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martes, 28 de marzo de 2023

Factura completa y factura simplificada: diferencias a conocer.

Para qué sirven las facturas ¿Y para qué utiliza Hacienda la información de las facturas? Facturas en España: factura completa vs factura simplificada

Diferencias entre facturas simplificadas y completas

Una duda muy recurrente entre los autónomos es saber la diferencia entre una factura completa y una factura simplificada.

En este artículo te explicamos las diferencias entre estos dos tipos de facturas y qué datos debe contener cada una de ellas, para que no te quede ni una duda.

Para qué sirven las facturas

Lo primero que tienes que saber es que la factura completa y la factura simplificada son dos tipos de factura con los que puedes documentar una operación económica.

Y antes de entrar en las diferencias entre la factura simplificada y la factura completa, es importante abordar una serie de conceptos básicos sobre las facturas que todo autónomo debe saber:

Disponer de una factura es indispensable para poder tener derecho a recuperar el IVA que has pagado. Es necesario que esa factura esté registrada en tu contabilidad para que se considere gasto de tu actividad. El derecho que tienes a recuperar el IVA es temporal: sólo tienes un año para exigirle a tu proveedor que te envíe la factura que documenta la operación de compra que has realizado. El retraso en la facturación es muy frecuente cuando estamos ante compras de precio bajo. Es muy habitual hacer una compra, que te digan que ya enviarán la factura y que nunca la recibas. Pues bien, debes saber que si ha pasado un año desde la operación de compra y no te la han enviado, ya no tienen la obligación de hacerlo y tú vas a perder el derecho a recuperar el IVA de dicha compra. Como regla general, se tienen que conservar por un periodo de tiempo de 4 años, tanto las facturas de venta como las de compra. Hacienda quiere que el autónomo haga sus facturas siguiendo los datos establecidos en el Reglamento de Facturación.

 ¿Y para qué utiliza Hacienda la información de las facturas?

El precio del producto vendido o del servicio prestado le informará sobre el total de ingresos. Estos los obtienes en el desarrollo de tu actividad y deben coincidir con lo que has presentado en tu declaración de la renta. Toda esta información volcada en las facturas es clave en una inspección de Hacienda. Lo primero que hará, en estos casos, será sumar el importe total de la cuota de IVA de tus facturas y comprobar si esa suma coincide con el modelo 303. Además, la cuota del IRPF le indicará el importe a tu favor en concepto de retención y a cuenta de tu renta, para luego comprobar si realmente coincide con lo que has declarado en la misma. Una vez expuestos los requisitos necesarios que conlleva a una factura, voy a centrarme en las particularidades de cada una.

 Facturas en España: factura completa vs factura simplificada. Ahora así, vamos con los dos principales tipos de facturas en España: la factura completa y la factura simplificada, a veces mal llamada y entendida como ticket.

Factura Completa. Según la legislación actual, existen dos tipos de facturas, pero la factura completa u ordinaria a pesar de ser más extensa también es la que más usarás como autónomo. En ella aparecen todos los datos de la transacción que realizas para que queden archivados de la forma más ordenada posible.

Qué debe incluir la factura completa. La factura completa contiene los datos personales de la persona que realiza el servicio o vende el producto y los del cliente. Estos datos son vitales para que Hacienda conozca tu contabilidad y aplique los impuestos que te corresponden. Veamos cuáles son:

1. Número de factura

Cada factura que emitas deberá ir numerada de forma correlativa a la anterior, por ejemplo, 1/2016, 2/2016, etc…Si tienes varias líneas de negocio, además tendrás que asignarle a cada línea una serie, y dentro de cada serie las facturas también correlativas. Por ejemplo, si tienes un taller de coches que vende y repara, deberías de tener una serie para las facturas de venta que emitas y otra para las facturas de reparaciones. En este caso, podrías identificar las facturas de venta, como las A-1/2016, A-2/2016…. y para las de servicios las B-1/2016, B-2/2016…

 2. Fecha de factura

Lo normal es que la fecha de la factura coincida con el día en el que has realizado la venta del material o hayas prestado el servicio. Y esto es muy importante: las fechas de las facturas tienen que ir correlativas con su numeración. Es decir, no puedes tener una factura del día 1 de marzo identificada con el número 4/2016, y otra de fecha 25 de febrero con el número 5/2016.

3. Identificación del vendedor y del comprador

Cuando vayas a preparar una factura como autónomo, tendrás que indicar tus datos fiscales y los de tu cliente: nombre completo, nombre comercial (si lo hay), DNI o CIF y dirección fiscal.

4. Descripción de la operación o servicio prestado

En las facturas tendrás que identificar la operación realizada de forma que se conozca el tipo de producto vendido o servicio prestado. Por ejemplo, si eres un arquitecto describirás el tipo de proyecto que has realizado, es decir, si has diseñado unos planos para reformar el interior de una vivienda, o si has restaurado un palacete, etc

5. Importe de la factura

También es importante no equivocarte con el importe de la factura. Es decir, debes familiarizarte con los siguientes conceptos: Base imponible: precio del servicio ofrecido o material vendido Tipo impositivo: el tipo de IVA que tenga ese servicio prestado o material vendido. Lo normal es que sea un 21 %. Cuota de IVA: es el resultado de aplicar ese 21 % a la base imponible o precio. Tipo de retención: el tipo de irpf que te corresponderá según tu actividad. Para este año se ha fijado en un 15 % (salvo que inicies actividad que será un 7 %). Cuota de irpf: es el resultado de aplicar el 15 % o 7 % a la base imponible.. Importe a percibir: es el importe que te corresponde cobrar (base imponible + cuota IVA – cuota de IRPF). Con este ejemplo quizá lo veas más claro. Piensa que eres un abogado y que le vas a preparar una factura a un cliente por un juicio con unos honorarios de 1000 €. El importe de la factura se detallaría así: Base imponible: 1.000 €. IVA al 21 %: 210 €. IRPF al 15 %: 150 €

Importe total de la factura: 1.000 € + 210 € – 150 € = 1.060 €. En este caso, tu cliente tendría que pagar 1060 € por los servicios prestados.

 

Factura Simplificada

La factura simplificada se llama así porque los datos exigidos para su confección son menos que los que debe de contener una factura normal. Se trata de un nuevo modelo de facturas que se utiliza desde 2013 y se puede decir que sustituye a los antiguos tickets y sirven solo en casos muy específicos. Los requisitos para facturar de forma simplificada son los siguientes: Que el importe no supere los 400 € (IVA incluido). Que expidas factura rectificativa, es decir, que necesites hacer algún tipo de corrección respecto a una factura ya presentada. Esta es la regla general, pero en algunos casos concretos, también se pueden realizar facturas simplificadas en importes de hasta 3.000 € (IVA incluido). Esto es lo que sucede en: Ventas al por menor, Ambulancia,Ventas o servicios a domicilio del consumidor, Transporte, Hostelería y restauración, Discotecas, Peluquería y belleza, Uso de instalaciones deportivas, Revelado de fotos, Aparcamientos, Autopistas, Tintorerías y lavanderías.. A raíz del cambio de tickets a factura simplificada, también se introdujeron nuevos datos obligatorios en el documento.

