y un claro abandono cuasidelictual.

Los pacientes se están planteando iniciar acciones penales para poner encima de la mesa que el centro médico de atención primaria incumple de manera habitual y continuada sus obligaciones legales de atender a los pacientes.

Ya se han dado casos de no ser atendidos  de manera reiterada por el ambulatorio, debido a que el médico no estaba, ni sabían dónde se había ido, si llegó en algún momento. Las citas aplazadas hasta que acaben las fiestas puesto que han existido cambios de médicos como una película de Cantinflas de Ponteareas a Mondaríz por supuestos fallos burocráticos. Hoy nuevamente pacientes sin atender y a la espera de que pasen las fiestas para que pidan cita, y para qué, y si llegan para volver a ir al ambulatorio para darse un paseo.

Para finalizar Ya, Caos en Ponteareas, abandono en el ambulatorio, y anarquismo general que hace que los profesionales de la sanidad acaben con el síndrome del trabajador quedado. Unos responsables irresponsables que juegan con uno de los bienes jurídicos a proteger de mayor relevancia: “La salud y la vida”.  Que más les da ellos tienen otra sanidad.

sábado, 27 de noviembre de 2021

PADRE PIO DE PIETRELCINA - En Español (audio) Pelicula Completa

Definición de Víctima, Conceptos y otros de interés.

 

Autor: José Carlos Piñeiro González. Director Centro Formación EIAFORMACIÓN TL 986266151

Concepto: Victimas son las personas que individual o colectivamente, hayan sufrido daños inclusive lesiones físicas o mentales, sufrimiento emocional, perdida financiera o menoscabo sustancial de los derechos fundamentales como consecuencia de acciones u omisiones que violen la legislación penal vigente en los estados miembros, incluida la que proscribe el abuso de poder.

Legislación que avala el concepto de víctima: ONU “Declaración sobre los principios fundamentales de la justicia para las víctimas de delitos y del abuso de poder. –Resolución 40/34, de 29 de noviembre de 1985. Ley 4/2015 Derechos de las víctimas contemplados en el estatuto de las Víctimas.

Derechos de las víctimas: Toda víctima tiene derecho a la protección, información, apoyo, asistencia y atención, así como a la participación activa en el proceso penal y a recibir un trato respetuoso, profesional, individual, y no discriminatorio desde su primer contacto con las autoridades o funcionarios, durante la actuación de los servicios de asistencia y apoyo a las víctimas y de justicia restaurativa, a lo largo de todo el proceso penal y por un periodo de tiempo adecuado después de su conclusión , con independencia de que se conozca o no la identidad del infractor y del resultado del proceso.

La consideración de víctima no tiene nada que ver y es independiente se identifique, se detenga o se juzgue al autor llamado victimario –autor victimario son lo mismo--. O tipo de relación que exista con el victimario.

Importante distinguir: Victimas de riesgo y víctimas vulnerables. Victimas directas en indirectas. Victimización primaria y victimización secundaria.

Colectivos de riesgos: Personas que tienen mayor probabilidad de ser victimizadas o de sufrir sucesos traumáticos.

Victimas de riesgo: Las que por sus características son más propensas a ser víctimas de un suceso traumático.

Víctimas vulnerables: Son aquellas que tras haber experimentado un suceso traumático, tienen mayor probabilidad de sufrir un impacto físico o emocional más intensos.

Victimas directas: Las que han sufrido directamente el suceso traumático.

Victimas indirectas:  Pueden ser tanto los testigos, directos del suceso traumático o las personas allegadas, familiares, amigos, etc que sufren cuando una persona ha sido victimizada. --Efecto onda y efecto contagio--.

Traumatización vicaria: La que sufren profesionales que trabajan exclusivamente con víctimas de violelencia o trauma y que han estado expuestas repetidamente a traumas de otras personas. Ejp, Periodistas, terapeutas, policías, forenses, sacerdotes, abogados, consejeros etc.

Desvictimización: Proceso de restitución, resarcimiento, reconstrucción, reparación, etc con respecto al impacto o secuelas del hecho sobre la víctima.

Riesgo y vulnerabilidad: Son conceptos que tienen matices diferentes pero se usan indistintamente, y hacen referencia a probabilidad de sufrir victimización como a la probabilidad de sufrir diferentes consecuencias tras haber experimentado un suceso traumático.

Tipos de victimización: Primaria, secundaria, terciaria. “Por orden de tiempo”.

Consecuencias de la victimización primaria: Directas en las víctimas que pueden ser “ ´físicas, psicológicas, sociales y económica. Las consecuencias son muy importantes en el ámbito legal y forense, al ser cuantificables y valorables. Etc.

Victimización secundaria: Conjunto de costes personales que tiene para la victima un hecho delictivo, su intervención en el proceso penal en el que éste es objeto de enjuiciamiento. Esta victimización  es posterior y añadida a la primaria. Suele causar un gran malestar en la víctima, gran desconfianza en el sistema  y en la sociedad. La víctima experimenta una doble herida: Psíquica –relacionada con el trauma sufrido--. Y Socialasociada a la incomprensión familiar o social experimentada  o  a veces el apoyo directo o indirecto al agresor. Lo llamativo para este tipo de victimización es que la victimización no está siendo infligida por el agresor o delincuente, sino por los profesionales pertenecientes al ámbito judicial, policial, asistencial y por los medios de comunicación.

Victimización terciaria: No existen acuerdo unánime en cuanto a los límites, es decir aquiénes les afecta, según algunos autores sería el conjunto de costes de la penalización sobre quien la soporta personalmente o sobre terceros, ejemplo el agresor, pérdida de libertad en centro penitenciario y sus circunstancias en éste; al salir de prisión dificultades encontrar trabajo debido a sus antecedentes, salir en los medios de comunicación. Etc A sus familiares. 

Daño Psicológica: Consecuencias psicológicas o psicopatológicas que se derivan del padecimiento o suceso potencialmente traumático que causa grave interferencia en la vida de quien lo experimenta.

Clasificación del daño Psicológico: Lesiones psíquicas –daños agudos que pueden ser reversibles-. y secuelas emocionales –daños crónico  y potencialmente irreversible—

Definición de Violencia de género ONU 1993: Todo acto de violencia de género que resulte o pueda tener como resultado un daño físico, sexual o psicológico para la mujer, inclusive las amenazas de tales actos, la coacción o la privación  arbitraria de libertad, tanto si se producen en la vida pública como en la privada.

