miércoles, 15 de febrero de 2023
viernes, 10 de febrero de 2023
Ahora es posible constituir una SL de forma ágil, rápida y económica, pero tiene algunos inconvenientes.
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La nueva ley pretende fomentar la creación de empresas agilizando su constitución. Entre otras medidas –y sólo en el caso de las SL–, se ha rebajado el capital mínimo a la cantidad simbólica de un euro, que antes debía ser de 3.000 euros. Aun así, lo ideal es que la sociedad llegue a tener un capital que alcance esa cifra. Vea por qué.
Se establece que las sociedades limitadas podrán tener un capital social mínimo que no sea inferior a un euro, si bien se fijan también una serie de obligaciones que deberán cumplirse mientras dicho capital no alcance la indicada cifra:
De los beneficios que obtenga la
sociedad, cada año deberá destinarse a reserva legal al menos el 20% del
beneficio hasta que dicha reserva, junto con el capital social, alcance los
3.000 euros. Con posterioridad, se mantiene la obligación de destinar el 10%
del beneficio a la reserva legal hasta que ésta alcance el 20% del capital
social.
Y, en caso de liquidación, si el
patrimonio social fuera insuficiente para atender el pago de las obligaciones
sociales, los socios responderán solidariamente de la diferencia entre el
importe de 3.000 euros y la cifra del capital suscrito. En definitiva, los
socios pueden llegar a responder por 2.999 euros, por lo que tal vez les
convenga más aportarlos de entrada.
miércoles, 8 de febrero de 2023
Proyecto Ley de Medidas procesales, MASC, impulso mediación.
Tal es la trascendencia que se da a este efecto que el Proyecto parece asimilar dos conceptos que son diferentes, el de “Medio Adecuado de Solución de Controversias” MASC, con el de “medio adecuado de cumplir el requisito de procedibilidad.”
En la actualidad, los únicos medios de solución de conflictos complementarios a la vía judicial son el arbitraje, la mediación y la conciliación ante funcionario público, Letrado de la Administración de Justicia, notario o registrador, esta última introducida como expediente de jurisdicción voluntaria por la Ley 15/2015.
El Proyecto hace referencia además de los anteriores a los siguientes:
La conciliación privada que pueden realizar abogados
procuradores, graduados sociales, notarios, registradores de la propiedad o
cualquier profesional colegiado en un colegio de los reconocidos legalmente o
mediadores.
La oferta vinculante confidencial.
La opinión neutral de un experto independiente.
Cualquier actividad negociadora no tipificada de la que
pueda dejarse constancia. Bien realizada directamente por las partes o por
medio de sus abogados.
Está claro que todos ellos son medios adecuados de cumplir el requisito de procedibilidad otra cuestión es que se consideren como auténticos ADR.
Como acreditar que se ha dado cumplimiento a la exigencia
legal dependerá de cual sea el medio elegido.
En el caso de la conciliación registral será la
certificación expedida por el registrador de la propiedad o mercantil de la que
resulte no haberse alcanzado avenencia y que expresamente prevé el artículo 103
bis LH en su último inciso.
En el caso de la conciliación notarial será la copia
autorizada de la escritura a que se refiere el artículo 82 de la Ley Notarial.