 Qué debe incluir la factura simplificada

Los datos que deben aparecer en una factura simplificada son: El número de factura y serie, de forma correlativa, como en la factura completa. Fecha de expedición de la factura y si la fecha del trabajo es diferente se incluye también.. Datos identificativos del emisor de la factura (NIF, Nombre y Apellidos o en el caso de que sea una sociedad simplemente su denominación). Descripción de los bienes vendidos o servicios prestados. Tipo de IVA aplicado y opcionalmente se puede utilizar la expresión “IVA Incluido” (Ejemplo: el tipo de IVA aplicado debería de indicarse escribiendo “21% de IVA”). Importe Total de la Factura (lo que se va a cobrar)

Cómo recuperar el IVA de una factura simplificada

Una vez, conocemos los datos que contiene una factura simplificada podemos responder a la pregunta, ¿se puede recuperar el IVA con una factura simplificada? La respuesta es Sí, pero solo si se cumple con una serie de condiciones. Para poder recuperar el IVA de una factura simplificada será necesario que aparezcan en la misma, además de los datos anteriores, los siguientes: Datos identificativos del receptor, sobre todo su NIF y su domicilio. El desglose de la cuota de IVA. Un ejemplo de una factura simplificada que puede recuperar el IVA de forma correcta es el siguiente: Supongamos que un arquitecto va a una papelería y se compra 4 bolis, 2 cartulinas, y 3 pinceles, el vendedor le tiene que entregar una factura simplificada estos datos: Número de Factura: 1002. Fecha de Factura: 01-04-2017 Juan.NIF: 00000000. Destinatario: José. NIF 00000 / calle  . 4 bolis marca BIC, 2 cartulinas verdades tamaño folio, y 3 pinceles marca “de lo mejor” 21% de IVA. A Pagar = 50,26€Como ves, el vendedor habrá tenido que incluir en la factura las datos que identifican al arquitecto y desglosar el importe de I. VA, para que lo pueda recuperar. Ahora sólo le faltará al arquitecto registrar la factura en su listado de gastos para terminar de cumplir con los requisitos que la normativa del IVA exige para ejercer el derecho a recuperar las cuotas de IVA pagadas.

Diferencias entre facturas simplificadas y completas

Las principales diferencias entre las facturas simplificadas y las completas son las siguientes:  En las facturas simplificadas no hace falta que incluyas el domicilio de su emisor; en las facturas completas por el contrario va ser necesario que conste. En las facturas simplificadas sirve con poner  la contraprestación total; en las facturas hay que desglosar el total en la base imponible, el IVA y la cuota de IVA. Además se debe de indicar el tipo de IVA aplicado. En las facturas simplificadas solo tienes que identificar el tipo de bienes entregados o de servicios prestados en la operación; en las facturas completas debe hacerse una descripción de las operaciones realizadas, incluyendo precios unitarios de bienes o servicios prestados. En las facturas simplificadas no hay que incluir los datos del destinatario como el NIF , nombre, apellidos o denominación social completa. Ni siquiera el domicilio del mismo; en las facturas completas sí que será necesario que incluyas toda esa información. En las facturas simplificadas no hace falta que añadas la cuota tributaria de IVA. Mientras que en las facturas completas debe constar expresamente y por separado la cuota de IVA. 

jueves, 16 de marzo de 2023

Cómo establecer la remuneración de los administradores en los estatutos para no tener problemas con Hacienda o el Registro?

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Cómo establecer la remuneración de los administradores en los estatutos para no tener problemas con Hacienda o el Registro?

Remuneración del administrador: aspectos clave

Según la ley, el cargo de administrador es gratuito salvo que los estatutos establezcan lo contrario, en cuyo caso deben determinar el sistema de remuneración. Ello, sin perjuicio de que después sea la Junta la que, con base en ese sistema, determine cada año la cuantía exacta de la remuneración, que, además, puede ser un gasto deducible para la empresa.

Los estatutos deben recoger todos los conceptos retributivos (una asignación fija, una variable según objetivos, planes de pensiones, vehículo de empresa, seguros...). Para evitar tener que modificar los estatutos cada vez que el administrador perciba un nuevo concepto, conviene incluir una lista amplia, indicar que el administrador podrá percibir cualquiera de los conceptos listados (para no obligarse a retribuir siempre los mismos conceptos) y, además, evitar usar la conjunción “o” para separar los conceptos, pues algunos registros consideran que la “o” genera confusión porque puede interpretarse que las opciones son alternativas.

Con independencia de lo anterior, la Junta deberá aprobar la retribución máxima anual que percibirán los miembros del órgano de administración. Es posible mantener vigente dicha retribución durante varios ejercicios añadiendo una coletilla al final del acuerdo que indique que se mantendrá en vigor hasta que la Junta acuerde su modificación.

Posibles situaciones:

Si el administrador ya percibe remuneración y no consta la aprobación de la Junta del importe recibido –aunque la sociedad se lo haya deducido–, Hacienda podría discutir dicha deducción.

Si hay varios administradores y la Junta no distribuye la retribución entre ellos, podrá distribuirla el órgano de administración, remunerando a cada miembro según sus funciones y responsabilidades y justificando la cantidad percibida.

Cuando exista un consejero delegado, deberá suscribirse un contrato con la sociedad, que deberá ser aprobado por 2/3 de los consejeros, y el interesado tendrá que abstenerse de la deliberación y la votación.

miércoles, 4 de enero de 2023

Aprobada la modificación de la gestión de la IT: la comunicación del altas y bajas será telemática ,

 

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El Consejo de Ministros del pasado 27/12/2022 ha aprobado el Real Decreto por el que se modifica el Real Decreto 625/2014, de 18 de julio, por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y control de los procesos por incapacidad temporal en los primeros trescientos sesenta y cinco días de su duración.

Mediante un real decreto (pendiente de publicación en el BOE) se introducirán cambios en determinados aspectos de la gestión y control de los procesos por incapacidad temporal (IT) en los primeros 365 días de su duración, con el fin de agilizar trámites y eliminar obligaciones burocráticas que prolongan innecesariamente los procesos, lo que supone un importante beneficio para empresas, trabajadores y para los propios facultativos de los Servicios Públicos de Salud.

Así, en lo relativo a los partes médicos de bajas y altas, solo se entregará una copia a la persona trabajadora; se elimina tanto la segunda copia, como la obligación a la persona trabajadora de que sea ella quien que entregue esta copia en la empresa, entidad gestora o mutua. La comunicación entre las entidades emisoras y el INSS será telemática, evitando trámites que pueden resultar gravosos para personas que están en situación de incapacidad temporal y aprovechando las posibilidades de mejorar la eficacia y la eficiencia que brindan los avances en digitalización y tecnologías de la información.

Además, se aclara que, en los procesos de IT, los facultativos del Servicio Público de Salud, de la empresa colaboradora o de la mutua podrán fijar plazos de revisión médica inferiores a los señalados en el Real Decreto, en función de la evolución del proceso. Se trata así de evitar dudas interpretativas propiciadas por la redacción actual de la norma.

viernes, 14 de octubre de 2022

‘Kit’ para una movilidad laboral segura.

 


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  • Resulta imprescindible integrar la formación vial laboral en el plan de seguridad de la empresa

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miércoles, 17 de agosto de 2022

La mafia de los políticos Españoles, y de la nueva casta. Todos son iguales, su reflejo en la España actual

Cuando conozcas un político que venga a servir al pueblo y no a servirse del pueblo, avísame, será declarado santo. Victor Quintas.

Garzón, conocido como el “demagogo rojo”, que practica el diálogo plantónico en la plaza del pueblo, ahora se ve en su realidad. Criticar y apoyar la verdad, no es compatible con practicarla cuando uno ocupa un cargo público y viene a servir y no a servirse.