Conceptos o Notas:

Victimario: El que daña o victimiza a otra persona.

Victimizar: Convertir en víctimas a personas.

Victimar: Asesinar o matar.

Victimización y des-victimización.

 

El TSXG autoriza a la Xunta exigir el certificado COVID-19 para acceder al interior de restaurantes.

 


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El TSXG autoriza a la Xunta exigir el certificado COVID-19 para acceder al interior de restaurantes

26/11/2021.- El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha autorizado hoy a la Xunta exigir la exhibición del certificado COVID-19 de vacunación, recuperación o prueba diagnóstica negativa a las personas mayores de 12 años para acceder al interior de los restaurantes, durante todo el día, y, a partir de las 21 horas, para el ingreso en cafeterías y bares. La Sala entiende que la medida preventiva de seguridad sanitaria, cuyo permiso para implementarla fue solicitado ayer por la Administración autonómica, cumple con el requisito de temporalidad exigido por el Tribunal Supremo, pues tendrá efecto desde las 00.00 horas del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia (DOG) y hasta las 00.00 horas del 18 de diciembre. Además, destaca que no solo cumple la función de “evitar contagios, sino también minimizar los riesgos”, pues recuerda que es “una evidencia científica” que la transmisión de la COVID-19 entre los vacunados es “mucho menor a la de los no vacunados”.

Los magistrados inciden en que la medida permite “unos niveles mayores de ocupación, pero garantizando la seguridad sanitaria” y consideran que está justificada porque la exhibición de la documentación se pide para entrar en espacios cerrados “en los que se  pueden agrupar factores que aumentan el riesgo de transmisión de la COVID-19”, pues en ellos se establecen “contactos próximos y prolongados entre personas, con escasa renovación de aire en el interior, en algunos casos, y realización de actividades en las que es necesaria la retirada de máscara (al comer o beber) y de acciones que ocasionan una mayor generación de aerosoles (hablar, en ocasiones, con un tono de voz mayor del normal o cantar)”. Además, los jueces indican que se trata de “lugares de socialización que favorecen la relajación de la atención necesaria para mantener las medidas individuales de prevención (uso de máscara y mantenimiento de la distancia de seguridad interpersonal), a lo que puede contribuir el consumo de alcohol”.

El TSXG asegura que la implementación de la medida no supone “un sacrificio desproporcionado”, pues la exhibición del certificado se requiere “para el desarrollo de unas actividades de ocio donde la entrada o el acceso al establecimiento es voluntaria”. El alto tribunal gallego también advierte en el auto que la situación epidemiológica de Galicia está “empeorando”, por lo que, según la Sala, “las actividades que presentan un riesgo comparativamente más alto de transmisión, como es la hostelería, precisan continuar con medidas específicas de control, toda vez que el virus sigue circulando y causando nuevos casos, ingresos hospitalarios en unidades de agudos y en unidades de críticos y muertes en nuestra comunidad”.

Los magistrados de la sección tercera de la Sala de lo Contencioso- administrativo señalan que “tampoco se puede restar importancia al contexto estacional en que nos encontramos”, pues limita la utilización de terrazas y espacios al aire libre, “lo que refuerza la necesidad de arbitrar mecanismos de control de acceso de personas en los establecimientos que pretendan incrementar los niveles de ocupación y capacidad, con el fin de evitar riesgos de contagios”. Los jueces también subrayan en el auto, contra el que cabe presentar recurso de casación, que no constan “otras medidas alternativas menos gravosas para garantizar la seguridad sanitaria en este tipo de establecimientos en la situación de emergencia sanitaria en la que aún nos encontramos”.

viernes, 5 de noviembre de 2021

La pedagogía Jurídica una realidad centenaria, educativa y necesaria en los tribunales de Justicia y en el campo del derecho.

 

«Los educadores abren la puerta, pero el ciudadano debe entrar solo». Proverbio chino. 

La pedagogía, es hoy reconocida como presente en todo los procesos que envuelven la educación, estando en ámbitos que son los  pilares fundamentales de cualquier estado de derecho y democrático. La pedagogía es fundamental para el desarrollo y desenvolvimiento de la enseñanza aprendizaje del individuo, de grupos, y de las sociedades.

Muchos sólo ven al Pedagogo, como profesional sometido única y exclusivamente a las aulas o centros escolares, que siendo áreas importantes de la actuación del pedagogo, no son las únicas ni las exclusivas. La pedagogía es la ciencia que se ocupa de la educación, de la salud y está relacionada de hecho con las experiencias sociales, es decir con la sociedad y con la comunidad. Ver enlace Ámbitos de la Pedagogía.

La educación es un proceso que se traslada al desarrollo a todo el ciclo  vital, a lo largo y ancho de toda la vida y que no se circunscribe solamente a la época académica, sino que es un desarrollo social y constante, pasando a la denominada educación social.

Pasando de todo lo que se ha dicho o de los presupuestos señalados, se puede decir que el pedagogo puede y debe actuar en todo los ambientes y ámbitos –así queda reflejado en el desarrollo del título universitario de licenciado y de grado que  señalamos resumidamente: «Educativo, social, empresarial, recursos humanos, Sanitario Clínico, y medio ambiente»–. El pedagogo trabaja con personas, y a las que evalúan constantemente en el desempeño del individuo a través de la educación.

Espacios como  los no escolares: empresas, geriátricos, instituciones, Entidades No Lucrativas, hospitales, asociaciones, Tribunales de justicia etc, son un campo claro de actuación del Pedagogo, áreas poco reconocidas pero en las que el pedagogo da ganancias al individuo y a la sociedad. Siendo imprescindible y necesario la presencia en estos espacios de estos profesionales, al cooperar con el mejor desempeño de las personas en el ámbito profesional proporcionándoles nuevas perspectivas sociales.

Con estas claves es necesario destacar la Pedagogía Jurídica, como una práctica educativa que ocurre fuera del ambiente escolar, que se desenvuelve en un ambiente institucionalizado, organizado, y sistematizado por las leyes y reglas que se visan regularmente  en trabajo y beneficio de la sociedad para la mejor contribución en la resolución de problemas legales.