En el caso de la conciliación ante el LAJ será el
correspondiente decreto o su caso el auto del Juez de Paz si se hubiese
intentado ante él por tratare de un asunto de cuantía inferior a los 6.000€
En el caso de la mediación si esta se ha llevado a cabo,
será el acta final firmada por las partes y el mediador en la que deberá
constar la controversia objeto de la mediación y que esta se da por terminada
sin acuerdo
El Proyecto también modifica algunos artículos de la Ley 5/2012 de mediación así el art 6 de la misma:
«Artículo 6. Requisito de procedibilidad y libre disposición
A efectos procesales, se entenderá cumplido este requisito con la celebración, al menos, de una sesión inicial ante el mediador, siempre que quede constancia en la misma del objeto de la controversia y demás requisitos establecidos en el artículo 17. A dicha sesión habrán de asistir las partes, personalmente si se trata de personas físicas, y el representante legal o persona con facultad para transigir, si se trata de personas jurídicas.» Ahora bien, puede ocurrir que, solicitada la mediación, por una parte, la otra no atienda la solicitud o se niegue. En este caso debería bastar el escrito suscrito por el mediador recogiendo esta circunstancia al que deberá incorporarse la solicitud de la otra parte. No lo dice la Ley, pero creo que debemos entenderlo así porque lo contrario supondría supeditar el acceso a la justicia a la voluntad de una de las partes en conflicto y, además, por analogía con lo que se establece respecto a la conciliación privada en el art. 15 letras J y K
En el caso de la negociación directa, es decir sin la
intervención de un tercero neutral, será cualquier documento firmado por las
partes.
En el caso de la conciliación privada, se prevé la
certificación del conciliador que puede hacer constar que se intentó sin efecto
(art. 15 j) o que la parte requerida ha rehusado participar
en el proceso conciliador (art. 15 letra k)
En el caso de la oferta vinculante confidencial, que una
parte dirige a la otra deberá ser esta oferta unida a la constancia de su
recepción y rechazo o bien que ha
transcurrido el plazo de un mes o el mayor fijado por el oferente sin
aceptación. (art. 16 nº 3)
En el caso de la opinión de experto independiente, el nº 5
del art. 17 prevé que el caso de que su dictamen no sea aceptado, este expida
una certificación en este sentido a los efectos de tener por cumplido el
requisito de procedibilidad.
Cabe plantearse cuáles son las cuestiones que a la vista de
estos documentos debe analizar el juez para dar por cumplido el requisito de
procedibilidad.
El Proyecto fija un contenido mínimo del mismo: identidad y firma de las partes; objeto de la controversia y fecha. (art. 9)
Cualquiera que sea el tipo de documento, su contenido debe permitir verificar los siguientes extremos:
La identidad entre las partes en el MASC y las partes
demandante y demandada.
La identidad entre el objeto de la negociación y el objeto
del litigio, aunque la pretensión de la demanda puede ser diferente. (art 4 -1)
La fecha de recepción del ofrecimiento o de la terminación
sin acuerdo pues no puede tener una antigüedad superior al año (art 6-2)
La suficiencia del documento para acreditar el medio
elegido.
Cuando se trate de una conciliación publica o ante
funcionario público, no albergará dudas de su veracidad y contenido pues estará
ante documentos fehacientes, la copia autorizada o la certificación del
registrador de la propiedad o mercantil.
Cuando se trate de un documento privado como es la
declaración escrita del mediador, conciliador privado o experto independiente
habrán de valorarse todas las circunstancias que permitan no dudar de su veracidad.
Esto es más fácil en el caso de la mediación pues en este caso, el tercero neutral es un profesional de la resolución de conflictos inscrito en el registro de mediadores del Ministerio de Justicia. Esta inscripción garantiza que ha obtenido una titulación por haber realizado un curso previamente homologado y que cuenta con su correspondiente seguro de responsabilidad civil.
En los casos de conciliaciones privadas tan solo podrá
verificarse que el escrito lo firma un profesional colegiado en cualquier
colegio profesional de los reconocidos legalmente lo que deberá ser acreditado.
En los casos de la opinión experto independiente, ni
siquiera eso pues la ley no exige titulación o colegiación alguna.
En los casos de la negociación, esta puede ser directa entre
las partes o por medio de sus abogados (art 13 párrafo 1). Esto es curioso pues
para la primera sesión de mediación las partes deben acudir personalmente, (art
6 L 5/2012) asistidas o no por sus abogados, pero no representadas por estos,
sin embargo, esto sí que se admite en la negociación directa.