Si en anteriores artículos hablábamos de la Chuli, la ministra Yolanda, conocida por la “Indecente Manipuladora o la modelitos”, asimilada a su compañero de izquierdas hoy ministro palmero, la cual al estilo más estalinista ha montado una red denominada la del culto a la personalidad, para estar en el poder a costa de lo que sea. Hoy hacemos reflejo a otro más de sus filas que ha sido abducido por el brillo y resplandor del chollo que es vivir de la política y hacerse rico y millonario, sin dar palo al agua.

Los privilegios de la casta política en España y consentidos son como vivir en el cielo con esclavos al minuto y eso no tiene valor, lo que no han conseguido en su vida privada dando ejemplo lo consiguen de forma parasitaria, estando donde querían, formando parte de la casta política y de la más indecente de toda Europa.

Estos izquierdista, Garzón y Yolanda, venían a cambiar España, y la verdad que la han cambiado para peor y sólo  han cambiado para ellos. Ahora ya no viven es pisitos, ahora ya no están en el paro, ahora viven en lujosos edificios públicos, viajan en aviones pagados por todos, en automóviles oficiales y sus cuentas bancarias vacias han pasado a ser cuentas de millonarios. Los ciudadanos deberíamos ser conscientes y antes de votar a estas niñatas, niñatos etc, evaluar qué han hecho en su vida para crecer y el ejemplo que han dado en su trabajo diario, así evitaríamos que la mentira pareciera verdad y no se perjudicara la cosa pública.

Predicar desde la ágora de la Grecia clásica en un país donde se manipula todo, es la realidad de esta izquierda que representan dos ministros: Garzón, como florero, y Yolanda como la modelitos, dar trigo y servir es cosa de personas responsables tengan el color que tengan, éstos ya se han retratado, y sólo vienen a servirse, no ha dar trigo, por eso no los podemos hacer santos.

Cuando estaban en la oposición, eran como bombas, todo estaba mal, lo importante era noquear y eliminar, ellos eran los que tenían la verdad y no importaba nada, al contrincante a eliminarlo. Ahora estos pájaros de raza ya conocida, son colaboradores imprescindibles para que la corrupción no se investigue, para que la justicia se materialice, en ello le va el cargo. Protegen con sus actos y con su silencio a los corruptos y a los que han perseguido a los ciudadanos decentes que se han atrevido a ser fieles a los derechos humanos y a enfrentarse a los corruptos y a la corrupción.

Para terminar, una muestra, gritaban derechos para los guardias civiles, no ingreso en prisiones militares, equiparación salarial con las policías autonómicas, EPis o medios de protección, medios materiales, reorganización y eficacia FSE, readmisión de los Guardias Civiles democráticos, investigación de la delictual operación columna hecha en democracia con medios públicos contra todos los ciudadanos, utilización de los medios públicos con ética etc. Ahora la vida cómoda, los viajes en aviones del estado y privado con el rótulo gratis total los ha hecho pasar del pueblo a seres elevados, ya no se reconocen entre el pueblo al que decían defender.

Para finalizar Ya, Garzón, Yolanda y otros hierbas son el claro ejemplo de la mediocridad, de la indecencia, de una casta política que no aporta nada a España, que no vienen a servir porque nunca lo han hecho, como decía un viejo luchador por los derechos de los Guardias Civiles, si algún político viniera a servir lo haríamos santos, en España, tenemos un problema, todos son diablos vestidos de santos, una raza de casta que predica para el saqueo.

 

 

miércoles, 15 de junio de 2022

Precisiones sobre el Bullying y el Mobbing.

 

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Nadie puede negar que siempre ha existido el acoso o el abuso, así como  la violencia en la escuela. No debemos tampoco descartar que todos estos conceptos eran incluso percibidos como normales y por supuesto ignorados, formando parte del proceso adaptativo de las personas y de los grupos humanos, tanto en contextos escolares como laborales.

Sobre la década de los años setenta, comienzan estas denominaciones, ahora instituciones, a conocerse, motivado por el  avance social que cada día se iba palpando en las sociedades. El término bulliyng, fue especialmente divulgado por el noruego Dan Olweus, presentando esta terminología como patógena para las personas y para la sociedad, centrando lo términos en el área de resonancia social y en las personas.

Después de la primera fase o asentamiento se pudo saber que el acoso tiene consecuencias mortales, poniendo a las personas en alto riesgo y con afecciones como puede ser el suicidio –Patología de más alta incidencia según la OMS--, lo que nos ha llevado a tomar conciencia de su alta patología sanitaria y,  que no se debe  tomar de forma alguna los acosos a la ligera.

Cuando hablamos de Bullying, nos referimos al  acoso escolar. El acoso escolar es cualquier forma de maltrato o violencia llevado a cabo entre estudiantes o bien, dentro de un ambiente escolar.  Supone “…una especie de tortura, metódica y sistemática, en la que el agresor sume a la víctima, a menudo con el silencio, la indiferencia o la complicidad de otros compañeros”. Siendo más común entre preadolescentes o adolescentes y se da con una ligera, pero mayor frecuencia entre el sexo femenino y menores.           

El acoso escolar se puede dar de varias formas: Bloqueo social. El propósito del bloqueo social es aislar o marginar a la víctima. Hostigamiento. El hostigamiento consiste en acosar activamente mediante actitudes como faltar al respeto, menospreciar y humillar a alguien. Manipulación. Con ésta, se pretende distorsionar la imagen de una persona para cambiar la percepción que otros tienen de ésta. Intimidación. Como su nombre lo indica, se trata de intimidar al niño para consumirle emocionalmente y así provocar miedo en la víctima. Comienzan los primeros indicios de violencia física. Agresiones. Aquí y ahora entramos en la violencia física que puede ir desde un simple empujón hasta los golpes. Se pretende amedrentar a la víctima. Amenazas, Ciberacoso, etc…

Consecuencias para las víctimas, el acoso escolar puede tener consecuencias muy severas. Entre las más comunes se encuentran problemas de autoestima, estrés postraumático, depresión, ansiedad, trastornos emocionales, deserción escolar, pensamientos suicidas, problemas de control de ira, entre muchos otros.

El perfil del  acosador o bully,  –agresor-- puede ser un niño cualquiera. Entre sus rasgos de personalidad más comunes se encuentra una notable ausencia de empatía, suele ser una persona que ha vivido en ambientes de violencia, por lo que esta interiorizada y normalizada, con carencia de una estructura familiar estable, bajo rendimiento académico, con alguna clase de patología BioPsicoSocial. Casi siempre hay más de un agresor.

El perfil de la víctima en el caso del bullying incluye características como: El niño o joven en cuestión puede padecer una diversidad funcional, como trastornos de aprendizaje o discapacidades físicas o mentales. Puede pertenecer a una minoría de orientación sexual, religiosa, étnica o cultural. De personalidad tímida o introvertida. Una de las cuestiones más preocupantes dentro del acoso escolar es que éste incluso puede llegar a ser una simple cuestión de azar. No siempre se hostiga a un tipo específico de persona. Mucho depende del ambiente escolar específico y el tipo de personas que en él convivan entre otros factores tanto externos como internos.

El mobbing significa acosar, asediar en grupo. El mobbing se puede definir como todas las conductas hostiles dirigidas sistemáticamente por una o más personas hacia un tercero dentro de un ambiente laboral en el que existan relaciones de poder o estructuras jerárquicas. Este término se utiliza actualmente para referirse al acoso laboral o acoso moral en el trabajo. Este término es relativamente reciente; no hace mucho tiempo que investigadores se dieron a la tarea de investigarlo y definirlo. Fue Leymann uno de los primeros en darle relevancia y es autor de muchos de los estudios hechos al respecto, así como de herramientas para su diagnóstico.