El pedagogo y la pedagogía jurídica, como práctica educativa que ocurre fuera del  ambiente escolar, ve su reflejo directamente en lo social y en la responsabilidad de actos delante de la sociedad. La actuación en este campo es poco conocida y muy maltratada tanto en el ámbito académico como en el profesional. Visto todo eso explicaremos la valorización con herramienta educativa en el proceso del que se denomina Pedagogía Jurídica.

Consideramos al Pedagogo Jurídico como agente activo en el proceso social en la resolución de los casos judiciales, cuestiones que sin duda ocupan a éstos y a los juristas. La ley y el derecho afectan a todos, y más a los que se ocupan de la educación, de la salud y de las personas.

Debemos señalar diversas cuestiones previas y de extrema importancia: Primero, que el pedagogo tiene extrema importancia para el trabajo que se desenvuelve en el ámbito jurídico, como una práctica educativa que se da en un ambiente institucionalizado, organizado y sistematizado por leyes y por reglas que visan regularmente el trabajo que beneficie a la sociedad por medio de la contribución de la resolución de problemas legales.

La pedagogía y por lo tanto e pedagogo,  está presente hoy en día en todos los ámbitos sociales, donde los seres humanos se interrelacionan diariamente tanto de forma positiva o negativa, lo que es considerado un proceso educativo. La pedagogía por ser una ciencia de la educación acredita un proceso continuo de aprendizaje, dentro y fuera de la escuela, que conduce a proceso que contribuye a la  formación del ser humano y de las sociedades, que utiliza diversos medios para tal objetivo. En todos los ámbitos, formales, no formales e informales; donde también esta inserto el campo judicial como una importante área del Pedagogo.

Para terminar, señalar que el Pedagogo actúa en todos las áreas o ámbitos de la sociedad, en contextos esenciales y diferentes y lo hace con planteamientos científicos desde la perspectiva educativa, social, formal, empresarial, sanitaria, y participa en todos con gran acierto y responsabilidad, tomando como base siempre a las personas, la sociedad y los derechos humanos, con clara vocación de hacer una sociedad democrática y en libertad.

Para finalizar Ya, la Pedagogía Jurídica es un ámbito del profesional de la Pedagogía, por lo tanto del Pedagogo, que está sin duda enraizada con esta ciencia; la participación del pedagogo en el campo de las reglas sociales, de las leyes como vienen demostrando es esencial, la educación no se ciñe sólo a un periodo concreto de la vida, sino que, se ciñe a todo el desarrollo humano y vital; y también a la organización social de las sociedades, para que vivan en paz y sean justas.

Artículo Publicado: https://www.periodistadigital.com/politica/20200617/pedagogia-juridica-realidad-centenaria-educativa-necesaria-tribunales-justicia-campo-derecho-noticia-689404326138/

martes, 26 de octubre de 2021

UnionGC, candidatura para el cambio. Entrevista al presidente de la UnionGC. Marcelino García.



En UnionGC venimos reiterando la necesidad de dar el paso natural a la sindicación en la Guardia Civil, motivado por la obsesión restrictiva de la DGGC

Mensaje del Presidente UnionGC

El Presidente UnionGC, agradece el gesto del Ministro Marlaska, pero cree que debe dar el paso definitivo para el reingreso de los Guardias Civiles expulsados y cumplir las sentencias del TEDH y del TC. Hay que cerrar un capítulo que nunca se debió producir

Hoy nos acompaña la profesión y un profesional de sobra conocido, en el mundo de la seguridad y del trabajo bien hecho: "El presidente de la UniónGC". Vocal actualmente del Consejo de la Guardia Civil, que en breve será renovado al producirse en horas su renovación.

Marcelino García Bermúdez, es el actual presidente de la Web UnionGC, con destino en el destacamento de Tráfico de Verín (Ourense). Persona muy activa en defensa de los derechos de los guardias civiles, consejero por dicha asociación profesional --UnionGC- que tiene dos representantes en el consejo de la Guardia Civil. Especialmente activo en el consejo y fuera de él, en defensa de los guardias civiles separados del servicio y en general por las garantías profesionales y derechos de todo el conjunto de hombres y mujeres que forman la Guardia Civil. Sentencia Equiparación Salarial UnionGC

Nuestra primera pregunta fue motivo de grandes movilizaciones y de respuestas anómalas cuyas heridas no han sido cerradas por la Benemérita, centrada en si los guardias civiles deben tener voz y asociaciones que los representen, a lo que nos respondió alto y claro: "Es un derecho básico contar con órganos de representación colectiva, la unión hace la fuerza y de esa fuerza representativa nacen las mejoras socio-laborales del colectivo. Sin representación seguiríamos en el modelo casa-cuartel, 24 horas al día de servicio. Sobre el Consejo de la Guardia Civil, precisa, "que es operativo si el Ministerio del Interior y la Dirección General de la Guardia Civil lo quieren. Las asociaciones trabajamos mucho la normativa previamente, proponemos cambios y mejoras; a veces se consiguen y otras no. El querer convertir el Consejo en una llorería o en aterezzo no va a contar con nuestra aquiesciencia, en UnionGC somos muy reivindicativos, no sería la primera vez que me levanto de una sesión plenaria del Consejo y lo abandono". Continúa precisando que, "como representantes del Consejo tienen garantías de representación lo que hacen a través de ese órgano de representación, donde están los vocales de las asociaciones elegidos en el proceso electoral que se celebra cada cuatro años. La representación está garantizada y regulada, aunque en los términos más restrictivos y limitados que se puede ejercer la representación de cualquier colectivo en España". Programa, candidatos y candidatas UnionGC

Continuamos con otra pregunta en la que solicitamos nos evalúe su trabajo como representante de la UnionGC en el consejo, y nos dice: "En el Consejo nuestro trabajo cosiste en estudiar los borradores de la abundante normativa que pasa al Consejo, proponiendo alegaciones y modificaciones al efecto; abordamos las quejas y sugerencias que presentan los efectivos del Cuerpo y finalmente tratamos la prevención de riesgos laborales del colectivo, para lo que me especialicé realizando un Máster en PRL, cuyo libro acabo de publicar".

Como no podía ser de otro modo, le hemos interrogado en relación al derecho de sindicación, antes le habíamos preguntando por el derecho de asociación profesional, cuya simple solicitud llevo a muchos de sus compañeros a las cárceles, a la expulsión y a ser procesados por sedición militar, ahora creemos que se puede hablar sin represalias, el derecho de sindicación mejoraría el nivel de diálogo y de corresponsabilidad. "En UnionGC venimos reiterando la necesidad de dar el paso natural a la sindicación en la Guardia Civil, motivado por la obsesión restrictiva de la DGGC con respecto a los representantes asociativos. Siendo asociación no nos quieren dar facultades ni una autonomía mínima, por tanto nos abocan al sindicalismo para poder representar con garantías a nuestros compañeros y compañeras".

