Echar mierda hasta que crezca la hierba.
Los arrendamientos, y la renta de un inmueble afecto a la actividad económica. Puede ser suspendido el contrato y por lo tanto el pago de la renta. La fuerza mayor una causa a sustentar.
Echar mierda
hasta que crezca la hierba.
Que el
ministro de justicia tenga paralizada la ley de impulso de la mediación, y el
foro de la mediación en el estado de alarma es muy preocupante y pernicioso para los
tiempos que vivimos.
La mediación
en estos momentos es esencial para lograr consenso y que la justicia no se vea
todavía mas lesionada y desprestigiada.
El real decreto
Ley 8-2020 y el 11/2020 no presentan medidas algunas para los locales de
negocios arrendados, en la declaración del estado de alarma.
La realidad
que nos estamos encontrando es: Empresarios y particulares con locales en
alquiler que han recibido una comunicación de sus inquilinos, notificando que
no pueden hacer frente al pago de las rentas por cierre total o parcial de
sus negocios. El impago de rentas a los propietarios por causas de fuerza mayor
nos puede llevar a otro nuevo colapso del sistema judicial, que ya es eterno y
permanente, una pelea entre propietarios e inquilinos.
El ministerio de Justicia no puede seguir esperando como con el
covid-19, a que el sistema judicial se derrumbe, tiene que tomar medidas y de
manera urgente, y una sin más remedio es, poner
en marcha la ley del impulso de la mediación ya en su día aprobada con el consenso
de todo el parlamento.
Conforme a
la Ley de Arrendamiento Urbanos, los contratos de arrendamiento para uso
distinto a vivienda se rigen por la voluntad
de las partes. Por tanto, la primera posibilidad es que ambas partes renegocien las condiciones del contrato y
pacten medidas, aquí es donde entra la figura profesional del Mediador, que permitan compaginar los intereses de ambas
partes en el contrato y paliar las consecuencias económicas que ha provocado
esta pandemia.
La mediación
es el presente caso una forma de lograr que los intereses de las partes puedan
llegar a soluciones ajustadas a la crisis de la pandemia del COVID-19 nos ha
traído, repensando las posiciones para
poder llegar por la vía pacífica a soluciones rápidas, prontas, justas y
solidarias; el resto nos lleva al
negocio de la justicia y al colapso de la misma y sin soluciones durante años.
La justicia debe estar reservada
para casos importantes. Por ello nuestros legisladores no se pueden andar por
las ramas, dando vueltas a una tuerca pasada de rosca, dejando de aplicar la
legislación que ellos mismos aprueban para contentar a grupos gremiales
interesados sólo en su negocio y no en el negocio y la mejora social de los
justiciables y de la justicia. Más de ocho millones de asuntos están estancando
la justicia y esto va creciendo a pasos agigantados. La mediación sin duda es la solución, y el requisito procesal de que
sea obligatoria ante un mediador profesional es crucial.
Hacer mención la fuerza mayor preceptuada en el
artículo mil ciento cinco –1105-- del
Código Civil que señala que fuera de los casos expresamente mencionados en la
ley, y de los en que así lo declare la obligación, nadie responderá de aquellos
sucesos que no hubieran podido preverse, o que previstos, fueran inevitables,
nos llevará sin duda a frentes judiciales y a resoluciones o sentencias por
toda España cada una en un sentido diferente, con años de lucha y de pérdidas
en todos los sentidos y un grave daño no sólo para los interesados sino, para
la sociedad, la administración y la justicia, por eso acudimos a la realidad palmaria: “Debemos activar de inmediato la ley de impulso de
la mediación aprobada por todos los partidos políticos que hace obligatoria la
mediación previa como requisito procesal para accionar ante los juzgados”, el
resto es ineficiente, ineficaz y carente del sentido común.
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