El mobbing puede darse de tres distintas formas: Acoso ascendente. Una persona de un rango determinado es acosada por personas de menor rango jerárquico, es decir, por sus subordinados. Este tipo de acoso es particularmente común cuando se incorpora un empleado a la empresa. La envidia, el recelo y la desconfianza son algunos de los factores que influyen en este tipo de acoso. Acoso vertical. El acoso se da entre trabajadores que tienen el mismo rango o que se encuentran a la par dentro de la jerarquía laboral. Acoso descendente. La persona al mando abusa de su posición para hacerse notar o darse a sí mismo una posición de mayor respeto frente a sus subordinados.

El perfil del acosador dentro del mobbing es casi siempre el mismo. En la mayoría de los casos se trata de un jefe, aunque también puede ser un empleado cuyo resentimiento prevalece por encima de muchas cosas. La mediocridad es un rasgo importante. Muchas veces el acoso viene del miedo a la competencia, a ser superado y reemplazado por alguien claramente más preparado para llevar a cabo su trabajo. El acosador suele ser narcisista, controlador, oportunista y manipulador.

El perfil de la  víctima en el mobbing. Casi siempre se trata de una persona talentosa, trabajadora y responsable. Contradictoriamente, estas características, las cuales se consideran ideales en un empleado, son las que le ponen en jaque y terminan por perjudicarle. Está comprobado que las personas que más sufren de este tipo de acoso son los trabajadores más creativos, con mejor desempeño y más potencial. Su capacidad de pensar diferente y deseos de innovar son percibidos como una amenaza a los ojos del acosador. De la misma manera, los empleados que tienen alguna peculiaridad o defecto y por lo mismo son percibidas como indefensas e inofensivas son víctimas recurrentes.

El mobbing tiene consecuencias similares a las del bullying. Deserción laboral, depresión, ansiedad, estrés, pensamientos suicidas, etc. Otras consecuencias incluyen la pérdida de confianza en sí mismo, devaluación personal, aceptación de culpas no correspondidas, agresividad, retraimiento, etc.

 

domingo, 8 de mayo de 2022

La mente cuando el cerebro muere.

 

Un neurocientífico que ha pasado por el famoso 'efecto túnel' narra su experiencia y reflexiona sobre el final de la consciencia

Les invito a que piensen en agua. Visualícenla por un momento. Apuesto a que la mayoría habrá concebido agua líquida, omitiendo casi por defecto que también se puede encontrar en estado sólido y gaseoso. Algo parecido pasa con la mente humana. Nuestra cultura da prioridad al estado de vigilia. La única alternativa a la alerta cafeinada parece ser el sueño profundo, a menudo interpretado únicamente como mecanismo para restaurar nuestra capacidad productiva. Vivimos entre funcionalidad y descanso la mayor parte de nuestras vidas. Pero hay más mente 'ahí dentro'. El haz de luz de la consciencia, al incidir sobre prisma que es nuestro cerebro, puede refractarse en una gama de colores que va más allá del enjuto binario encendido/apagado. Son los llamados 'estados alterados de consciencia'.

La lista es más larga de lo que uno a priori podría suponer: sueños lúcidos, hipnosis, trance, estados meditativos, psicodelia. Entre ellos encontramos también las llamadas 'experiencias cercanas a la muerte' Probablemente hayan oído hablar de ellas (aunque de ellas se hable poco). Yo tuve una hace exactamente un año. Tal y como pintó El Bosco hace más de medio milenio en 'La Ascensión al Empíreo', estuve en el famoso túnel con su luz al final. Tres figuras me esperaban amorosamente. No sentí miedo, pero supe que si seguía adelante no habría vuelta atrás. Decidí posponer el viaje y regresar. La cirujana y su equipo hicieron el resto, junto con los rezos de mis seres queridos.

'La Ascensión al Empíreo', de El Bosco.

Estudios científicos muestran que una de cada cinco personas resucitadas tras un paro cardíaco declara haber vivido una experiencia similar, incluyendo la sensación de abandono del cuerpo, ver pasar toda la vida por delante, o interaccionar con parientes fallecidos. Quizás sea todo una alucinación causada simplemente por la falta de oxígeno en el cerebro. O quizás no. Si se trata de una cuestión estrictamente fisiológica, ¿por qué el resto de pacientes no tuvo una experiencia similar o, simplemente, experiencia alguna? Y, en aquellos que sí, ¿cómo pudo una vivencia de tal intensidad suceder durante el periodo de muerte clínica, con encefalograma plano?

Que los pensamientos son una función del cerebro, no hay duda. La cuestión es, como planteó el psicólogo William James, si dicha función es 'productiva' o 'permisiva', esto es, si el cerebro secreta la mente como el hígado hace con la bilis o, si por el contrario, la recibe o filtra como la radio a las ondas electromagnéticas. La metáfora del cerebro-ordenador se ha quedado obsoleta. La nueva ciencia de la consciencia está poniendo en jaque esa manida visión de una materia lerda, transmutándola en una materialidad vital cuya matriz alberga la capacidad de saberse a sí misma.

Mientras tanto, ciencia y religión se confunden en la neuro-soteriología actual: promesas de salvación tecnocrática que, sin creer en 'el cielo', proponen subir nuestro 'yo' a 'la nube'. Es el sueño (o la pesadilla) del transhumanismo barato de alto coste que, elevándonos a semidioses, niega nuestra humanidad. Su profecía: inmortalizar tu consciencia como algoritmo en chips de silicio. Hoy no se fía, mañana sí.

No hay que estar técnicamente muerto para vivir una experiencia cercana a la muerte. En la literatura médica abundan constelaciones de fenómenos similares en casos de shock postparto, accidentes de tráfico, o asfixias, entre otros. Dichas experiencias transforman el resto de la vida de quienes las experimentan. Su realidad es innegable. Su impacto, indeleble.

Experiencias parecidas se describen también con frecuencia en unidades de cuidados paliativos, cuando el curar contravenido da paso al cuidar compasivo de aquellos enfermos llamados terminales. La recientemente llamada 'lucidez terminal' (o 'mejoría de la muerte', en la sabiduría popular), repentina mejoría poco antes de que el moribundo fallezca, desconcierta a los científicos. No se trata de meras anécdotas. Son miles los relatos en personas de diferentes culturas que consistentemente apuntan en la misma dirección, y que muchos profesionales de la salud también corroboran.

Y eso no es todo. Tradiciones como la budista ofrecen minuciosas descripciones de lo que sucede no sólo cerca de la muerte, sino durante, e incluso después. Como el 'bardo', estado intermedio entre muerte y reencarnación. O el 'tukdam', estado meditativo en el que el cadáver no respira pero tampoco se descompone durante semanas. Sólo hay que ojear el Libro Tibetano de los Muertos para darse cuenta de la exquisita investigación que de la mente se puede hacer con la propia mente. Los neurocientíficos occidentales deberíamos tomar nota. Entonces, ¿qué pasa con la mente cuando el cerebro se muere? Nada, afirmará confiado el dogmático materialista pues, según su doctrina (más filosófica que científica) la mente no puede ser nada más que actividad cerebral. El verdadero escéptico, sin embargo, confesará que no sabemos la respuesta. Dudar no es negar. Es más, su obligación es investigar aquello que no se entiende, especialmente si desafía sus creencias más arraigadas. No ofrezcamos explicaciones apresuradas, pero tampoco denunciemos lo 'sobrenatural' o 'paranormal', pues no hace más que expresar un prejuicio testarudo disfrazado de razón científica. Grandes tabús pueden convertirse en fértil campo de investigación.