Otro asunto que no puede quedar en esta breve conversación es en relación a los guardias civiles expulsados, Video Tv1 Historia Democrática GC todos sabemos y la opinión pública conoce,el gran trabajo que su organización y usted especialmente como vocal de la UnionGC, han hecho y que además llevan en sus doce razones --12 razones--. "Sobre esto el asunto es claro deben ser repuestos en sus derechos no han cometido hecho punible alguno; los compañeros expulsados: Cabo Rosa, Sargento Morata, Guardias Piñeiro y Linde --este último fallecido-- son una herida abierta en la Guardia Civil y desde la propia cúpula no están por la labor de una plena readmisión como pasó con la UMD. No obstante conseguimos, a requerimiento de UnionGC, con ayuda de UGT, un reconocimiento que querían que quedase diluido, pero el Ministro Marlaska se comprometió conmigo en el último Pleno del Consejo a publicarlo en el Boletín Oficial del Cuerpo y así se hizo. Algo inaudito y muy simbólico que abre la puerta a la total y efectiva readmisión de estos luchadores enunciados y otros que también les acompañaron en el camino arduo del sindicalismo clandestino y que fueron expulsados de la Guardia Civil".



Casi terminando nos metemos en el campo de si la Guardia Civil y la administración están obligadas al cumplimiento de sentencias y de las resoluciones parlamentarias. Un tema importante desde nuestro punto de vista, que no entra en la cabeza o intelecto de nadie, cómo puede ser posible que las organizaciones mayoritarias en el CGC, no hayan presentado ni exigido la ejecución de las sentencias y la readmisión de su compañeros expulsados y sobre todo la clara y rotunda decisión firme TEDH que indica cuestiones vitales y transcendentes para el conjunto de todo el colectivo. El representante de la UnionGC es claro respecto a la pregunta. "Cada asociación quedó retratada en este aspecto, la única que movió ficha sin amedrentarse fue UnionGC, el resto tomaron varias vías: indiferencia, sumarse o ponerse en contra. En el panorama asociativo hay asociaciones sumisas y apesebradas que no les importa el sufrimiento de quienes hicieron posible que ellos puedan asistir hoy, sin represalias, a un Consejo de la Guardia Civil; otras sólo miran por su jardín particular dentro del gran campo que representa la generalidad de la Guardia Civil. Con vista a largo plazo, conociendo el pasado, enraizados en el presente y sabiendo hacia donde tenemos que ir en la benemérita quedan muy pocas asociaciones".

En el apartado eficacia y eficiencia de la Guardia Civil, sobre su distribución territorial y adaptación al ordenamiento europeo --UE--, estando más en las calles y próximos a cualquier intervención que en los cuarteles al estar muchos de ellos cerrados. Nos precisa "La distribución territorial no se va a tocar, hace falta valentía y arrojo en la persona que lo asuma y en este momento al volante no tenemos ese perfil. Es una pena que ningún director o directora se atreva a modernizar el despliegue, están tan hipotecados, políticamente hablando, que ni unos ni otros tienen agallas ni respaldo político para llevar a cabo la reestructuración territorial de la Guardia Civil del siglo XXI ".

No podemos obviar la candidatura paritaria. Hay personas, Guardias Civiles, que dicen que la paridad es una imbecilidad qué opina: "Las opiniones son respetables hasta que dejan de ser opiniones y pasan a ser insultos. La candidatura paritaria de UnionGC es un toque de atención a la DGGC y al resto de asociaciones que se les llena la boca al hablar de igualdad pero a la hora de la verdad, las sillas para los de siempre. Las asociaciones tenemos que dar ejemplo y ser coherentes, esto no es nada fácil, pero como se ve es posible. Somos parte activa de la modernización de la Guardia Civil que incluye, entre otros, este aspecto". Querer es poderVideo Tv1 Historia Democrática GC 




jueves, 21 de octubre de 2021

UnionGC, la única candidatura paritaria. Las mismas compañeras que compañeros.


Una lucha histórica, las mujeres en la Guardia Civil y ahora por la UnionGC llenarán el consejo de la Guardia Civil.

UnionGC doce razones: Es hora del cambio y del diálogo y de integrar a todos en el siglo veintiuno y de responder con valentía a los nuevos retos.

Nuestras vidas empiezan a terminar el día en que guardamos silencio sobre las cosas que importan. Martin Luther King Jr.

La Unión de Guardias Civiles, asociación profesional conocida por su emblema amarillo. “Los de amarillo”. Han formado una candidatura que se conoce como “la de la Paridad”La voz de una candidata UnionGC El nombre lo dice todo, una candidatura para el nuevo consejo de la Guardia Civil, que pretende integrar y llenar de mujeres un consejo para el cambio y para  nueva forma de ver y hacer en las relaciones entre sus recursos humanos. Programa, candidatos y candidatas UnionGC

Como siempre debemos destacar el gran valor de este equipo que hoy forma la asociación profesional, que tiene en la actualidad varios consejeros en la corporación de la Benemérita. La presencia de compañeras en este órgano de representación estamos seguros que dará un impulso definitivo a viejas aspiraciones presentes en todos los guardias civiles que nos protegen por todo el territorio Español. Web UnionGC

Recordar que la UnionGC, fue una de las asociaciones que firmó los acuerdos de equiparación salarial, que ha supuesto hasta la fecha el mayor incremento retributivo de la historia.

La UnionGC, ha elaborado un plan de las doce razones, a saber:  1.- Cumplimiento de la equiparación salarial en su totalidad. 2.- Turnos de trabajo que permitan la conciliación profesional y familiar, 3.- Derecho de sindicación. 4.- Despliegue Guardia Civil. 5.- Readmisión compañeros fundadores asociaciones expulsados años 80-90. 6.- Seguridad para los que dan seguridad e instrumentos EPI,s. 7.- Reclasificación al grupo B de Cabos y Guardias Civiles. 8.- Concesión de condecorariones y medallas con justicia. 9.- Recuperación de plantilla hasta niveles óptimos. 10.- Medios Materiales adecuados y efectivos. 11.- Reconocimiento especialidad para cada puesto de trabajo seguridad ciudadana y Uprose. 12.- No aplicación CPM y supresión del apartado 5 del Código penal Militar.

