Pensión Compensatoria - Compensación Económica
- Autor: Miguel García
- Materia: Civil
- Fecha: 13/02/2018
Para aquellos casos de separación o divorcio, conviene distinguir entre la pensión compensatoria y la compensación económica, dispuestas en los Art. 97 y Art. 1438 Código Civil (CC) , respectivamente. De la pensión compensatoria Es aquella, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 97 CC, a la que tendrá derecho el cónyuge al que la separación o el divorcio produzca un desequilibrio económico en relación con la posición del otro, que implique un empeoramiento en su situación ant...
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