jueves, 7 de noviembre de 2019

Plazas y oferta pública de empleo de la Xunta de Galicia.
Hoy, el DOGA publica los anuncios aprobados ayer en la Comisión de Personal: 


Los siguientes enlaces conducen a las publicaciones en DOGA:




REQUISITOS DE LAS PERSONAS ASPIRANTES 

FISIOTERAPIA: Estar en posesión o en condiciones de obtener el día de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de Galicia (DOG), el título universitario oficial de posgrado de Fisioterapia o graduado en un título que califica para el ejercicio de la profesión de fisioterapeuta. 

EDUCADORES: Estar en posesión o en condición de obtener el día de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de Galicia (DOG) el título de maestro o graduarse en una calificación que califique para el ejercicio de la profesión. de una maestría en Educación Primaria o un diploma en Educación Social, o una licenciatura de primer ciclo en Pedagogía, una licenciatura en Psicología o un licenciado en Psicopedagogía, o licenciado en la rama de Ciencias Sociales Jurídicas o en la rama de Ciencias de la Salud equivalente a cualquiera de las anteriores.

ENFERMERÍA: Estar en posesión o en condición de obtener el día de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de Galicia ( DOG), el título universitario oficial en Enfermería o graduarse en un título que califica para la profesión de enfermería.

PROMOCIÓN INTERNA: • Pertenecer: o Como funcionario de carrera al cuerpo administrativo de la Administración General (subgrupo C1), al personal técnico. facultativo o facultativo de los asistentes facultad facultativa de la administración especial de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Galicia, o Tener el estatuto de personal fijo de trabajo del grupo II o III de la Xunta de Galicia.

Haber prestado servicio, durante al menos dos años. , tales como

▪ Funcionarios de carrera en cualquiera de los cuerpos o escalas. integrado en el subgrupo C1 de la administración general y la administración especial de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Galicia (organismo administrativo u organismo de técnicos opcionales o cuerpo de asistentes opcionales), 
o▪ Tiene el estatus de grupo laboral fijo del Grupo II o III de la Xunta de Galicia, desde donde parten, computados desde la entrada o desde la integración en ella. 

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