jueves, 17 de octubre de 2019


Cambios que van afectar a la realidad del mundo Legal y Forense, a los peritos en particular.

Un cambio más en el  papel, pero sin resultado alguno en la realidad. Se abren posibilidades pero seguimos con un modelo legal y jurídico anclado en los gremios y en el pasado.

El derecho a la defensa de uno mismo o autodefensa y a postular por uno mismo queda vetado a favor del atraso, de avivar los conflictos y cercenar el desarrollo. Premiando la ignorancia y vetando los avances del nuevo siglo, que es el de la mente y el de la Inteligencia Artificial. –IA--.

El Tribunal Supremo de España dicta resolución mediante la cual sienta jurisprudencia en relación a que el interno en prisión que haya resultado absuelto debe ser indemnizado. Cumple así la resolución del Tribunal constitucional.

Los Peritos Legales y Forenses serán una pieza esencial en este nuevo orden del tablero, para valorar científicamente y siguiendo los baremos implantados por Europa para hallar mediante las tablas las indemnizaciones que a cada caso le afecte, teniendo en cuenta más variables que el tiempo pasado en prisión y privado de libertad.

Se platearán nuevas guerras y fórmulas para cercenar el derecho a  las indemnizaciones para aquellos que hayan sido condenados con meses de condena y hallan tenido eliminado y restringido su derecho a la libertad como derecho básico.

El Tribunal aplica la resolución del Tribunal constitucional en el caso del catalán Rosell, presidente del Barcelona, que estuvo en prisión casi dos años y resultó absuelto por la AN. Viene a sentar las bases para que todo aquel que se encuentre en prisión preventiva y resulte absuelto sea reparado con la indemnización correspondiente.

Aunque puede resultar factible, y somos conscientes de que habrá interpretaciones variopintas a favor del estado, al hablar de sobreseimiento libre, absolución por cualquier causa , por inexistencia del hecho punible; se abre un abanico para respetar el principio de inocencia, de defensa y de respeto a un valor superior como es la libertad.

Ahora debemos tener en cuenta que el artículo 294.1 LOPJ, ha pasado a tener un texto diferente y dirá: Tendrá derecho a indemnización quienes después de haber sufrido prisión preventiva, sean absuelgos o haya sido dictado auto de sobreseimiento libre, siempre que se le haya causado perjuicios.

Nuevamente el derecho caduco de este país deja al ciudadano indefenso y al arbitrio de la interpretación del juez de turno, haciendo caso omiso de principios ya consolidados  en el mundo contemporáneo como son: la igualdad , la seguridad jurídica, el de contradicción etc se verán restringidos y amenazados.

No será pacífica la doctrina, la confusión que se va dar es la propia de un estado de derecho hecho para no arreglar nada y vivir sumidos en el conflicto permanente.

Como ejemplo tenemos la mediación, profesión de más alta reputación y que la Unión Europea ha dispuesto sea aplicada en todos sus estados miembros, siendo retrasada y cercenada de manera habitual por cada grupo que nos gobierna.

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