El escrito firmado por las partes o sus abogados será lo que
va a ser valorado por el juez que podría considerarlo insuficiente si no revela
con la nitidez necesaria una actividad negociadora. Por ejemplo, por la
ausencia de propuestas concretas más allá de la pretensión inicial de cada
parte. Es lo que debe concluirse a la luz del último inciso del numero 2 del art 9
cuando exige que en el documento conste “… la determinación de la parte o
partes que formularon propuestas iniciales”.
Quizá el proyecto debería haber sido más contundente a la
hora de establecer un contenido mínimo que acreditara la voluntad negociadora.
No podemos olvidar que la crítica más severa al Proyecto se basa precisamente en que, entender cumplido el requisito de procedibilidad de esta manera, lo que produce es su desactivación como medio de impulsar la realización de los auténticos medios de solución de controversias como la mediación o la conciliación.
Debemos plantearnos si el verdadero MASC es aquel al que las partes pueden acudir antes de iniciar la vía judicial cuando han sido incapaces de ponerse de acuerdo por sí mismas.
Es la realización de uno de estos MASC y no la falta de acuerdo documentada por las propias partes, lo que debe levantar el cierre procesal salvo que se quieran dejar las cosas como están.
Proyecto de Ley de medidas de eficiencia procesal del servicio público de Justicia.
martes, 7 de febrero de 2023
El progenitor investigado por casos de maltrato, de cualquier tipo, pierde todo el derecho a contactar con sus hijos.
Basta con que el juez tenga indicios fundados de que el menor esté viviendo una situación de maltrato o abuso, ya sea directa o indirectamente, por parte de uno de sus padres.
Aquí te contamos cómo se ha conseguido este avance en la protección del menor.
Aprobación de la Ley 8/2021 de 2
de junio
Esta ley entra en vigor el 3 de septiembre de ese mismo año y ha supuesto un avance en la protección del menor, y en la determinación de las visitas, en caso de separación de sus padres.
A través de ella, se modifica el artículo 94 del Código Civil, referente al derecho de visitas de los padres en esta situación.
Los cambios en el régimen de visitas son considerables en el caso de que, el progenitor que no tiene el menor a su cargo, sea acusado de maltrato.
Art. 94 de Código Civil, antes de
la modificación
Es en este artículo donde se
reconoce el derecho a visitar y comunicarse con el menor.
Cómo, cuándo y de qué manera era
determinado por el juez, y cualquier incumplimiento en las decisiones tomadas
puede ser motivo de anulación.
viernes, 3 de febrero de 2023
Inger Enkvist: “La nueva pedagogía es un error. Parece que se va a la escuela a hacer actividades, no a trabajar y estudiar”
Lleva más de cuatro décadas dando lecciones, tanto en el ámbito universitario como el del instituto. Una experiencia que ha servido de espoleta para sus investigaciones sobre el arte de enseñar. Esta catedrática emérita de español en Suecia aborrece la llamada “nueva pedagogía”, que otorga más iniciativa a los alumnos en el aula, y defiende una enseñanza más tradicional. La tarea principal de la escuela debe ser, según ella, dar una base intelectual a los ciudadanos.
EL SILENCIO REINA en la calle adoquinada en la que reside Inger
Enkvist en Lund, una de las ciudades más antiguas de Suecia, con una de las
universidades más importantes del país nórdico. Nadie diría que a pocos minutos
andando está el centro urbano. Esa calma llega hasta el interior de su
apartamento, un entresuelo con grandes ventanales y un jardín trasero
comunitario. Su despacho, luminoso y lleno de libros, es un reflejo de su idea
de cómo hay que entregarse a cualquier tarea intelectual: con orden,
concentración, siguiendo unas normas…, leyendo.
