Para qué sirven las facturas ¿Y para qué utiliza Hacienda la información de las facturas? Facturas en España: factura completa vs factura simplificada
Diferencias entre facturas simplificadas y completas
Una duda muy recurrente entre los autónomos es saber la
diferencia entre una factura completa y una factura simplificada.
En este artículo te explicamos las diferencias entre estos
dos tipos de facturas y qué datos debe contener cada una de ellas, para que no
te quede ni una duda.
Para qué sirven las facturas
Lo primero que tienes que saber es que la factura completa y
la factura simplificada son dos tipos de factura con los que puedes documentar
una operación económica.
Y antes de entrar en las diferencias entre la factura
simplificada y la factura completa, es importante abordar una serie de
conceptos básicos sobre las facturas que todo autónomo debe saber:
Disponer de una factura es indispensable para poder tener
derecho a recuperar el IVA que has pagado. Es necesario que esa factura esté registrada en tu
contabilidad para que se considere gasto de tu actividad. El derecho que tienes a recuperar el IVA es temporal: sólo
tienes un año para exigirle a tu proveedor que te envíe la factura que
documenta la operación de compra que has realizado. El retraso en la facturación es muy frecuente cuando estamos
ante compras de precio bajo. Es muy habitual hacer una compra, que te digan que
ya enviarán la factura y que nunca la recibas. Pues bien, debes saber que si ha pasado un año desde la
operación de compra y no te la han enviado, ya no tienen la obligación de
hacerlo y tú vas a perder el derecho a recuperar el IVA de dicha compra. Como regla general, se tienen que conservar por un periodo
de tiempo de 4 años, tanto las facturas de venta como las de compra. Hacienda quiere que el autónomo haga sus facturas siguiendo
los datos establecidos en el Reglamento de Facturación.
¿Y para qué utiliza Hacienda la información de las facturas?
El precio del producto vendido o del servicio prestado le
informará sobre el total de ingresos. Estos los obtienes en el desarrollo de tu actividad y deben
coincidir con lo que has presentado en tu declaración de la renta. Toda esta información volcada en las facturas es clave en
una inspección de Hacienda. Lo primero que hará, en estos casos, será sumar el importe
total de la cuota de IVA de tus facturas y comprobar si esa suma coincide con
el modelo 303. Además, la cuota del IRPF le indicará el importe a tu favor
en concepto de retención y a cuenta de tu renta, para luego comprobar si
realmente coincide con lo que has declarado en la misma. Una vez expuestos los requisitos necesarios que conlleva a
una factura, voy a centrarme en las particularidades de cada una.
Facturas en España: factura completa vs factura simplificada. Ahora así, vamos con los dos principales tipos de facturas
en España: la factura completa y la factura simplificada, a veces mal llamada y
entendida como ticket.
Factura Completa. Según la legislación actual, existen dos tipos de facturas,
pero la factura completa u ordinaria a pesar de ser más extensa también es la
que más usarás como autónomo. En ella aparecen todos los datos de la transacción que
realizas para que queden archivados de la forma más ordenada posible.
Qué debe incluir la factura completa. La factura completa contiene los datos personales de la
persona que realiza el servicio o vende el producto y los del cliente. Estos datos son vitales para que Hacienda conozca tu
contabilidad y aplique los impuestos que te corresponden. Veamos cuáles son:
1. Número de factura
Cada factura que emitas deberá ir numerada de forma
correlativa a la anterior, por ejemplo, 1/2016, 2/2016, etc…Si tienes varias líneas de negocio, además tendrás que
asignarle a cada línea una serie, y dentro de cada serie las facturas también
correlativas. Por ejemplo, si tienes un taller de coches que vende y
repara, deberías de tener una serie para las facturas de venta que emitas y
otra para las facturas de reparaciones. En este caso, podrías identificar las facturas de venta,
como las A-1/2016, A-2/2016…. y para las de servicios las B-1/2016, B-2/2016…
2. Fecha de factura
Lo normal es que la fecha de la factura coincida con el día
en el que has realizado la venta del material o hayas prestado el servicio. Y esto es muy importante: las fechas de las facturas tienen
que ir correlativas con su numeración. Es decir, no puedes tener una factura del día 1 de marzo
identificada con el número 4/2016, y otra de fecha 25 de febrero con el número
5/2016.
3. Identificación del vendedor y del comprador
Cuando vayas a preparar una factura como autónomo, tendrás
que indicar tus datos fiscales y los de tu cliente: nombre completo, nombre
comercial (si lo hay), DNI o CIF y dirección fiscal.