La candidatura está formada por igual número de mujeres y varones. La encabeza el Presidente Marcelino BermúdezVideo presidente UnionGC seguido de José Varona, Secretario General, UnionGC, Video

Para terminar señalar que la UnionGC ha venido haciendo un gran trabajo de campo reuniéndose con entidades diversas, con grupos parlamentarios y conectando diariamente con la sociedad, y especialmente situando el trabajo asociativo dentro de su memoria histórica, generando un cambio elemental en las formas de estar y hacer las cosas, especialmente en la readmisión de los compañeros separados del servicio por solicitar lo que hoy se tiene, una asociación.

Por último no es menos reseñable el apoyo que el Secretario General de la UGT, Pepe Álvarez  Web UGT dio a la candidatura de la UniónGC y especialmente a los guardias civiles expulsados , lo que sin duda es una muestra y un aval de que la UnionGC, cada día aumenta su valor y nos da alientos para el futuro y para renovar un consejo.

Todo ello ha sido especialmente reconocido por uno de los que más hizo por la democratización de la Institución "El Cabo Rosa", el cual estuvo detenido sin mandato judicial más de nueve años y medio, y que a pesar de haber ganado el reconocimiento de la asociación mediante sentencia ante el tribunal constitucional en los años 1993 siguen sin haberse reconocido la histórica y decana UDGC. El grito de uno de los nuestros "El Cabo Rosa" hace unos días, fue: Vota y vota bien, vota a la UnionGC. Cabo Rosa pide Votar y votar a la UnionGC

miércoles, 13 de octubre de 2021

La paz de los cementerios no impide a los que allí descansan estar atentos. Están ausentes pero no desaparecidos. Nos derrotaron, nunca nos rendimos.

 


Un día como hoy falleció uno de los nuestros, Manuel Linde Falero, un Guardia Civil Democrático
Linde y sus compañeros fueron perseguidos y humillados, en un país democrático, con sentencias favorables del TEDH y del TC, que sólo se cumplen para los asesinos de ETA. La dignidad exige al gobierno ejecutar de oficio las sentencias y reintegran en sus puestos a los Guardias Civiles Democráticos

 

«La verdad esencial y profunda no puede expresarse con palabras, no es exclusiva de nadie, aquellos que saben no hablan y sólo hablan quienes no saben”. Aristóteles.

 

Hace años que falleció nuestro compañero Manuel Linde. Formó y forma parte del colectivo denominado, «UMD VERDE o Guardias civiles Democráticos», fue expulsado por cometer el delito de solicitar una asociación.  Hace años que escribimos un artículo que reproducimos a continuación para rememorar su figura y recordarlo en la fecha de su marcha para que todo el mundo sepa, que los Guardias Civiles nunca luchan solos, ni se rinden, ni son olvidados. Compañero Linde, no te olvidamos, seguimos en el camino y a pesar de que nos derrotaron, nunca nos hemos rendido ni nos rendiremos. Ver enlace: https://www.youtube.com/watch?reload=9&v=EKfLHSJluy8&feature=youtu.be
 
Aunque estás ausente sabemos que no estás desaparecido, que estás entre miles de corazones de tus compañeros, que recuerdan la vileza y la injusticia con la que te han tratado,  Operación Delictual Columna organizada por el estado. Hemos de recordar aquí, que estamos exigiendo una comisión de la verdad para que lo sucedido en la España democrática nunca más se vuelva a repetir. Para que las sentencias del Tribunal Constitucional y del Tribunal Europeo de Derechos humanos se ejecuten, al igual que las resoluciones parlamentarias que te han dado la razón, y  que sólo se ejecutan para los asesinos de ETA. Sentencias firmes del TC y del TEDH sin ejecutar
 
Haciendo memoria de nuestra historia, ahí va para empezar y recordar a uno de los nuestros: 
 
Hemos recibido la noticia de que ha fallecido nuestro compañero y amigo, Manuel Linde, una noticia no esperada y sorprendente, era un hombre joven y luchador; falleció en la más triste soledad y sin apoyo de nadie.
 
Linde fue uno de los Guardias Civiles que despertó la conciencia cívica en el seno del cuerpo de la Guardia Civil, organizó los cuadros clandestinos en el seno de la Institución y bajo las capuchas , con mucho valor, denunció las graves carencias de la Guardia Civil y exigió los derechos constitucionales que como ciudadanos nos correspondían. Hizo frente a la corrupción, motivo especial de la gran represión.
 
No podré olvidarme del arresto que cumplí en Logroño, donde a los pocos días de mi ingreso en el móvil de Logroño, un grupo de Guardias Civiles, encabezados por mi amigo Manuel Linde, –todos encapuchados—dieron una rueda de prensa exigiendo mi puesta en libertad y los derechos constitucionales para los ciudadanos Guardias Civiles.
 
Fue separado del servicio por su lucha y trayectoria democrática, fue represaliado, detenido y por sus repetidos actos a favor del nuevo estado constitucional llevado a situaciones extremas y difíciles de repetir en democracia.
 
Ante todo siempre, siempre, fue un excelente compañero y amigo, no me olvidaré nunca de la ayuda que nos has prestado, no me olvidaré cuando tenía que desplazarme para examinarme en la UNED de la Rioja, y me esperaba para llevarme e invitarme a comer a su casa, no me olvidaré del buen trato que me han dispensado sus hijos y su mujer; familia que tuvo que sufrir gravemente los ataques de una Guardia Civil anclada en los métodos más ignominiosos del pasado, llegando a dejarlo sin el pan de sus hijos y con la persecución más baja y ruin.
 
Solicitamos juntos Asociaciones Culturales y Deportivas, y por ello el estado democrático y de derecho accionó los actos más graves e incomprensibles que un estado pueda llevar a cabo –salvo en las épocas de los nazis– y para demostrar lo que digo está la historia, es clara y contundente, ver. Grat. Internamientos en centros penitenciarios, psiquiátricos, persecuciones sin límite que derivaron al cabo de los años en la última sentencia del TEDH de Estrasburgo en noviembre del 2006, –69966-01– en una rotunda condena a España que sólo quedó en papel puesto que el gobierno se la pasa por las entrepiernas.
 
