Prohíben a un padre ver a sus hijos por obstaculizar la relación con la
madre
Un juzgado orensano ha acordado suspender provisionalmente la patria
potestad de un padre separado respecto de sus dos hijos menores de edad, por
considerar que desde que se produjo la separación el progenitor ha
obstaculizado la relación de los niños con su madre y que, además, no los ha
protegido debidamente del conflicto que existe entre ambos adultos.
En una sentencia dictada hace tan
solo unos días por la titular del Juzgado de Instrucción 3 de Ourense, se acuerda modificar las medidas
acordadas en la sentencia de divorcio por considerar que se ha producido desde
entonces «una variación sustancial de las circunstancias» que existían cuando
se dictó aquella primera resolución en la que se acordaba la custodia
compartida entre padre y madre.
«De lo actuado en la vista
resulta que la alteración es de notoria entidad, dados los obstáculos del
progenitor que dificulta de forma patente la relación madre e hijos», recoge la
sentencia de la jueza Eva Armesto, contra la que se puede presentar recurso.
Y es que a pesar de que ambos
padres acordaron compartir el cuidado de los menores, la madre apenas si pudo
ver a los pequeños tras la separación, muchas veces porque se negaban a ir con
ella. «El progenitor ha entorpecido las
relaciones materno filiales e impedido que se desarrollen de forma normal,
interponiendo además múltiples denuncias contra la familia materna», alegó
en el juicio la progenitora, que por ese motivo solicitaba la suspensión del ejercicio de la patria potestad del
progenitor de forma temporal, para que así los niños pudieran normalizar la
relación con la madre. Y la Fiscalía de
Ourense se sumó a esta petición. Reconocía en sus conclusiones que se
trataba de una medida «extraordinaria aunque no definitiva» y ponía sobre la
mesa la necesidad de proteger a los
menores de un conflicto entre cónyuges que dio lugar «a un síndrome de alienación», ya que la conciencia de los menores
había sido transformada «hasta un lavado
de cerebro con odio patológico a uno de los progenitores, en este caso la
madre».
Él dice que ella los maltrata
A todo esto se opuso en la vista
el padre de los niños, que pidió que le dieran a él la custodia alegando que la
madre maltrata a los niños, como también su familia.
Pero la jueza no halla pruebas de ello. «Durante el relativamente
largo período de tiempo en el que la madre tuvo encomendada la tutela de los
niños, hasta la separación, no ha sido detectado ningún aspecto negativo, y el
propio padre declara en el acto de juicio que era buena madre», explica la
magistrada, que también se fija en los
informes forenses realizados tras iniciarse este caso, que no observaron en los
niños «signos o sintomatología derivados de un posible maltrato físico o psicológico
habitual del entorno materno, aunque sí han existido episodios de tensión
dentro de la conflictividad familiar».
A mayores, la togada recuerda que
en una situación de custodia compartida
ambos padres tienen la obligación de superar
«desavenencias personales» para mantener una adecuada comunicación en
beneficio de los hijos, advirtiendo que, en este caso, el padre no ha
preservado a los niños del conflicto, mientras que ella «cumple correctamente
sus obligaciones». Así las cosas la
jueza acuerda que el ejercicio de la patria potestad se atribuya a la madre y
suspende provisionalmente la visitas del padre, hasta que se restablezca la
relación materno filial. Asimismo, obliga al padre a abonar una pensión
mensual de 200 euros en concepto de alimentos.
Los forenses dicen que el padre manipula a los niños para anular la
figura materna
«Hace partícipe a sus hijos de
sus sentimientos y opiniones negativos y de rechazo hacia la madre y la familia
materna, no proporciona el permiso psicológico a los menores para una adecuada
relación con su madre y familia extensa, no favorece una imagen positiva de la
figura materna y su entorno e interfiere en la interacción de estos con su
familia materna». Son algunas de las
conclusiones que recoge el informe que los forenses del Imelga hicieron sobre
el caso tras ver a los niños, en el que también advierten que «es evidente que
el padre interfiere la relación de sus hijos con su madre, lo cual resulta una
experiencia muy estresante y las secuelas pueden ser muy graves».
En el juicio la defensa del progenitor cuestionó estos informes del
gabinete psicosocial del Instituto de Medicina Legal, aportando otras pruebas
periciales propias. La jueza, sin embargo, ve
estos últimos incompletos.
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