Se crea o no en el 'más allá', es innegable que algo importante acaba en el 'más acá'. ¿Sobrevive algún aspecto de nuestra consciencia después de la muerte permanente del cuerpo físico? El ego probablemente se extingue. Sin embargo, la posibilidad de 'vida después de la vida' no debería distraernos de la cuestión existencial sobre el significado de la muerte. En nuestra sociedad tanatofóbica se hace cada vez más necesaria una suerte de sabiduría huérfana que permita mirar la muerte a los ojos, y amar lo que no va a durar para siempre. Como dice el escritor y activista Stephen Jenkinson, cuando a uno se le rompe el corazón, la solución no es menos corazón. La vida sigue siendo un milagro y la muerte un misterio. 

Fuente: Alex Gómez-Marín. Instituto de Neurociencias de Alicante


martes, 5 de abril de 2022

El líder del estudio encargado por Sanidad detalla la definición que adoptará el SNS y cómo identificar si es long covid

 


"El covid persistente no puede ser reconocido como enfermedad laboral". Ferrán Barbé.

El Ministerio de Sanidad se ha puesto como objetivo obtener toda la información posible para diagnosticar y tratar el covid persistente o long covid tras reconocer que no tiene conocimientos suficientes para abordar una patología que puede llegar a afectar al 10 por ciento de la población que ha contraído el SARS-CoV-2. El encargado de ‘recabar’ conocimiento científico para Sanidad es el Instituto Carlos III, quién a través del estudio ‘Síndrome postcovid: definición, prevalencia e identificación de predictores y opciones terapéuticas’ busca arrojar luz en una patología rodeada por la incertidumbre.

Al frente de la principal herramienta de Sanidad para afrontar el covid persistente está Ferrán Barbé, jefe de Servicio de Neumología del Hospital Universitari Arnau de Vilanova de Lleida y miembro del Centro de Investigación Biomédica en Red (CIBER), quien en una entrevista con Redacción Médica detalla la fase actual en la que se encuentra el estudio, la definición de covid persistente y si debe otorgársele el rango de enfermedad laboral.

 ¿Cómo se define el covid persistente en términos biológicos y clínicos?

La definición de covid persistente es de consenso, no hay una definición biológica en base a parámetros clínicos objetivables. Actualmente, hay diferentes definiciones de organizaciones, instituciones y asociaciones. La más universal es la de la OMS (Organización Mundial de la Salud) y en el Instituto Carlos III estamos trabajando en la definición por la que vamos a regirnos en el Sistema Nacional de Salud (SNS). Comenzamos el noviembre pasado y estamos casi al final. Estamos realizando una última oleada de entrevistas que van a tener que rellenar diferentes actores. A finales de este mes lo tendremos.

¿Los datos preliminares muestran un consenso generalizado?

En absoluto, todas las personas que intervienen, ya sean profesionales, pacientes o instituciones, en función de cómo lo viven, si son pacientes; cómo lo entienden, si son profesionales; cómo lo viven y lo ven, si son profesionales que han estado enfermos; o cómo lo entienden, si son gestores sanitarios, tienen su propia visión. La frontera entre condición postcovid o covid persistente o secuelas tras una enfermedad grave de covid es un terreno muy gris. Como no tenemos unos marcadores biológicos que se asocien con el proceso, tenemos que basarnos en un consenso.

Ante opiniones tan dispares va a ser difícil obtener un consenso

Llevamos a cabo el estudio mediante la metodología Delphi, que ha sido diseñada para poder obtener una respuesta en este tipo de situaciones. Hay que tener en cuenta que va a ser una definición temporal porque a medida que la ciencia avance vamos a poder ir averiguando qué marcadores o parámetros pueden ayudarnos en el diagnóstico y la definición va a ir concretándose.

¿La segunda parte del estudio en qué consiste?

Vamos a ver el impacto de esto en el SNS. Cuántas personas afectadas hay y qué efecto tiene para el sistema. También averiguaremos su impacto socioeconómico porque si hay asociadas bajas laborales hay que cuantificarlas.

¿Cómo van a medir el número de afectados?

Hay varios estudios epidemiológicos en marcha donde hay datos de personas ingresadas, en régimen ambulatorio y que no han sido afectadas. En cada una de estas poblaciones vamos a determinar mediante encuestas el porcentaje de personas que podrían estar afectadas. Además, tendremos en cuenta la cifra general del 10 por ciento que se maneja. También hay que recordar que el covid lo han tenido millones de personas y que un 10 por ciento seguirán siendo millones.

"Hay una serie de síntomas o condiciones que establecen la posibilidad de que la persona pueda tener covid persistente o secuelas postcovid"

¿Ómicron ha podido cambiar estas cifras? 

Esta última oleada de Ómicron de más contagiosidad, a nivel de dispositivos asistenciales, tenemos la percepción que la demanda de covid persistente ha disminuido drásticamente. A lo mejor con Ómicron es menos o es que el covid persistente tenía antes más visibilidad. Hay un componente social importante en estas cuestiones que ha cambiado. Una cosa es que afecte a muchas personas y otra que suponga un hándicap o limitación laboral o personal. Esto tendremos que monitorizarlo y evaluarlo.

¿La tercera fase es identificar los síntomas y tratamientos?

En cuanto a tratamientos, hay muchos estudios en marcha y es un tema cambiante mes a mes. Hoy por hoy, más allá del tratamiento asintomático y la recomendación de un buen estilo de vida, no hay ningún tratamiento específico.

¿Van a averiguar qué síntomas hay asociados al covid persistente?

Es al revés, hay una serie de síntomas o condiciones que establecen la posibilidad de que la persona pueda tener covid persistente o secuelas postcovid. Son fundamentalmente la presencia de disnea, de fatiga y de dificultad en la concentración o lentitud mental. Si usted tiene estos síntomas, que son un poco inespecíficos, y ha pasado el covid tiene covid persistente, pero es que todo el mundo lo ha pasado y estos síntomas se pueden presentar por muchos otros motivos. Por ejemplo, enfermedades crónicas, problemas emocionales, reacción a la medicación…

"Si no conocemos la causa y la base biológica, difícilmente podremos hacer intervenciones eficaces"

¿La dificultad radica entonces en averiguar si estos síntomas se dan a raíz del covid?

Correcto, porque no tenemos una base biológica para determinarlo y pueden haber sido ocasionados por muchas otras cosas. Y muy importante: ¿Estos síntomas son posteriores o estaban antes de la infección? Otro tema a tener en cuenta es si un paciente tiene una enfermedad crónica. Entonces, hay que diferenciar si el síntoma que presenta ahora es por evolución de la patología o porque se infectó del covid. Esto va a ser muy difícil, especialmente en los mayores de 60 años.

¿El estudio aportará más información para conocer la causa biológica?

Esto va a ser un granito de arena más, la base biológica de la aparición o persistencia de síntomas va a llevar mucho tiempo y va a necesitar mucha investigación, en este país y a nivel internacional. Vamos a conocer mucho más la enfermedad, que es de lo que se trata. Si no conocemos la causa y la base biológica, difícilmente podremos hacer intervenciones eficaces.

¿El covid persistente debe ser reconocido como enfermedad laboral?