Siempre dijimos : “tenemos la fuerza de la Razón y no la razón de la Fuerza”, –y lograremos , estamos seguros- que te devuelvan lo que te han robado indignamente.
 
No has vivido para verlo, no has vivido para contarlo, estamos pidiendo y exigiendo y no pararemos ni un minuto para que se repare los graves hechos cometidos contra los HÚMEDOS DE LA GUARDIA CIVIL, y lo sentimos mucho, pero quiero que sepas y veas desde donde estés que seguirás estando como uno más en nuestras reivindicaciones, para que tus hijos y tu familia sepan, que has sido siempre una buena persona, que luchaste  –y valientemente– por unos valores justos y que tu lucha no ha sido estéril, ahora más que nunca seguiremos en el camino; que Dios te bendiga y te enseñe la luz para tu nuevo camino, nosotros no te olvidaremos, amigo y compañero. Un poco de historia

viernes, 24 de septiembre de 2021

La Xunta de galicia pone a disposición del sector de turismo, restaurantes, bares, formación obligatoria gratuita con motivo COVID-19

EiaFormación, enseñanza especializada para profesionales no deje de contactar con nosotros para asesorárles. 986266151,  mail vigo@asesoriaeia.com  . Nos encargamos de su valoración y emisión de informes para pensiones, invalidez,discapacidad,imputabilida, casos penales, civiles, y todo relacionado con la emisión de informes o dictámenes periciales

Instrucciones para acceder a cursos gratuitos de la Xunta que son obligatorios.

2. Cómo acceder a la formación requerida.
2.1. Nuevos cursos organizados por la Administración autonómica.
La Xunta de Galicia, en el plazo máximo de 10 días, pondrá a disposición de los profesionales del sector una plataforma de formación para acceder a los contenidos de cada nivel y obtener la certifcación oportuna de forma gratuita.

El acceso será a través de la página web https://www.turismo.gal/galiciadestinoseguro/
(…sigue)

martes, 21 de septiembre de 2021

Tipos de Depresión: síntomas, causas y características



Cómo definimos la depresión: La  depresión es un trastorno mental frecuente o enfermedad grave y común que nos afecta biopsicosocial en nuestras actividades de la vida diaria y relaciones sociales. Es la principal causa de muerte por suicidio.

La Organización Mundial de la Salud (OMS) estima que la depresión es la cuarta enfermedad que más incapacidad provoca en el mundo y considera de igual forma que su frecuencia aumentará en los próximos años. Hablamos por tanto de que cerca del 20 % de las personas pueden padecer a lo largo de su vida una depresión y que ésta puede sufrirse a cualquier edad, siendo el 70% de los pacientes que la sufren mujeres.

Existen diferentes tipos de depresión, que podemos enumerar  principalmente en los siguientes: Según la clasificación del DSM-5, podemos señalar Trastorno depresivo Mayor;-- incluyendo el episodio depresivo mayor--;  Trastorno depresivo persistente –distimia--; Trastorno disfórico pre-mestrual; Trastorno depresivo inducido por sustancias o medicación; Trastorno depresivo debido a otra condición médica; Otros trastornos depresivos especificados; Trastorno depresivo no especificado.

Trastorno Depresivo Mayor

Se define como la presencia en la persona durante un período de al menos dos semanas consecutivas,-- aunque la mayoría de los episodios duran considerablemente mas—de un estado de ánimo triste o deprimido o una pérdida acusada de interés o del placer en todas o casi todas las cosas con las que solía disfrutar.

Es el trastorno más característico  y que concentra la mayoría de los síntomas. Los pacientes presentan un aspecto triste con ojos llorosos, postura decaída, falta de prosodia, uso de monosílabos, voz baja, escaso contacto visual, ausencia de expresión facial, etc. Si el estado de ánimo depresivo es muy profundo, el paciente puede presentar ausencia de lágrimas o incapacidad de sufrir las emociones habituales, puesto que sienten que el mundo no merece la pena, pudiendo llegar a descuidar su higiene personal o incluso a sus seres queridos.

Los siguientes síntomas deben haber estado presentes al menos por un período de dos semanas:

Estado de ánimo depresivo diario, con sentimiento de tristeza, llanto y vacío la mayor parte del día.  Pérdida de energía o fatiga en el día a día. Disminución del interés o de la capacidad para el placer en la mayor parte de actividades, casi cada día.  Insomnio o sueño excesivo.  Indecisión o disminución de la capacidad para concentrarse en el día a día.  Sentimientos de culpa excesivos o incoherentes y sentimiento de inutilidad. Pensamientos recurrentes de muerte o tentativa de suicidio.

Trastorno depresivo persistente.  –Antigua distimia--

Los síntomas del Trastorno Depresivo Mayor en este caso deben persistir casi diariamente durante más de dos años sin remisión para poder clasificarse como trastorno depresivo persistente. En ocasiones los síntomas pueden desarrollarse desde la adolescencia y durar varios años o décadas. Los pacientes afectados se presentan negativos, pesimistas, con ausencia del sentido del humor, introvertidos, sentimiento acusado de desesperanza, hipercríticos consigo mismo y con los demás, etc. Probablemente presenten además ansiedad subyacente o trastornos de la personalidad.

NOTA: El DSM-5, nos ofrece una tabla con los criterios diagnósticos.

sábado, 18 de septiembre de 2021

La UnionGC, una asociación comprometida con la historia y con el futuro.


Nuestras vidas empiezan a terminar el día en que guardamos silencio sobre las cosas que importan. Martin Luther King Jr. 

La readmisión de los UMD-VERDES, cambiará la institución. Es hora de investigar la gravedad de comportamientos antidemocráticos contra toda la sociedad

Operación Columna contra todos los Guardias Civiles y contra toda la sociedad. Comisión de la Verdad.

