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Además de la rebaja del IVA de los libros, periódicos y revistas en formato
electrónico del 21% al 4%, se prevén las siguientes medidas fiscales:
Rebaja del IVA a las
entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de bienes
necesarios para combatir los efectos del COVID-19.
Desde el 23/04/2020 y hasta el
31/07/2020, se aplicará el tipo del 0% en las adquisiciones de material
sanitario (referidos en el Anexo de este RD-ley) cuyos destinatarios
sean entidades de Derecho Público, clínicas o centros hospitalarios, o
entidades privadas de carácter social a que se refiere el apartado tres del
artículo 20 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el
Valor Añadido.
Estas operaciones se documentarán en factura como
operaciones exentas.
Opción extraordinaria por la modalidad de
pagos fraccionados prevista en el artículo 40.3 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre
Sociedades (Artículo 9 del Real Decreto-ley 15/2020, de 21 de abril)
Las pymes podrán cambiar el sistema de cálculo
del pago fraccionado. Es decir, podrán cambiar de sistema, según los beneficios
de ejercicios anteriores, y calcularlo en función de los beneficios real
trimestrales.
El contribuyente que ejercite la opción con
arreglo a lo dispuesto en este artículo quedará vinculado a esta modalidad de
pago fraccionado, exclusivamente, respecto de los pagos correspondientes al
mismo periodo impositivo.
Renuncia tácita al método de estimación
objetiva ejercicio 2020
Podrán renunciar a la aplicación del método de
estimación objetiva (módulos), podrán volver a determinar el rendimiento neto
de su actividad económica con arreglo al método de estimación objetiva en el
ejercicio 2021, siempre que cumplan los requisitos para su aplicación y
revoquen la renuncia al método de estimación objetiva en el plazo previsto en
la letra a) del apartado 1 del artículo 33 del RIRPF o o mediante la presentación en plazo de la
declaración correspondiente al pago fraccionado del primer trimestre del
ejercicio 2021 en la forma dispuesta para el método de estimación objetiva.
Cálculo de los pagos fraccionados en el
método de estimación objetiva del IRPF y de la cuota trimestral del régimen
simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido como consecuencia del estado
de alarma declarado en el período impositivo 2020 (Artículo 11 del Real Decreto-ley 15/2020, de 21 de abril)
Se les descontarán del cálculo de los pagos
fraccionados y del IVA los días naturales bajo estado de alarma.
Extensión de plazos tributarios
- Se extienden hasta el 30/05/2020 los plazos que ya se
ampliaron hasta el 30/04/2020 o el 20/05/2020 en los Reales Decretos-leyes
8/2020 y 11/2020. Los contribuyentes no tendrán que atender
requerimientos, formular recursos o atender el pago de liquidaciones de
las administraciones tributarias.
- No se establecerán recargos para empresas que no hayan
ingresado la cuota de una declaración si están en trámites de obtener una
línea de financiación del ICO por el COVID-19.
Devolución de los depósitos satisfechos
para participar en subastas de la AEAT
Se habilita la posibilidad de solicitar la
devolución de estos depósitos en subastas suspendidas por el estado de alarma.
Deuda tributaria
No inicio del período ejecutivo para determinadas
deudas tributarias en el caso de concesión de financiación a la que se refiere
el artículo 29 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas
urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del
COVID-19 (Artículo 12 del Real Decreto-ley 15/2020, de 21 de abril)
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