No, de ninguna manera. Hoy por hoy es una condición. Como mucho podría afectar a los sanitarios que tratan pacientes covid, pero entonces cualquier enfermedad infecciosa que yo pueda contraer como médico podría estar considerada una enfermedad laboral, sea el covid, la gripe, el tifus o la tuberculosis. Otra cosa es que sea una causa de invalidez, pero también estamos muy lejos de esto. El covid persistente difícilmente va a afectar la capacidad de la persona en su vida más allá de tener algún síntoma. Puede que se dé en un caso muy puntual de mayor gravedad.

Esto es muy diferente de los pacientes que han estado cuatro meses en UCI y siguen recuperándose. Algunos al cabo de unos meses siguen presentando síntomas y secuelas con un pulmón que no termina de recuperarse persistiendo la fibrosis y puede llegar a acabar en trasplante. ¿Cómo los denominamos? ¿Secuelas de la enfermedad o covid persistente? Aquí hay un terreno muy gris y estos pacientes sí que existen y alguno sigue grave. Fuente Redacción Médica.

domingo, 23 de enero de 2022

JUCIL, exige Readmisión UMD VERDES y cumplimiento sentencias TEDH, TC, y las resoluciones del parlamento

 

 

Decía Cicerón que la verdad se corrompe no sólo por la mentira sino por el silencio.

En estos días se habla mucho de la no aplicación del código penal militar a los Guardias Civiles, y lo que se obvia y se deja de lado son reiteradas sentencias del Tribunal Europeo de Derechos humanos, resoluciones como la del caso, 69966-01 en la que condena al estado español por cometer, lo dice la propia sentencia, detenciones ilegales en masa y de manera continuada. Señalando igualmente que España no reservó la condición de cuerpo de naturaleza militar en el plazo correspondiente y por tanto dejó de tener esa condición.

Reiteradamente a la Dirección General de la Guardia Civil --DGGC--, Guardias Civiles pertenecientes al colectivo UMD VERDES, --Unión Militar Democrática de la Guardia Civil-.-, solicitaron la ejecución de las sentencias, tanto la señalada del Tribunal Europeo de Derechos Humanos --TEDH--, como la del Tribunal Constitucional de España, RA 871-90--TC- Caso Cabo Rosa, y la Unión Democrática de la Guardia Civil --UDGC--- arrojando más de lo mismo, una desobediencia indignante e ilegal a las resoluciones de los más altos tribunales y serias y veladas advertencias contra los denunciante y comunicantes de los actos que las sentencias calificaban como ilegales y delictuales cometidos contra los derechos de los ciudadanos Guardias Civiles. Sentencias firmes del TC y del TEDH sin ejecutar

Si lo relatado anteriormente es muy grave, de mayor calado es que la Defensora del Pueblo Soledad Becerril, recibiera al colectivo de Guardias Civiles Democráticos y a la entrega de la operación columna por el Guardia Civil Piñeiro, --mientras todos escuchaban a uno de los reunidos explicar la grave situación existente en la Institución--, a la vista del documento preguntara: ¿Cómo tiene usted este documento confidencial?, respondiendo el compañero Piñeiro: "No debe usted preguntarme como tengo yo este documento confidencial, sino, como desde el estado, con medios públicos, y por funcionarios públicos cometieron tantos delictos como están escrito incluso de puño y letra en este documento, debe investigar y poner fin a la gravedad de esta ilegal e incontrolada operación columna de actos contra toda la ciudadanía". La operación columna es una prueba de la evidente corrupción general de un estado que ni respeta la legalidad vigente, ni cumple las sentencias. Operación Delictual Columna organizada por el estado

Todo lo relatado puede parecer una película de cantinflas con nodo incluido, pero nada comparado con la realidad, debiendo especialmente señalar el "silencio culpable e inacción" de las Asociaciones profesionales, ni una sola teniendo conocimiento de las sentencias, copia íntegra de la Operación Columna, de los Gulaps de la Guardia Civil --Cada miembro de cada gobierno elegido recibía al inicio de la legislatura toda la documental-- ni uno solo de sus equipos jurídicos plantearon ante las instituciones correspondientes acción en defensa de la democracia, del estado de derecho, del principio de legalidad, y sobre todo de su fin último como Guardias Civiles, que es cumplir su misión de defender la ley y el orden, en resumen, miraron para otro lado porque pisar moqueta es lo que interesa. Reportaje TVE1 Guardias Civiles Democráticos

Si uno lee el último libro escrito entre otros por Javier Chicote,  el jefe de los espías. El general Manglano CNI.  – nadie se ha querellado— hecho con los diarios del General Manglano, comprenderá que los poderes del estado, no están sometidos a la ley ni al orden constitucional, y lo verán en muchos de sus folios, pero sobre todo en los pagos que se realizaban a diversas personalidades, y arreglitos judiciales por el bien del estado, lo que pone en duda la tan cacareada separación de poderes, y la democracia que tanto nos han vendido, lean, lean, lean, el leer es muy sano y es gimnasia para la mente, y sobre todo que lean los equipos jurídicos de las asociaciones y las asociaciones para que vayan teniendo claro que si hay compañeros en prisiones militares, no sólo es responsabilidad de los mandos o jefes de la DGGC , sino, también de estos grupos de presión y asociativos que se sienten muy cómodos …. Pisando moqueta y al lado del poder, donde por su incapacidad mental se sienten grades e importantes.

Los Guardias Civiles históricos, aunque fueron derrotados, nunca se han rendido y aunque retirados por causa del Gulap Español que generará en su día una “Comisión de la Verdad” incluyendo el listado de la Operación Columna, nunca han dejado de estar, participar y ayudar a sus compañeros, y prueba de ello es otro de los históricos, José Manuel León Sánchez, hoy dedicado no sólo a seguir defendiendo a sus compañeros, a la ley, sino, escribiendo libros muy interesantes, nos da unos breves apuntes que salen de su corazón, y sigue:

No a la aplicación del código penal militar para los guardias civiles.

Con profunda tristeza he recibido la noticia de que solicitan un año de cárcel en una prisión militar para un guardia civil destinado en Murcia. El motivo no ha sido otro que un "desencuentro laboral" con un superior. Me parece vergonzoso que en pleno siglo XXI a los miembros de la Benemérita se les siga aplicando el Código Penal Militar, puesto que su labor es meramente policial. Cada veintiséis días –26-- días se produce un suicidio en el seno de la Guardia Civil. Tal vez ello sea debido a la férrea  e injusta disciplina a la que se ven sometidos sus miembros, eso se llama abuso del derecho. Desde aquí animo a todas las asociaciones del Cuerpo para que lleven a cabo una manifestación/concentración en la que se reivindique la no aplicación de dicho código. Si no son capaces de hacerlo, habrá que decirles: "Tenéis lo que os merecéis". José Manuel León Sánchez.

Para ir terminando, El ruido no es justicia, es mercado, ahora salen los abogados de las asociaciones protestando y animando en su teatro, cuando nada han hecho a pesar de tener conocimiento de las sentencias. Animan su mercado y atontan a los que les pagan, quedan bien y llenan su cartera. Les hace mucha falta porque hoy casi no tienen para llenar su nevera. También los responsables asociativos acostumbrados a la moqueta, lloran de sitio en sitio, ellos son muy compañeros, muy ecuánimes, pero ni uno solo fue capaz de poner las sentencias del TEDH y la del TC en conocimiento de los órganos de dirección y en el ministerio y mucho menos en exigir su cumplimiento en los tribunales de justicia. Se puede decir que su pasividad los hace cómplices e indecentes. Es su teatro y su mercado, sólo eso ni más ni menos.

