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lunes, 30 de enero de 2023

Perdonada una deuda superior a 48.000 euros a un afectado por la crisis de Covid-19

 

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Un Juzgado de Primera Instancia de Lleida ha perdonado la deuda a un empresario de la hostelería que tuvo que cerrar su negocio por encontrarse en estado de insolvencia

El Juzgado de Primera Instancia núm. 6 de Lleida, de lo mercantil, ha perdonado una deuda de 48.209 euros a un empresario de la hostelería de Torrelameu afectado por la crisis del Covid-19.

El deudor se vio en la obligación de cerrar su negocio a consecuencia de la crisis provocada por la pandemia del coronavirus, sin poder cumplir con las obligaciones contraídas con sus proveedores ya que todos sus ahorros desaparecieron hasta quedarse en un estado de insolvencia.

Debido a la situación de insolvencia en la que se encontraba el deudor, este tomó la decisión de acoger a la Ley de la Segunda Oportunidad. La deudora manifestó que en ella no concurrían las excepciones y prohibiciones recogidas en los artículos 487 y 488 de la Ley Concursal (LC), tratándose de un concurso sin masa y, por lo tanto, no había liquidación posible de masa activa.

El magistrado que ha dictado el auto, Eduardo M Enrech Larrea, ha procedido a archivar las actuaciones y a conceder al hostelero la Exoneración del Pasivo Insatisfecho (EPI) con carácter provisional, sin plan de pagos. De esta manera y conforme al art. 484 de la LC, el deudor no es responsable del pago de los créditos insatisfechos.

«El deudor tomó la decisión de acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad debido a su estado de insolvencia»

Otorgado el beneficio de la Segunda Oportunidad

El auto del concurso se dictó el pasado mes de octubre y, tras las publicaciones públicas del auto, los letrados del actor, representado por el despacho Bergadà Asociados, solicitaron el perdón de las deudas, la conocida EPI. En menos de dos meses, el 5 de diciembre, el juzgado le otorgó el beneficio de la Segunda Oportunidad mediante el perdón de las deudas y sin un plan de pagos.

Y es que, desde que entró en vigor el pasado 26 de septiembre la reforma operada del Texto Refundido de la Ley Concursal, las personas físicas, tanto empresarios como consumidores, pueden lograr que se les perdonen sus deudas en un tiempo récord si son deudores de buena fe, es decir, si no cuentan con antecedentes penales de carácter económico, ni infracciones de Seguridad Social o Hacienda de las que estén pendientes de pago sus sanciones.

Se trata así de un gran avance en cuanto al tiempo de espera para la concesión del EPI y a la mejora de la ley concursal, una normativa que a pesar de que su fin es ayudar a las personas quienes se han visto desbordadas por sus deudas a que tengan la oportunidad de empezar de nuevo y crear riqueza, resulta ser complicada y requiere de constante formación y especialización, pues desde que entró en vigor en el año 2003 ha estimado más de 30 reformas.

miércoles, 31 de agosto de 2022

Convenio entre el INSS, el ISM y las MCSS para la valoración, revisión y calificación de las incapacidades laborales

 

 

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Convenio entre el INSS, el ISM y las MCSS para la valoración, revisión y calificación de las incapacidades laborales

Con fecha 2 de junio de 2022 se ha suscrito el Convenio entre el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), el Instituto Social de la Marina (ISM) y las Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social (MCSS), para la emisión de informes y práctica de pruebas médicas y exploraciones complementarias para la valoración, revisión y calificación de las incapacidades laborales. El convenio tendrá una vigencia comprendida entre el 3 de julio de 2022 y el 2 de julio de 2024.

El objeto del convenio es poner a disposición del INSS y del ISM una herramienta que facilite, a través de los médicos inspectores y médicos de sanidad marítima respectivamente, el desarrollo de las funciones que ambas Entidades Gestoras tienen legalmente atribuidas para la gestión de las prestaciones económicas del sistema de la Seguridad Social, cuando estas se encuentren determinadas por una incapacidad laboral derivada de contingencias comunes.