Mientras la mayoría de los expertos educativos cuestionan la
utilidad que tiene memorizar datos en la era de Google y abogan por terminar
con las hileras de pupitres, las asignaturas y dar más libertad a los alumnos,
Enkvist (Värmland, Suecia, 1947) defiende la necesidad de volver a una escuela
más tradicional, donde primen la disciplina, el esfuerzo y la autoridad del
maestro. Su punto de vista cuestiona los postulados de esa nueva pedagogía,
pero también se distancia de aquellos que creen que la escuela es una fábrica
de alumnos en serie y que debe centrar sus esfuerzos en competir con otros
centros para ascender en las clasificaciones mundiales.
Comenzó su carrera educativa como profesora de secundaria y
ahora es catedrática emérita de español en la Universidad de Lund. Ha centrado
su investigación en la obra de Mario Vargas Llosa y Juan Goytisolo, y ha
escrito ensayos sobre José Ortega y Gasset, Unamuno y María Zambrano. Ha
publicado varios libros sobre pedagogía —como La buena y la mala educación (Encuentro,
2011)— y cientos de artículos, además de haber asesorado sobre la materia al
Gobierno sueco. Sentada en el salón de su casa, Enkvist conversa en español sobre
cómo cree que deberían ser las escuelas, mientras bebe un zumo de bayas servido
con una jarrita de barro recuerdo de Segovia. Hablando con ella no cuesta nada
imaginársela en su colegio, de niña, sacando muy buenas notas.
¿Cómo recuerda su escuela? Era pública y
tradicional. No tengo malos recuerdos. Quizás había algunas clases aburridas,
pero así es a veces la vida. Los alumnos llegaban a su hora y no había
conflictos con los profesores. Suecia me dio una educación gratuita y de
calidad.
“El nuevo desafío es
controlar el acceso al móvil. Los colegios hacen bien en prohibirlo y los
padres deben vigilar su uso en casa. Deben saber decir que no”
Los tiempos han cambiado. ¿Sigue valiendo la disciplina de
entonces? La relación entre padres e hijos se basa más que nunca en
las emociones. Tenemos una vida más fácil y queremos que nuestros hijos también
la tengan. Pero la escuela tiene que ser consciente de que su tarea principal
sigue siendo formar intelectualmente a los jóvenes. La escuela no puede ser una
guardería, ni el profesor un psicólogo o un trabajador social.
¿Cuál debe ser la finalidad de la enseñanza infantil? Debe ser muchas
cosas, pero su tarea principal es dar una base intelectual. Dar conocimientos a
los jóvenes, prepararlos para el mercado laboral, trasmitirles una cultura y
proporcionarles una idea del orden social, porque la escuela es la primera
institución con la que se encuentran los niños y es importante que vean que hay
unas reglas, que el maestro es la autoridad y que hay que respetarlo tanto a él
como a los compañeros.
Pero la tecnología hace más difícil controlar a unos niños
hiperestimulados. Siempre ha habido dificultades en el aprendizaje. Hace 50
años era que había que andar una hora para llegar al colegio o proporcionar
comidas nutritivas. Hoy se trata de la enorme cantidad de estímulos. El nuevo
desafío es controlar el acceso al móvil y al ordenador para que se concentren.
Las escuelas que prohíben el móvil hacen bien. En casa, los padres deben vigilar
el tiempo de uso de la tecnología. Prohibir es muy difícil porque se crean
conflictos, pero un padre moderno debe saber decir que no. Debe resistir.
Hay pedagogos que afirman que la escuela tradicional es aburrida
y educa a niños sumisos, y que hay que aprender a aprender. La escuela es
un sitio para aprender a pensar sobre la base de los datos. Lo de insistir en aprender a aprender sin
hablar antes de aprendizaje es una falsedad, porque no podemos pensar sin pensar en
algo. Sin datos, no hay con qué empezar a pensar.
Inger Enkvist, en el estudio de su casa en el centro de Lund
(Suecia).EVAN PANTIEL
¿La escuela no debería ser un lugar donde pasarlo bien? La satisfacción
de la escuela debe estar vinculada al contenido: entrar en una clase y que te cuenten
algo que no sabías. Pero hay que saber que para entender algo nuevo hay que
hacer un esfuerzo. Además, es fundamental que el maestro nos enseñe a leer y
también cómo comportarnos. Es imposible aprender bien sin que haya orden en el
aula. Esa es la base principal: comportamiento, lectura y aprecio por el
conocimiento.
