lunes, 3 de diciembre de 2018


DIFERENCIAS ENTRE EXIMENTES, AGRAVANTES Y ATENUANTES.

Se explica en el presente una realidad que se da con frecuencia y es relativa a  cuando una persona comete un delito y puede su acción ser calificada sin responsabilidad. Hablaremos de las circunstancias modificativas de la responsabilidad penal; eximentes, atenuantes y agravantes. Este es un campo muy importante para que los Profesionales del campo Legal y Forense tengan en cuenta.

CIRCUNSTANCIAS MODIFICATIVAS DE LA RESPONSABILIDAD PENAL:

1.   Eximentes,
2.   Atenuantes
3.   Agravantes.
Una circunstancia EXIMENTE de la responsabilidad penal es aquella que exonera o libera de la responsabilidad penal a aquel que ha cometido un delito. Aunque en el Código Penal vienen enumeradas, el juez puede en atención al caso concreto, decidir sobre la aplicación y alcance finales de la eximente.
Nuestra normativa contempla como causas EXIMENTES las siguientes:

a) Cualquier anomalía o alteración psíquica, que impida comprender la ilicitud del hecho.
b) Hallarse bajo Intoxicación plena o un síndrome de abstinencia.
c) Sufrir graves alteraciones en la percepción de la realidad.
d) El que obre en defensa de la persona o derechos propios o ajenos.
e) Evitar un mal propio o ajeno.
f) El que actúa impulsado por miedo insuperable.
g) Obrar en cumplimiento de un deber.

COMO ATENUANTES: Circunstancia que reduce o aminora la responsabilidad penal. Sólo podrán considerarse circunstancias atenuantes de la responsabilidad penal de las personas físicas o jurídicas haber realizado, con posterioridad a la comisión del delito, alguna o varias de las siguientes actividades:
  • Confesar la infracción a las autoridades.
  • Reparar o disminuir el daño causado por el delito.
  • Haber colaborado en la investigación del hecho.
  • Haber establecido antes del comienzo del juicio oral medidas eficaces para prevenir y descubrir los delitos.
COMO AGRAVANTES: Circunstancia modificativa que aumenta el grado de responsabilidad de aquel que comete el delito. A efectos penales supone la aplicación de penas más duras para el infractor por considerarse mayor su grado de culpa o intencionalidad.
a) Ejecutar el hecho con alevosía.
b) Ejecutar el hecho con abuso de superioridad o aprovechando las circunstancias.
C) Ejecutar el hecho mediante precio, recompensa o promesa.
d) Cometer el delito por motivos racistas, antisemitas discriminatorios
e) Aumentar deliberada e inhumanamente el sufrimiento de la víctima.
f) Obrar con abuso de confianza.
g) Prevalerse del carácter público que tenga el culpable.
h) Ser reincidente.

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