En ejecución de este convenio, las direcciones provinciales del INSS y del ISM podrán solicitar a las MCSS, los informes, pruebas médicas y exploraciones complementarias que precisen para el desarrollo de sus funciones en materia de valoración, revisión y calificación de las incapacidades laborales, sujetas dichas peticiones a las contraprestaciones económicas que deban satisfacerse por estas Entidades Gestoras a las Mutuas Colaboradoras en la forma y condiciones que se establezcan en el convenio.

Estas actuaciones se efectuarán atendiendo a criterios de racionalidad y eficacia en el funcionamiento de ambas partes, sin que la realización de informes y pruebas médicas por parte de las MCSS pueda implicar un incremento del dispositivo sanitario, ni coste adicional para estas, ni menoscabo de la asistencia sanitaria que las Mutuas deben dispensar a los colectivos protegidos por ellas, cuya atención es preferente.

La Resolución regula el procedimiento (cláusula tercera) a seguir por las partes y las tarifas (cláusula cuarta y anexo I) económicas por las que se tienen que regir las mutuas y entidades gestoras cuando las primeras realicen los informes solicitados.

·      Resolución de 8 de junio de 2022, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Instituto Nacional de la Seguridad Social, el Instituto Social de la Marina y las Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social, para la emisión de informes y práctica de pruebas médicas y exploraciones complementarias para la valoración, revisión y calificación de las incapacidades laborales.

domingo, 8 de mayo de 2022

La mente cuando el cerebro muere.

 

Un neurocientífico que ha pasado por el famoso 'efecto túnel' narra su experiencia y reflexiona sobre el final de la consciencia

Les invito a que piensen en agua. Visualícenla por un momento. Apuesto a que la mayoría habrá concebido agua líquida, omitiendo casi por defecto que también se puede encontrar en estado sólido y gaseoso. Algo parecido pasa con la mente humana. Nuestra cultura da prioridad al estado de vigilia. La única alternativa a la alerta cafeinada parece ser el sueño profundo, a menudo interpretado únicamente como mecanismo para restaurar nuestra capacidad productiva. Vivimos entre funcionalidad y descanso la mayor parte de nuestras vidas. Pero hay más mente 'ahí dentro'. El haz de luz de la consciencia, al incidir sobre prisma que es nuestro cerebro, puede refractarse en una gama de colores que va más allá del enjuto binario encendido/apagado. Son los llamados 'estados alterados de consciencia'.

La lista es más larga de lo que uno a priori podría suponer: sueños lúcidos, hipnosis, trance, estados meditativos, psicodelia. Entre ellos encontramos también las llamadas 'experiencias cercanas a la muerte' Probablemente hayan oído hablar de ellas (aunque de ellas se hable poco). Yo tuve una hace exactamente un año. Tal y como pintó El Bosco hace más de medio milenio en 'La Ascensión al Empíreo', estuve en el famoso túnel con su luz al final. Tres figuras me esperaban amorosamente. No sentí miedo, pero supe que si seguía adelante no habría vuelta atrás. Decidí posponer el viaje y regresar. La cirujana y su equipo hicieron el resto, junto con los rezos de mis seres queridos.

'La Ascensión al Empíreo', de El Bosco.

Estudios científicos muestran que una de cada cinco personas resucitadas tras un paro cardíaco declara haber vivido una experiencia similar, incluyendo la sensación de abandono del cuerpo, ver pasar toda la vida por delante, o interaccionar con parientes fallecidos. Quizás sea todo una alucinación causada simplemente por la falta de oxígeno en el cerebro. O quizás no. Si se trata de una cuestión estrictamente fisiológica, ¿por qué el resto de pacientes no tuvo una experiencia similar o, simplemente, experiencia alguna? Y, en aquellos que sí, ¿cómo pudo una vivencia de tal intensidad suceder durante el periodo de muerte clínica, con encefalograma plano?