¿Qué opina de la tendencia de poner cojines en el aula para que
se tumben los alumnos? Eso es engañar a los jóvenes. Para aprender a escribir, un
niño tiene que sentarse bien, mirar hacia delante, tener hoja y papel,
concentrarse… Aprender puede ser un placer, pero, insisto, requiere un esfuerzo
y un trabajo. Hay que decírselo a los niños. Si no, les estamos engañando.
Tocar el violín, por ejemplo, no es fácil. Requiere mucha práctica. Los
estudios del psicólogo sueco Anders Ericsson mostraron que se necesita un
esfuerzo prolongado para mejorar en cualquier cosa. Para ser bueno en algo
tienes que dedicarle 10.000 horas. Y hay que hacerlo de forma consciente y
trabajar con un maestro. Su investigación avala la idea tradicional de una
escuela basada en el esfuerzo del alumno bajo la dirección de un profesor.
Algunos dicen que no hace falta memorizar porque todo está en
Google. Esa es otra falsedad. Google es un instrumento genial. Es
de gran ayuda a los adultos, porque sabemos lo que buscamos. Pero para quien no
sabe nada, Google no sirve de nada. Hay intelectuales que andan por ahí
diciendo que estudiar geografía no les fue útil. Creo que se han olvidado de
cómo y cuánto aprendieron en la escuela. Afirmar tales cosas es una falta de
honradez con los jóvenes. Y minusvalorar la importancia en sí de la vida
intelectual del alumno.
¿En qué consiste la nueva pedagogía que critica usted? La nueva
pedagogía es un pensamiento que se ve por todas partes en Occidente. Suecia lo
puso en marcha en los sesenta. C0nsiste, por ejemplo, en la poca gradación de
las notas, por lo que muchos piensan que para qué estudiar mucho si no se va a
reflejar en el expediente. Se da mucha importancia a la iniciativa del alumno,
se trabaja en equipo y, mientras desaparecen los exámenes, aparecen los
proyectos y el uso de las nuevas tecnologías. En general, parece que se va a la
escuela a hacer actividades, no a trabajar y estudiar. Se da más énfasis a lo
social que a lo intelectual. En España esa tendencia empezó a llegar más tarde,
con la LOGSE en 1990. Creo que es un error. Por una parte, los alumnos con más
capacidades no desarrollan todo su potencial y, por otra parte, los que tienen
una menor curiosidad natural por aprender no avanzan. Además, muchos gustos son
adquiridos, como la historia, la lectura o la música clásica. Al principio
pueden resultar aburridos, pero, si alguien insiste para que tengamos una
primera toma de contacto, es posible que acaben gustándonos. Ahora muchos
jóvenes eligen sin haber conocido y, claro, eligen lo fácil.
España es uno de los países de la OCDE que más horas dedican a
los deberes. ¿Sirven de algo? Cuando la jornada es muy larga, como en España, no tienen
sentido. Si un estudiante está cansado, poner deberes no mejora su rendimiento.
Hay que buscar un número óptimo de clases por la mañana, cuando está más
despierto, darle un tiempo de descanso y, por la tarde, quizás una tarea de
repaso de lo que ha hecho durante ese día. Un buen ejemplo es Finlandia, donde
los alumnos entran a las ocho de la mañana y salen a las dos de la tarde,
incluido el almuerzo; salvo los jueves, que salen a las cuatro de la tarde.
De niña era usted una gran lectora. ¿Cómo despertar ese placer
si un niño no está interesado? Era una lectora compulsiva. Nadie tuvo que insistir para
que cogiera un libro. Pero hay niños que lo necesitan. Quizás al principio hay
que forzarles un poco, animarles para que se conviertan en lectores de ocio.