4. Descripción de la operación o servicio prestado
En las facturas tendrás que identificar la operación
realizada de forma que se conozca el tipo de producto vendido o servicio
prestado. Por ejemplo, si eres un arquitecto describirás el tipo de
proyecto que has realizado, es decir, si has diseñado unos planos para reformar
el interior de una vivienda, o si has restaurado un palacete, etc
5. Importe de la factura
También es importante no equivocarte con el importe de la
factura. Es decir, debes familiarizarte con los siguientes conceptos: Base imponible: precio del servicio ofrecido o material
vendido Tipo impositivo: el tipo de IVA que tenga ese servicio
prestado o material vendido. Lo normal es que sea un 21 %. Cuota de IVA: es el resultado de aplicar ese 21 % a la base
imponible o precio. Tipo de retención: el tipo de irpf que te corresponderá
según tu actividad. Para este año se ha fijado en un 15 % (salvo que inicies
actividad que será un 7 %). Cuota de irpf: es el resultado de aplicar el 15 % o 7 % a la
base imponible.. Importe a percibir: es el importe que te corresponde cobrar
(base imponible + cuota IVA – cuota de IRPF). Con este ejemplo quizá lo veas más claro. Piensa que eres un
abogado y que le vas a preparar una factura a un cliente por un juicio con unos
honorarios de 1000 €. El importe de la factura se detallaría así: Base imponible: 1.000 €. IVA al 21 %: 210 €. IRPF al 15 %: 150 €
Importe total de la factura: 1.000 € + 210 € – 150 € = 1.060
€. En este caso, tu cliente tendría que pagar 1060 € por los
servicios prestados.
Factura Simplificada
La factura simplificada se llama así porque los datos
exigidos para su confección son menos que los que debe de contener una factura
normal. Se trata de un nuevo modelo de facturas que se utiliza desde
2013 y se puede decir que sustituye a los antiguos tickets y sirven solo en
casos muy específicos. Los requisitos para facturar de forma simplificada son los
siguientes: Que el importe no supere los 400 € (IVA incluido). Que expidas factura rectificativa, es decir, que necesites
hacer algún tipo de corrección respecto a una factura ya presentada. Esta es la regla general, pero en algunos casos concretos,
también se pueden realizar facturas simplificadas en importes de hasta 3.000 €
(IVA incluido). Esto es lo que sucede en: Ventas al por menor, Ambulancia,Ventas o servicios a domicilio del consumidor, Transporte, Hostelería y restauración, Discotecas, Peluquería y belleza, Uso de instalaciones deportivas, Revelado de fotos, Aparcamientos, Autopistas, Tintorerías y lavanderías.. A raíz del cambio de tickets a factura simplificada, también
se introdujeron nuevos datos obligatorios en el documento.
Qué debe incluir la factura simplificada
Los datos que deben aparecer en una factura simplificada
son: El número de factura y serie, de forma correlativa, como en
la factura completa. Fecha de expedición de la factura y si la fecha del trabajo
es diferente se incluye también.. Datos identificativos del emisor de la factura (NIF, Nombre
y Apellidos o en el caso de que sea una sociedad simplemente su denominación). Descripción de los bienes vendidos o servicios prestados. Tipo de IVA aplicado y opcionalmente se puede utilizar la
expresión “IVA Incluido” (Ejemplo: el tipo de IVA aplicado debería de indicarse
escribiendo “21% de IVA”). Importe Total de la Factura (lo que se va a cobrar)
Cómo recuperar el IVA de una factura simplificada
Una vez, conocemos los datos que contiene una factura
simplificada podemos responder a la pregunta, ¿se puede recuperar el IVA con
una factura simplificada? La respuesta es Sí, pero solo si se cumple con una
serie de condiciones. Para poder recuperar el IVA de una factura simplificada será
necesario que aparezcan en la misma, además de los datos anteriores, los
siguientes: Datos identificativos del receptor, sobre todo su NIF y su
domicilio. El desglose de la cuota de IVA. Un ejemplo de una factura simplificada que puede recuperar
el IVA de forma correcta es el siguiente: Supongamos que un arquitecto va a una papelería y se compra
4 bolis, 2 cartulinas, y 3 pinceles, el vendedor le tiene que entregar una
factura simplificada estos datos: Número de Factura: 1002. Fecha de Factura: 01-04-2017 Juan.NIF: 00000000. Destinatario: José. NIF 00000 / calle . 4 bolis marca BIC, 2 cartulinas verdades tamaño folio, y 3
pinceles marca “de lo mejor” 21% de IVA. A Pagar = 50,26€Como ves, el vendedor habrá tenido que incluir en la factura
las datos que identifican al arquitecto y desglosar el importe de I. VA, para que
lo pueda recuperar. Ahora sólo le faltará al arquitecto registrar la factura en
su listado de gastos para terminar de cumplir con los requisitos que la
normativa del IVA exige para ejercer el derecho a recuperar las cuotas de IVA
pagadas.
Diferencias entre facturas simplificadas y completas
Las principales diferencias entre las facturas simplificadas
y las completas son las siguientes: En las facturas simplificadas no hace falta que incluyas el
domicilio de su emisor; en las facturas completas por el contrario va ser
necesario que conste. En las facturas simplificadas sirve con poner la contraprestación total; en las facturas
hay que desglosar el total en la base imponible, el IVA y la cuota de IVA.
Además se debe de indicar el tipo de IVA aplicado. En las facturas simplificadas solo tienes que identificar el
tipo de bienes entregados o de servicios prestados en la operación; en las
facturas completas debe hacerse una descripción de las operaciones realizadas,
incluyendo precios unitarios de bienes o servicios prestados. En las facturas simplificadas no hay que incluir los datos
del destinatario como el NIF , nombre, apellidos o denominación social
completa. Ni siquiera el domicilio del mismo; en las facturas completas sí que
será necesario que incluyas toda esa información. En las facturas simplificadas no hace falta que añadas la
cuota tributaria de IVA. Mientras que en las facturas completas debe constar
expresamente y por separado la cuota de IVA.