Que los pensamientos son una función del cerebro, no hay duda. La cuestión es, como planteó el psicólogo William James, si dicha función es 'productiva' o 'permisiva', esto es, si el cerebro secreta la mente como el hígado hace con la bilis o, si por el contrario, la recibe o filtra como la radio a las ondas electromagnéticas. La metáfora del cerebro-ordenador se ha quedado obsoleta. La nueva ciencia de la consciencia está poniendo en jaque esa manida visión de una materia lerda, transmutándola en una materialidad vital cuya matriz alberga la capacidad de saberse a sí misma.

Mientras tanto, ciencia y religión se confunden en la neuro-soteriología actual: promesas de salvación tecnocrática que, sin creer en 'el cielo', proponen subir nuestro 'yo' a 'la nube'. Es el sueño (o la pesadilla) del transhumanismo barato de alto coste que, elevándonos a semidioses, niega nuestra humanidad. Su profecía: inmortalizar tu consciencia como algoritmo en chips de silicio. Hoy no se fía, mañana sí.

No hay que estar técnicamente muerto para vivir una experiencia cercana a la muerte. En la literatura médica abundan constelaciones de fenómenos similares en casos de shock postparto, accidentes de tráfico, o asfixias, entre otros. Dichas experiencias transforman el resto de la vida de quienes las experimentan. Su realidad es innegable. Su impacto, indeleble.

Experiencias parecidas se describen también con frecuencia en unidades de cuidados paliativos, cuando el curar contravenido da paso al cuidar compasivo de aquellos enfermos llamados terminales. La recientemente llamada 'lucidez terminal' (o 'mejoría de la muerte', en la sabiduría popular), repentina mejoría poco antes de que el moribundo fallezca, desconcierta a los científicos. No se trata de meras anécdotas. Son miles los relatos en personas de diferentes culturas que consistentemente apuntan en la misma dirección, y que muchos profesionales de la salud también corroboran.

Y eso no es todo. Tradiciones como la budista ofrecen minuciosas descripciones de lo que sucede no sólo cerca de la muerte, sino durante, e incluso después. Como el 'bardo', estado intermedio entre muerte y reencarnación. O el 'tukdam', estado meditativo en el que el cadáver no respira pero tampoco se descompone durante semanas. Sólo hay que ojear el Libro Tibetano de los Muertos para darse cuenta de la exquisita investigación que de la mente se puede hacer con la propia mente. Los neurocientíficos occidentales deberíamos tomar nota. Entonces, ¿qué pasa con la mente cuando el cerebro se muere? Nada, afirmará confiado el dogmático materialista pues, según su doctrina (más filosófica que científica) la mente no puede ser nada más que actividad cerebral. El verdadero escéptico, sin embargo, confesará que no sabemos la respuesta. Dudar no es negar. Es más, su obligación es investigar aquello que no se entiende, especialmente si desafía sus creencias más arraigadas. No ofrezcamos explicaciones apresuradas, pero tampoco denunciemos lo 'sobrenatural' o 'paranormal', pues no hace más que expresar un prejuicio testarudo disfrazado de razón científica. Grandes tabús pueden convertirse en fértil campo de investigación.

Se crea o no en el 'más allá', es innegable que algo importante acaba en el 'más acá'. ¿Sobrevive algún aspecto de nuestra consciencia después de la muerte permanente del cuerpo físico? El ego probablemente se extingue. Sin embargo, la posibilidad de 'vida después de la vida' no debería distraernos de la cuestión existencial sobre el significado de la muerte. En nuestra sociedad tanatofóbica se hace cada vez más necesaria una suerte de sabiduría huérfana que permita mirar la muerte a los ojos, y amar lo que no va a durar para siempre. Como dice el escritor y activista Stephen Jenkinson, cuando a uno se le rompe el corazón, la solución no es menos corazón. La vida sigue siendo un milagro y la muerte un misterio. 

Fuente: Alex Gómez-Marín. Instituto de Neurociencias de Alicante