¿Cómo se hace eso desde la escuela? Comprar buenos libros para la biblioteca y
recomendar uno cada viernes. Un alumno puede contar lo que ha leído esa semana.
Hacer pequeñas competiciones para ver quién ha leído más. Medir cómo aumenta su
vocabulario. Y explicar que la lectura les permitirá, cuando sean adultos,
desenvolverse mejor. Si los alumnos empiezan a leer, casi todos van a descubrir
que es un placer. Pero necesitan horas. Se calcula que en la mayoría de los
países se dedican 400 horas en primaria al aprendizaje de la lectura. Para ser un
buen lector hacen falta 4.000 horas. Es imposible encontrar tanto tiempo en
clase. Tienen que hacerlo en casa. Lo que pueden y deben hacer los padres es
leer con sus hijos: apoyar la lectura y servir ellos mismos de modelo.
“Lo que las pruebas
PISA no revelan
es si hay un buen ambiente en el aula, se inculcan buenos principios de trabajo
o se enseñan bien las humanidades”
Pero las humanidades están perdiendo peso. Se dice que el
mañana estará dominado por la tecnología y las ciencias naturales, y que lo histórico
no es importante. Además, las pruebas PISA [exámenes organizados por la OCDE
que evalúan las competencias de alumnos de 15 años en ciencia, matemáticas y
lectura] no tienen en cuenta las disciplinas humanísticas porque es difícil
comparar esos conocimientos entre países, así que la voluntad de competición
les lleva a poner más énfasis en las materias que entran en PISA y descuidan
las demás. Tanto en la escuela como en la familia se debe dar más énfasis a las
humanidades.
¿La visión de PISA es la de una escuela que debería funcionar
como una empresa? La OCDE es una organización económica y analiza la
educación desde esa perspectiva. Lo que PISA no revela es si hay buen ambiente
en el aula, si se inculcan buenos principios de trabajo, si se enseñan bien las
humanidades, las ciencias sociales, las materias estéticas como el arte y la
música, que son esenciales. PISA es una prueba muy específica que analiza
algunas cosas. Las escuelas y los países deberían defender que ellos ofrecen
mucho más que eso.
En sus libros señala a Finlandia como uno de los grandes
modelos. La educación de Finlandia ha sido tradicional, aunque hace
dos años el Gobierno puso en marcha un programa más parecido al de Suecia,
porque mi país tiene un rendimiento escolar inferior, pero disfruta de un
comportamiento económico superior y ha creado empresas tecnológicas como
Spotify y Skype. El Gobierno finlandés parece pensar que con un poco de
desorden sus colegios serán más creativos. No lo creo.
¿Finlandia era tradicional? No hay exámenes en la educación
obligatoria ni los había antes de esa reforma que menciona. Hay que
repensar la fobia a los exámenes. El examen ayuda a centrarse en un objetivo.
Que tal día tienes que saber estos conocimientos. Un buen profesor enseña cosas
a los alumnos, repasa con ellos y les pone algunas pruebas. Y construyen otras
enseñanzas sobre lo ya aprendido, así que esos conocimientos vuelven a salir
más adelante. No pone un examen sobre algo sin importancia. Con las reválidas
pasa lo mismo. Son una meta clara. Ayudan a tener una visión global.
En Finlandia no se compara tanto a los colegios, algo habitual
en España. ¿Es así? En Finlandia siguen con la tradición de confiar en sus
profesores. Cuando hay un control estatal del rendimiento y se hacen comparaciones
entre las escuelas, el ambiente se enrarece. Para los profesores, genera estrés
y rencor hacia quien te controla.
¿Cómo debe ser un buen profesor? Responsable y
bien formado. Debe creer en el poder del conocimiento. Uno no es buen profesor
solo por lo que sabe de la materia, ni solo porque sabe ganarse a los alumnos.