Para finalizar Ya, hace falta otro tipo de entidades profesionales y otros dirigentes, en estos momentos, hubo colectivos que han dado un gran golpe de mano, generan confianza y nuevos tiempos, comienza el cambio del año 1978, ese colectivo se llama ahora JUCIL, ha calado en todo el colectivo y ha arrasado en las elecciones ha recogido el sentir de la dignidad y de la esperanza y estos días clama por la readmisión de los UMDEVERDES y por que se cumplan la sentencias del TC y del TEDH, por fin aprietan donde está el quid de la cuestión, se termina la cobardía, la indecencia y la indignidad, como dicen los Guardias Civiles Democráticos: “Nos derrotaron, nunca nos rendimos, porque tenemos la fuerza de la razón y no la razón de la fuerza”.

 

sábado, 15 de enero de 2022

El consejo de poder judicial y la mediación

 

EIA Consultoría, centro mediación y de formación tl 986266151, Whatsaap 690672222

Consejo Poder Judicial una muestra de la parcialidad en las profesiones:

https://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Temas/Mediacion/Servicios-de-Mediacion-Intrajudicial/

 Para ser Mediador la nueva legislación estatal sobre mediación en asuntos civiles y mercantiles (Ley 5/2012 de 6 de Julio de mediación en asuntos civiles y mercantiles y Real Decreto 980/2013 de 13 diciembre), exige que el Mediador tenga titulación universitaria o estudios de FP Superior, un seguro de responsabilidad Civil, Formación especializada de cien horas con casos reales, y cada cinco años formación continua. Estar registrado en el Registro Nacional del Ministerio de Justicia de España.

lunes, 3 de enero de 2022

Sentencia del TS, que deja claro que los Psicólogos clínicos no tienen exclusividad.

 

Los psicólogos no tienen exclusividad y la jurisprudencia es clara, el debate viene de lejos y es clara y notoria la intención caduca de evitar el nuevo marcon normativo que imponen los grados con sus master. Se debe premiar el saber hacer y no el saber, y sobre todo las especialidades o master.

Del examen de la normativa hasta ahora expuesta no se aprecia la exclusividad que pretende la Asociación recurrente que se reconozca a los Psicólogos especialistas en Psicología Clínica. La diferencia entre ambas profesiones no afecta ni a la adquisición de conocimientos ni a su formación sino al lugar donde unos y otros van a poder desarrollar sus competencias y conocimientos adquiridos. Únicamente hay diferencias en los ámbitos de actuación profesional.

 Ver enlace.

https://eiaformacionintegral.blogspot.com/2021/08/los-psicologos-clinicos-no-tienen.html

 


Ley de segunda oportunidad.

EIA Consultoría, Centro de Formación,  de mediación, Legal, Forense, Sanitario y asesoramiento General. Tl. 986266151, mail josecarlosperiodista@gmail.com  Tl 986266151 y Whatsaap 690672222 

1.- ¿Quién puede acogerse a la ley?

La Ley de Segunda Oportunidad está diseñada, sobre todo, para ciudadanos particulares y para profesionales por cuenta propia (autónomos). Esto supone una clara novedad, ya que, hasta ahora, sólo las empresas contaban con un vehículo legal claro para pedir la exoneración de sus deudas. Esta ley incluye a particulares y autónomos que hayan fracasado en su aventura empresarial, que hasta ahora debían afrontar sus deudas con su patrimonio presente y futuro.

2.- ¿Cuál es el primer paso para acogerse a ella?

En primer lugar, el emprendedor/deudor deberá intentar alcanzar un acuerdo extrajudicial con sus acreedores. En este proceso, que será tutelado por un juez, el deudor podrá liquidar sus bienes para abonar las deudas que pueda pagar o pactar un calendario de pagos para hacer frente a dichas deudas.

3.- ¿Qué requisitos hay que cumplir para que el acuerdo extrajudicial sea fructífero?

La ley establece varias condiciones. Entre ellas:

Que el deudor compense a sus acreedores con la cesión de los bienes no necesarios para el ejercicio de su actividad profesional o con acciones de su propia compañía. En ambos casos, el valor de los bienes o las acciones deberá ser igual o inferior a la cantidad adeudada.

Que el emprendedor proponga a sus acreedores un plan de viabilidad y un calendario de pagos para hacer frente a las deudas. El plazo para realizar dichos pagos no podrá superar los diez años.

4.- ¿Hay alguna figura que ayude en la negociación?

Sí. Al ser un proceso tutelado por un juez, el emprendedor podrá solicitar la ayuda de un mediador concursal, que hará de interlocutor entre el emprendedor/deudor y sus acreedores. Si finaliza el proceso de negociación (de unos dos meses aproximadamente) y no se ha alcanzado un acuerdo, el deudor y el mediador concursal podrán solicitar ante el juez el concurso de acreedores voluntario.

5.- ¿Qué requisitos hay que cumplir en el concurso de acreedores?

Una vez que el emprendedor haya solicitado el concurso de acreedores voluntario, el juez podrá exonerarle de gran parte de sus deudas bajo dos condiciones: en primer lugar, que el propio juez considere que el deudor ya no tiene dinero ni activos para afrontar sus deudas; en segundo lugar, que dicho deudor haya demostrado obrar de buena fe.

6.- ¿Qué es exactamente eso de la "buena fe"?

Es uno de los puntos más importantes (y polémicos) de todo el proceso. Para que el emprendedor sea considerado un deudor de buena fe, deberá cumplir varios requisitos. Entre ellos:

Que, antes de acudir al concurso, haya intentado alcanzar un acuerdo extrajudicial con sus acreedores.

Que no haya sido declarado culpable en el concurso de acreedores. Es decir, que el juez no considere que su insolvencia ha sido provocada adrede por el propio emprendedor (lo que en los concursos de acreedores tradicionales se denomina 'administración desleal').

Que, en los diez años anteriores a la petición de concurso de acreedores, el deudor no haya sido beneficiado otra vez por la Ley de Segunda Oportunidad y que tampoco haya sido condenado por delitos contra el patrimonio, contra el orden socioeconómico, de falsedad documental, contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social o contra los derechos de los trabajadores.

Que, en los cuatro años anteriores a la petición del concurso, el emprendedor no haya rechazado una oferta de empleo "adecuada a su capacidad". Este es un punto polémico, ya que la ley no detalla qué requisitos debe tener dicha oferta para considerarla "adecuada a la capacidad" del deudor.                          

7.- ¿El emprendedor se libra de todas las deudas?

En realidad, no. A la hora de hablar de las deudas que pueden ser exoneradas, la ley establece dos excepciones: "los créditos de derecho público y los créditos por alimentos". Es decir, aunque se libre de las deudas privadas (bancos, proveedores…), el emprendedor seguirá teniendo que hacer frente a las deudas contraídas con la Agencia Tributaria y la Seguridad Social, así como a la manutención alimenticia de sus hijos en caso de estar divorciado.

8.- ¿Aparecerá el emprendedor/deudor en alguna 'lista de morosos'?

Sí. Según el texto oficial, "la obtención de este beneficio se hará constar en la sección especial del Registro Público Concursal por un plazo de cinco años".

9.- ¿Quién tendrá acceso a dicho registro?

Tal y como dicta la ley, el registro podrá ser consultado por "las personas que tengan interés legítimo en averiguar la situación del deudor (...), así como las Administraciones Públicas y órganos jurisdiccionales habilitados legalmente para recabar la información necesaria para el ejercicio de sus funciones". Es decir, la lista podrá ser consultada por tres tipos de agentes sociales: las Administraciones Públicas, los bancos (ante una petición de crédito, por ejemplo) o los posibles clientes y proveedores del emprendedor.                          

