miércoles, 2 de febrero de 2022

Año 2022 Reforma de las pensiones.

 




 En el BOE del día 29 de diciembre se ha aprobado, con efectos desde el 1 de enero de 2022, la Ley 21/2021, de 28 de diciembre, de garantía del poder adquisitivo de las pensiones y de otras medidas de refuerzo de la sostenibilidad financiera y social del sistema público de pensiones (que incluye la primera reforma del sistema de pensiones). Las medidas afectan a materias tan relevantes como la revalorización de las pensiones, la jubilación anticipada, el fomento al envejecimiento activo, la prestación por viudedad, la jubilación forzosa y el incremento de un 0,6% de la cotización con la finalidad de preservar el equilibrio entre generaciones.

Le informamos que se ha publicado en el BOE del día 29 de diciembre la primera reforma del sistema de pensiones, mediante la Ley 21/2021, de 28 de diciembre, de garantía del poder adquisitivo de las pensiones y de otras medidas de refuerzo de la sostenibilidad financiera y social del sistema público de pensiones que contiene importantes y relevantes novedades en materia de Seguridad Social y que entró en vigor el pasado 1 de enero de 2022.

Principales novedades

1. Nueva fórmula de revalorización para el mantenimiento del poder adquisitivo de las pensiones

Se fija una nueva fórmula para la revalorización y garantía de mantenimiento del poder adquisitivo de las pensiones. Concretamente se prevé que las pensiones mantendrán su poder adquisitivo. Así, las pensiones contributivas se revalorizarán al comienzo de cada año en el porcentaje equivalente al valor medio de las tasas de variación interanual expresadas en tanto por ciento del Índice de Precios al Consumo de los doce meses previos a diciembre del año anterior.

Cada cinco años el Gobierno y los interlocutores sociales realizarán una evaluación periódica de los efectos de la revalorización al objeto de hacer una propuesta de actualización, si lo considerasen necesario, para mantener el poder adquisitivo de las pensiones.

2. Medidas para favorecer el acercamiento voluntario de la edad efectiva de jubilación a la edad ordinaria

 

No hay comentarios:

Publicar un comentario