Hay que combinar ambos elementos: atraer a los alumnos a la materia para
enseñarla adecuadamente. Hay que reclutar a profesores excelentes en los que
puedan confiar alumnos, padres y autoridades. Y a no ser que haya una situación
grave, debemos dejarles trabajar.
EVAN PANTIEL
¿Cómo ha sido su experiencia en clase? El alumno tiene
que respetar las indicaciones del profesor, hacer las tareas y, por ejemplo, no
mentir. Antes, mentir era muy grave. Ahora parece que no pasa nada. He visto a
jóvenes que se inventan motivos para justificar por qué no han hecho un
trabajo, que escriben de forma poco legible para generar dudas o discuten todo
el rato con los profesores. Sé lo desagradable que resulta que un alumno
intente mentirte. Lo he visto, en el instituto y en la universidad. Cuando un
profesor siente que no se le respeta, que intentan engañarle, se rompe toda
relación de enseñanza.
¿Qué hacer con los niños que molestan y no dejan trabajar a los
demás? Eso es un tabú. Se considera poco democrático. Se dice que
hay que dar una oportunidad a todos. Pero ¿qué pasa cuando un niño conflictivo
no deja trabajar a los demás, cuando se ha hablado con él y con los padres pero
no rectifica? Hay que ponerlo en un grupo aparte a ver si así se da cuenta y
cambia.
¿Y los niños que se esfuerzan, pero no llegan al nivel? Se les puede
dar clases de apoyo. Y ofrecer itinerarios diferentes, como ocurre en el caso
de Singapur.
¿Y repetir curso? Hacer repetir a un niño a veces sirve y a veces no, porque
cada uno es diferente. A mí me gusta el sistema de Singapur, donde el lema es
que cada niño pueda llegar a su nivel óptimo. Para ello hay diferentes formas
de conseguirlo: una vía digamos normal y otra vía exprés. La segunda incluye
más contenidos en menos tiempo. Algunos dicen que es menos democrático, pero yo
creo, al revés, que es más democrático porque conviene al niño, a la familia y
al Estado. Y hay menos abandono escolar, un problema mucho más grave.
¿No se aprende también por imitación? Es decir, ¿los adelantados
pueden tirar de los que se quedan atrás? Funciona cuando el grupo tiene de
media un buen nivel y un buen profesor. Y si los que se tienen que integrar son
pocos y quieren hacerlo. Si no, lo que suele pasar es que los que no quieren
trabajar arrastran a los demás.
El bilingüismo que combina el inglés y
el español prolifera en los colegios españoles. ¿Habría llevado a sus hijos a
una de estas escuelas? Primero, analizaría otras opciones. Aprender inglés está
bien, pero hay que preguntarse qué dejamos de aprender de otras materias. Tengo
dudas. Creo que se puede aprender bien inglés con algunas horas de clase sin
sacrificar otros conocimientos, como por ejemplo las ciencias. En Suecia no se
empieza con el inglés hasta los 9 o 10 años. Inger Enkvist, Fuente
Juan de Dios Martin.
miércoles, 1 de febrero de 2023
El Constitucional condena a Hacienda por utilizar solo las notificaciones electrónicas.
Golpe del Supremo a Hacienda por marginar al contribuyente analógico
El máximo tribunal da la razón a una empresa perseguida por Hacienda por culpa de una notificación de la que ni siquiera era consciente.
El máximo tribunal da la razón a una empresa perseguida por Hacienda por culpa de una notificación de la que ni siquiera era consciente.
Nuevo golpe judicial a los procedimientos de la Agencia Tributaria. En este caso, ha sido el Tribunal Constitucional el que ha condenado a Hacienda por una práctica que afecta a miles de autónomos y empresas: la de utilizar únicamente el canal electrónico para notificar los procesos de revisión del IVA.