10.- ¿Las deudas desaparecen para siempre?

En realidad, no. Cualquier acreedor podrá pedir al juez la revocación de la exoneración de deudas si, en los cinco años posteriores a la admisión de la ‘segunda oportunidad’, el acreedor entiende que su deudor ha obrado de mala fe o ha obtenido ingresos en negro (mediante economía sumergida). En principio, la ley otorgaba a los acreedores un plazo de cinco años para descubrir estas 'trampas' por parte del deudor; sin embargo, el texto final le concede un plazo ilimitado para hacerlo. Si el acreedor pide la revocación de la exoneración de deudas y el juez la acepta, el emprendedor dejará de estar sometido a esta ley y volverá a contraer sus deudas.

fuente: Confilegal.


jueves, 26 de agosto de 2021

Test del árbol de Koch: Cómo se realiza y cuál es su interpretación


Test del arbol

El test del árbol de Koch es una herramienta aplicable a personas de todas las edades a partir de los 5-6 años bajo condiciones de desarrollo “Normales”. El test se basa en la organización sensorio motora entre ejecución y pensamiento inconsciente.

Junto al test de Wartegg, el test del árbol de Koch es uno de los test de personalidad más sencillos. En este test la persona debe dibujar un árbol en una hoja en blanco, a partir de allí el profesional encargado de aplicar el test debe realizar una lectura del dibujo basado en unos parámetros incluidos para la interpretación del mismo.

Aunque existen dichos parámetros preestablecidos, es eminente la participación del interprete encargado de analizar el test, esta es una de las grandes polémicas alrededor del mismo ya que dependiendo la pericia del analista se puede llegar o no a resultados positivos o a errores.

Test del árbol en sus inicios

Aunque el test en la mayoría de los casos se menciona relacionado con el psiquiatra K. Koch, no fue este quien inicialmente postulo la técnica, de hecho una larga lista de psicólogos realizaron aportes a la misma, pero fue Koch quien le dio los toques finales y la hizo popular.

Aplicación y análisis del test del árbol de Koch

La aplicación del test del árbol es sumamente sencilla en el sentido de que son pocas las instrucciones que se le deben dar al sujeto. Algo sumamente importante a tener en cuenta es que el sujeto no tenga árboles cerca ni dibujos de ellos para que no intente copiar lo que ve, esto arruinaría la prueba.

Indicaciones para la realización del test del árbol

  • Se le entrega al sujeto una hoja en blanco rectangular y un lápiz, se le pide que dibuje un árbol lo más real que pueda.
  • Posteriormente se le entregará otra hoja en blanco de igual dimensión que la anterior, en este caso se le solicita que dibuje tres árboles.

Importante: Ambas hojas deben entregársele a la persona en posición vertical, en caso de que la persona decida dibujar poniendo la hoja en sentido horizontal, allí hay un primer elemento de análisis.

Esta persona que dibuja de forma horizontal tiene problemas para adaptarse a los formalismos, no es que sea un rebelde sin causa, pero es probable que no se sienta tan cómodo con aspectos burocráticos, legales y formales.

Las dos partes del test del árbol

Luego de realizados los dibujos, es momento de la interpretación, en este sentido la persona dibujó cuatro árboles, uno en la primera parte y tres en la segunda

El primer árbol representa a la persona y su entorno psíquico con todo lo que esto implica a nivel histórico y actual.

Los otros tres árboles representan las relaciones interpersonales, el primer árbol representa al sujeto (Una cosa es como nos vemos individualmente y otra como nos vemos en sociedad) el segundo árbol representa a la familia y el tercero al mundo externo incluyendo personas y ambiente.

Nota: Todos los árboles se analizan individualmente de acuerdo a las pautas dadas a continuación. Las pautas son solo puntos de partida, es el profesional que aplica la herramienta es quien tiene más elementos subjetivos con respecto al analizado para configurar una aproximación lógica al mundo personal del sujeto.

Interpretación del test del árbol

Es preciso aclarar que el test del árbol en su concepción goza de una descripción bastante detallada de la forma “adecuada” de analizar cada trazo.

A continuación, no copiaremos dicha lista, si no que te mostraremos más bien a qué parte de la estructura mental hace referencia cada parte del dibujo.

Esto con la finalidad de que sea el analista quien se encargue de dar parte sobre el devenir mental de la persona con la que está trabajando y no llegue a caer en generalidades o errores de aproximación.

El tronco

El tronco se entiende como la parte central del Yo, lo que podría entenderse como la valía que se tiene de sí mismo, autoestima, autoconcepto y autorealización.

Hay que entender que el tronco es la firmeza y el sustento de todo el ser, si este es débil o endeble puede ser un mal indicador sobre la autopercepción de la persona.

Todos los aspectos tienen importancia, es allí donde el profesional debe hacer gala de su capacidad de análisis para percibir al ser en su esquema del árbol, teniendo en cuenta lo que cada parte representa.

La copa

La copa en el esquema del test del árbol representa la actividad mental superior, es decir aquella que da cuenta del mundo y de la forma en que interactuamos con él.

En este sentido la copa es la forma en que el sujeto entiende la realidad. Es importante destacar que este es el punto en el que probablemente se halle mayor variación entre un sujeto y otro. Es importante entender la relación gráfica con la relación individuo-realidad.

Todo es confusión y caos, o por el contrario todo es armonía y belleza, el árbol es frondoso o sus ramas no tienen hojas, Etc. Todo esto y más puedes encontrar, se supone que la persona dibuja en un estado sensorio motor que alcanza emociones inconscientes.

Las ramas

En este caso se analiza la posición y composición de las ramas, éstas representan las relaciones interpersonales, se debe tener en cuenta si estas son simples o dobles, si pasan unas atrás de otras como tipo 3d o si están enredadas.

A mayor definición de las ramas, más complejas resultan ser las relaciones sociales de la persona, si se notan desorganizadas es un indicador de relaciones no tan buenas, si son ramas detalladas pero de cierto modo organizadas es probable que sea una persona con excelentes relaciones.

Las raíces

Las raíces en el test del árbol dan cuenta de lo pulsional, es decir lo instintivo o esas fuerzas que se mueven en nosotros sin que podamos hacer mucho.

Las raíces dan cuenta de ello de forma directa, en caso de no dibujar raíces la represión resulta evidente, en el grado de elaboración podemos hacernos una idea de la forma de tramitar dichos impulsos.

En caso de que las raíces sean grandes y desordenadas podemos pensar en una persona desenfrenada y hedonista tendiente a la satisfacción de sus deseos primarios sin reparo.

El suelo

La línea del suelo representa la separación entre el consciente (arriba de la línea) y el inconsciente (Debajo de la línea) Por ello la falta de dicha línea puede dar cuenta de una persona con una actividad mental desorganizada.

Por otro lado, la altura del suelo indicará hasta qué punto prevalece lo consiente o lo inconsciente en cuanto al yo (Tronco)

En caso de que el suelo este cubierto de pasto, puede ser un indicador de sentimientos ocultos o cosas que avergüenzan a la persona, es importante la forma en que cubra la parte del tronco ¿Débil, fuerte?

En términos generales podemos decir que estos son los principales rasgos del test del árbol, es importante que este sea realizado por un profesional que haya realizado un estudio profundo de la herramienta y por otro lado que tenga elementos de la persona para poder tener asertividad en el análisis.

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