No hace mucho felicitamos al ministro Marlaska por su valentía y decisión debido a que a solicitud de Marcelino Bermúdez, Presidente de la UnionGC, ordenó publicar el reconocimiento ya aprobado por el Consejo de la Guardia Civil en fechas anteriores. Boletín UnionGC

Hoy con motivo de la difusión de la revista de la UnionGC, en la que se hace un reportaje dedicado a los Guardias Civiles Democráticos “UMD-VERDES”, debemos recordar dos cosas que hacen grandes a las organizaciones como la UnionGC; la primera es que se hayan acordado de sus compañeros expulsados y que tuvieran memoria histórica, pidiendo insistentemente y a gritos la readmisión inmediata de los compañeros separados. El segundo motivo, es porque la UnionGC, a pesar de todos los vientos y toda la contracorriente, no dejó ni un momento  de reclamar día tras día en el Consejo de la Guardia Civil y en todos los foros mociones para que la readmisión y el reconocimiento fuera inmediato y pleno, asunto en el que sin duda están y a pleno rendimiento. Un poco de historia en Video TV

La UnionGC, está dando una lección ejemplar a todo el colectivo, y mostrando a la sociedad que sus actitudes muestran sus altitudes, ahora editan una revista que presenta de inicio a los “Guardias Civiles Democráticos”, y lo hace porque el silencio y la pasividad de la administración y del ministerio es una muestra clara, grave e indecente de cobardía. Lo aprobado por el Consejo y lo publicado en el BOGC, debe ser materializado de inmediato, deben ser reparados nuestros compañeros sin más demora. Web UnionGC

Sin justicia no hay paz, como dicen los UMD-VERDES: “Los derrotaron pero nunca se rindieron” y los derechos humanos no se mendigan se exigen. Dentro de nada veremos cómo los asesinos de ETA, son excarcelados, hemos visto como los asesinos y delincuentes comunes han sido puestos en libertad por motivos de la sentencia del TEDH sobre la doctrina Parot, a los gobiernos de turno no les tembló la mano, en menos de veinticuatro horas para ponerlos en libertad, eliminando sus condenas. No ven los Guardias Civiles justicia a favor de los expulsados ni un trato decente a favor del colectivo, y no hablamos de trato preferente sino, igualitario. Páginas Operación Columna, pruebas irrefutables

Para terminar Ya, Señor ministro, señor juez, para cuando la readmisión con todos sus derechos de los Guardias Civiles Democráticos, separados del servicio por pedir permiso para poder solicitar un derecho constitucional. Las cosas grandes comienzan por cosas muy pequeñitas, y cuando más tiempo pase  más duro será el castigo. Los enterraron mal, y los muertos que vos matasteis siguen bien vivos. La UnionGC, es un ejemplo de que ninguna injusticia queda en el olvido. Aplíquese de una vez por todas las sentencias del TC de España RA 871-90 y la del Tribunal Europeo de derechos humanos 69966-01 que sin tapujos, con rigurosidad, y con claridad dijo: “Que los arrestos y aplicación del régimen disciplinario aplicado a los Guardias Civiles era ilegal y que el estado cometió delitos de detención ilegal, al igual que precisó que la Guardia Civil no era militar y como reiterada jurisprudencia de ese alto tribunal europeo la condición de militar no elimina derechos ciudadanos ni profesionales. Sentencias firmes del TC y del TEDH sin ejecutar

jueves, 16 de septiembre de 2021

Apuntes a tener en cuenta sobre el nuevo Plan de Hostelería en Galicia

 

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Un par de apuntes sobre el nuevo Plan de hostelería segura de la Comunidad Autónoma de Galicia, requisitos obligatorios a tener en cuenta, no deje de consultar porque son obligatorios y deben cumplirse. Contacten con EIA Consultoría Asesoría 986266151.

El 14/09/2021 se publicó la ORDEN de 14 de septiembre de 2021 por la que se aprueba el nuevo Plan de hostelería segura de la Comunidad Autónoma de Galicia, que entró en vigor a las 00.00 horas de 15 de septiembre de 2021.

Hasta ahora, las condiciones en hostelería dependían del concello y del nivel en que se encontrase, pero con este nuevo plan se establecen primero unas reglas comunes para todos los establecimientos de hostelería y restauración y después se establecen tres niveles, que dependen del propio local y de las reglas que aplique, y no tanto del concello en que esté, como antes.

1. nivel 1c (una cunchiña)

El nivel de obligado cumplimiento aplicable por defecto para todos los establecimientos.

Haber elaborado un Plan de contingencia por la COVID-19 que contemple todas las medidas higiénico-sanitarias que se aplicarán y que sea conocido por todo el personal. Este plan debe estar a disposición de la autoridad sanitaria

Asegurar la formación del personal trabajador según los contenidos marcados por la Dirección General de Salud Pública sobre medidas higiénicas y de seguridad en la hostelería en el contexto de la COVID-19. Se podrán establecer protocolos de colaboración entre las asociaciones del sector y la Dirección General de Salud Pública con el fin de coordinar esta formación (formación básica de 2 horas)

2. nivel 2c (dos cunchiñas)

Este nivel será aplicable en caso de que los establecimientos de hostelería se comprometan a aplicar medidas adicionales recogidas a continuación para garantizar una mayor seguridad en el marco de la pandemia, con el fin de proteger la salud de su personal trabajador y de la clientela

Haber elaborado un Plan de contingencia por la COVID-19 que recoja todas las medidas higiénico-sanitarias que se aplicarán y que sea conocido por todo el personal. Este plan debe estar a disposición de la autoridad sanitaria

Asegurar la formación del personal trabajador según los contenidos marcados por la Dirección General de Salud Pública sobre medidas higiénicas y de seguridad en la hostelería en el contexto de la COVID-19. Se podrán establecer protocolos de colaboración entre las asociaciones del sector y la Dirección General de Salud Pública con el fin de coordinar esta formación (formación básica de 4 horas).

En particular, como medida específica de impulso de la vigilancia de la salud de los trabajadores, deberá ofrecerse al personal trabajador la realización de pruebas diagnósticas periódicas cada 15 días. La frecuencia será cada 7 días en caso de que el nivel de restricción aplicable al ayuntamiento sea alto o máximo. La realización de estas pruebas será voluntaria para el personal trabajador,(…). La realización de las pruebas podrá ser efectuada por los servicios de prevención de la empresa, con aplicación de lo establecido por el artículo citado, o bien por los mecanismos que habilite al efecto la Consellería de Sanidad.

3. nivel de seguridad

Este nivel solo será de aplicación cuando así lo decidan las autoridades sanitarias en situaciones extraordinarias por la gravedad de la situación epidemiológica y la ocupación asistencial.

miércoles, 15 de septiembre de 2021

Interpelación hereditaria.