A través de una sentencia emitida por órgano de justicia a fecha del 29 de noviembre, y la cual ha adelantado Expansión, el TC dicta que la Agencia Tributaria ha vulnerado el derecho a la tutela judicial efectiva mediante su sistema de notificaciones telemáticas, y obliga desde ahora al departamento dirigido por María Jesús Montero a usar un canal alternativo si el contribuyente no accede a su buzón digital.
La decisión parte de una larga batalla judicial entre una pyme y Hacienda. Todo comenzó en 2014, cuando la Agencia Tributaria solicitó a la sociedad contribuyente documentos extra sobre la declaración de IVA del año 2012. Pero esta solicitud se realizó a través de la sede electrónica, y el contribuyente desconocía el sistema, por lo que no pudo atender los requerimientos. Pasados 10 días sin respuesta, Hacienda entendió, en aplicación de la normativa, que la pyme había sido debidamente notificada, aun cuando no había accedido al aviso.
Dado que el contribuyente, a ojos de la Hacienda, no podía justificar lo que se le pedía, se inició una liquidación paralela, la cual fue también enviada mediante sistema electrónico. Cuando finalmente la pyme se dio cuenta del problema, sus cuentas habían sido bloqueadas y sus créditos embargados, por lo que solicitó a la Agencia Tributaria que llevara a cabo una nueva inspección. Pero la AEAT la rechazó la petición, y la sociedad afectada se vio obligada a recurrir por la vía judicial.
Sin embargo, los tribunales dieron la razón a Hacienda: tanto el Juzgado Central de lo Contencioso administrativo, en primera instancia, como la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia nacional, en segunda. Por su parte, el Supremo no admitió el recurso de casación de la sociedad, y el caso acabó entonces en el Constitucional.
Pues bien, después de estudiar el caso, el máximo tribunal ha constatado que la actitud de Hacienda no fue la correcta, ya que hizo una en "aplicación rigorista" de la normativa, según señalan desde Moriel Abogados, el despacho que ha llevado la disputa. El Constitucional entiende que, pese a que la notificación electrónica se ajusta a la norma, Hacienda violó la tutela judicial efectiva –un derecho recogido en la Carta Magna– en su vertiente administrativa. Este derecho estipula que los ciudadanos tienen derecho "a ser informados de la acusación formulada contra ellos", lo cual incumplió la Agencia Tributaria.
De esta forma, el TC anula las sentencias de primera y segunda instancia, y condena a Hacienda a anular las liquidaciones que efectuó por el proceso, así como a devolver con intereses el dinero embargado (70.000 euros). Asimismo, para que estos abusos no vuelvan a cometerse, el tribunal insta al departamento de María Jesús Montero a modificar el sistema de notificaciones para se usen medios alternativos de comunicación si el afectado no accede al buzón digital.
Con motivo de este pleito, la empresa afectada ha mantenido contra las cuerdas su operativa por culpa de una notificación de la que ni siquiera era consciente. Han pasado 8 años desde que Hacienda le enviara la primera notificación. Un tiempo de pleito extremadamente largo por el que muchas otras empresas o autónomos podrían haberse visto abocadas al cierre.
Este se trata del enésimo abuso que le han valido a las autoridades recaudatorias la condena de la Justicia. Recientemente el Supremo contradijo el criterio de Hacienda en el cálculo del impuesto de Sociedades, mientras que el Constitucional declaró nula la Plusvalía municipal, la justicia europea consideró ilegal el "modelo 720" de declaración de bienes en el extranjero o el contencioso administrativo obligó en verano a Hacienda a revelar las comisiones que reciben los inspectores.
Como viene contando Libre
Mercado, la Agencia Tributaria se vale de diversas artimañas para incrementar
la recaudación a toda costa, dejando los derechos del contribuyente en segundo
plano. Quienes osan enfrentarse a Hacienda, se enfrentan a un largo y tedioso
proceso de escrutinio administrativo, judicial, e incluso mediático.
Oficina de la Agencia Tributaria.
| Europa Press
Fuente libremercado
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