Libro Casos Prácticos Periciales para profesionales del campo jurídico legal y Forense. Autor: José Piñeiro González, Pedidos a josecarlosperiodista@gmail.com  "Centro de Formación EIAFORMACION

La Interpelación hereditaria, está ctualmente regulada en el artículo 1.005 del Código Civil. Así pues, en virtud de la misma, cualquier interesado que acredite su interés en que el heredero acepte o repudie la herencia (aquí principalmente, el resto de coherederos o aquellos que pudieren llegar a ser herederos gracias a la renuncia de aquél), podrá acudir al Notario para que éste comunique al llamado que tiene un plazo de treinta días naturales para aceptar pura y simplemente, o a beneficio de inventario, o repudiar la herencia.

Esta interpelación (que tradicionalmente era de competencia judicial, pero que en virtud de la Ley 15/2015, de Jurisdicción Voluntaria ha sido asignada al cuerpo de Notarios) se realizará mediante acta notarial, en la cual se indicará que si no se manifiesta su voluntad en dicho plazo, se entenderá aceptada la herencia pura y simplemente.

Así pues, el heredero interpelado dispondrá del plazo indicado para manifestar su voluntad, siendo interpretado su silencio o no respuesta como positivo, pues como se acaba de comentar, éste equiparará a una aceptación de la herencia pura y simple, con todos los efectos que ello puede comportar, a los que ya se han hecho referencia en preguntas precedentes.


viernes, 10 de septiembre de 2021

Qué es y cómo se regula un «Whistleblowing» o canal de denuncia interna: Nueva Directiva (UE) 2019/1937

 

Tras la publicación, en el DOUE del 26 de noviembre de 2019, de la nueva Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2019, relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión (en inglés conocida coloquialmente por whistleblowers), analizamos los aspectos fundamentales que nos encontramos en disposiciones legales, reglamentarias y administrativas que se avecina  para dar cumplimiento a lo establecido en la Directiva antes del 17 de diciembre de 2021.

Dentro del entorno del compliance o cumplimiento normativo, la implantación del «Whistleblowing» o canal de denuncia interna es una pieza clave en la implantación de un modelo efectivo de cumplimiento normativo para evitar responsabilidades penales de las personas jurídicas en los ámbitos laborales o financieros.

Como tratamos en nuestro tema dentro del Cumplimiento normativo en la empresa (Compliance), «Canal Ético o de denuncias», éste fenómeno puede definirse como un canal de comunicación dentro de las organizaciones de comportamientos o escenarios irregulares o delictivos realizados por los propios empleados o terceras personas que tengan algún tipo de relación con la mercantil.

I.- Antecedentes

En España, la introducción de este tipo de herramientas, propias de la cultura del whistleblowing anglosajón, se introduce por primera vez en apdo. 2 del art. 31bis Código Penal, en el que se impone la obligación de «informar de posibles riesgos e incumplimientos al organismo encargado de vigilar el funcionamiento y observancia del modelo de prevención». Tras esta norma destancan:

- Norma ISO 19600 , sobre Sistemas de Gestión de Compliance. 

- Directiva 95/46/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de octubre de 1995, relativa a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos.

- Reglamento (UE) nº 596/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de abril de 2014 sobre el abuso de mercado (Reglamento MAR).

- Directiva 2014/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014 relativa a los mercados de instrumentos financieros (Directiva MiFID II).

- Reglamento (UE) 600/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo de 15 de mayo de 2014 relativo a los mercados de instrumentos financieros

Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

- Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.

- Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres

- Dictamen nº 1/2006 del Grupo de trabajo del artículo 29.  En el citado documento, el Grupo de Trabajo señalaba que “Aplicar las normas de protección de datos de la Unión Europea a los programas de denuncia de irregularidades supone otorgar una consideración específica a la cuestión de la protección de la persona que pueda haber sido incriminada en una alerta. En este sentido, el Grupo de Trabajo enfatiza que los programas de denuncia de irregularidades conllevan un riesgo muy grave de estigmatización y vejación de dicha persona dentro de la organización a la que pertenece. La persona estará expuesta a tales riesgos incluso antes de saber que ha sido incriminada y de que los supuestos hechos se hayan investigado para determinar o no su fundamento”. Asimismo, se concluía que “El Grupo de Trabajo es de la opinión de que una correcta aplicación de las normas de protección de datos a los programas de denuncia de irregularidades contribuirá a paliar dichos riesgos. También es de la opinión de que, lejos de evitar que dichos programas funcionen de conformidad con su objetivo pretendido, la aplicación de dichas normas, por lo general, contribuirá a un funcionamiento adecuado de los programas de denuncia de irregularidades”.

- Informe jurídico de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) nº 128/2007. El Gabinete Jurídico de la Agencia Española de Protección de Datos, analiza la legalidad de un sistema de denuncia interna (whistleblowing) conforme a la normativa española en materia de protección de datos (ex Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre), puesto que estos sistemas afectan a datos de carácter personal, tanto del denunciante como del denunciado.

II.- Canales de denuncia anónimos y no anónimos

En cualquier canal de denuncias se debe garantizar que cualquier denunciante (en general, los empleados de la empresa) encuentre protegida 

Se puede canalizar esta herramienta de denuncias a través del Compliance Officer, de modo que solo este profesional sea el que conozca la identidad del denunciante y el hecho o conducta denunciados. De este modo, la investigación es más sencilla, pues será posible establecer una entrevista privada con esta persona para comenzar con la fase de instrucción.

La alternativa a esta manera de configurar el canal de denuncias pasa por anonimizar la identidad de los denunciantes, de modo que el Compliance Officer no sepa quien ha sido el que ha alertado el hecho, sino tan solo el contenido del hecho irregular. En este caso, no es posible determinar de modo inmediato a quién le podemos pedir más detalles o formular cuestiones concretas sobre el contenido de su aviso.

En el caso de que se opte por esta alternativa y proliferen las falsas denuncias, se debe poner en marcha un protocolo de inhibición del impacto en el propio canal, como la incorporación de medidas disciplinarias correctoras o la investigación de indicios de falsedad.

III.- ¿A través de qué instrumento se puede implementar?

Caben diferentes métodos a elección de la empresa y sus necesidades. Así, será posible canalizar las denuncias a través de un correo electrónico concreto, a una extensión telefónica o una aplicación interna diseñada al efecto. Siguiendo las directrices aportadas en su momento por el Informe jurídico de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) nº 128/2007, los requisitos del Whistleblowing o canal de denuncia interna han de ser: