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martes, 28 de marzo de 2023

Factura completa y factura simplificada: diferencias a conocer.

Para qué sirven las facturas ¿Y para qué utiliza Hacienda la información de las facturas? Facturas en España: factura completa vs factura simplificada

Diferencias entre facturas simplificadas y completas

Una duda muy recurrente entre los autónomos es saber la diferencia entre una factura completa y una factura simplificada.

En este artículo te explicamos las diferencias entre estos dos tipos de facturas y qué datos debe contener cada una de ellas, para que no te quede ni una duda.

Para qué sirven las facturas

Lo primero que tienes que saber es que la factura completa y la factura simplificada son dos tipos de factura con los que puedes documentar una operación económica.

Y antes de entrar en las diferencias entre la factura simplificada y la factura completa, es importante abordar una serie de conceptos básicos sobre las facturas que todo autónomo debe saber:

Disponer de una factura es indispensable para poder tener derecho a recuperar el IVA que has pagado. Es necesario que esa factura esté registrada en tu contabilidad para que se considere gasto de tu actividad. El derecho que tienes a recuperar el IVA es temporal: sólo tienes un año para exigirle a tu proveedor que te envíe la factura que documenta la operación de compra que has realizado. El retraso en la facturación es muy frecuente cuando estamos ante compras de precio bajo. Es muy habitual hacer una compra, que te digan que ya enviarán la factura y que nunca la recibas. Pues bien, debes saber que si ha pasado un año desde la operación de compra y no te la han enviado, ya no tienen la obligación de hacerlo y tú vas a perder el derecho a recuperar el IVA de dicha compra. Como regla general, se tienen que conservar por un periodo de tiempo de 4 años, tanto las facturas de venta como las de compra. Hacienda quiere que el autónomo haga sus facturas siguiendo los datos establecidos en el Reglamento de Facturación.

 ¿Y para qué utiliza Hacienda la información de las facturas?

El precio del producto vendido o del servicio prestado le informará sobre el total de ingresos. Estos los obtienes en el desarrollo de tu actividad y deben coincidir con lo que has presentado en tu declaración de la renta. Toda esta información volcada en las facturas es clave en una inspección de Hacienda. Lo primero que hará, en estos casos, será sumar el importe total de la cuota de IVA de tus facturas y comprobar si esa suma coincide con el modelo 303. Además, la cuota del IRPF le indicará el importe a tu favor en concepto de retención y a cuenta de tu renta, para luego comprobar si realmente coincide con lo que has declarado en la misma. Una vez expuestos los requisitos necesarios que conlleva a una factura, voy a centrarme en las particularidades de cada una.

 Facturas en España: factura completa vs factura simplificada. Ahora así, vamos con los dos principales tipos de facturas en España: la factura completa y la factura simplificada, a veces mal llamada y entendida como ticket.

Factura Completa. Según la legislación actual, existen dos tipos de facturas, pero la factura completa u ordinaria a pesar de ser más extensa también es la que más usarás como autónomo. En ella aparecen todos los datos de la transacción que realizas para que queden archivados de la forma más ordenada posible.

Qué debe incluir la factura completa. La factura completa contiene los datos personales de la persona que realiza el servicio o vende el producto y los del cliente. Estos datos son vitales para que Hacienda conozca tu contabilidad y aplique los impuestos que te corresponden. Veamos cuáles son:

1. Número de factura

Cada factura que emitas deberá ir numerada de forma correlativa a la anterior, por ejemplo, 1/2016, 2/2016, etc…Si tienes varias líneas de negocio, además tendrás que asignarle a cada línea una serie, y dentro de cada serie las facturas también correlativas. Por ejemplo, si tienes un taller de coches que vende y repara, deberías de tener una serie para las facturas de venta que emitas y otra para las facturas de reparaciones. En este caso, podrías identificar las facturas de venta, como las A-1/2016, A-2/2016…. y para las de servicios las B-1/2016, B-2/2016…

 2. Fecha de factura

Lo normal es que la fecha de la factura coincida con el día en el que has realizado la venta del material o hayas prestado el servicio. Y esto es muy importante: las fechas de las facturas tienen que ir correlativas con su numeración. Es decir, no puedes tener una factura del día 1 de marzo identificada con el número 4/2016, y otra de fecha 25 de febrero con el número 5/2016.

3. Identificación del vendedor y del comprador

Cuando vayas a preparar una factura como autónomo, tendrás que indicar tus datos fiscales y los de tu cliente: nombre completo, nombre comercial (si lo hay), DNI o CIF y dirección fiscal.

4. Descripción de la operación o servicio prestado

En las facturas tendrás que identificar la operación realizada de forma que se conozca el tipo de producto vendido o servicio prestado. Por ejemplo, si eres un arquitecto describirás el tipo de proyecto que has realizado, es decir, si has diseñado unos planos para reformar el interior de una vivienda, o si has restaurado un palacete, etc

5. Importe de la factura

También es importante no equivocarte con el importe de la factura. Es decir, debes familiarizarte con los siguientes conceptos: Base imponible: precio del servicio ofrecido o material vendido Tipo impositivo: el tipo de IVA que tenga ese servicio prestado o material vendido. Lo normal es que sea un 21 %. Cuota de IVA: es el resultado de aplicar ese 21 % a la base imponible o precio. Tipo de retención: el tipo de irpf que te corresponderá según tu actividad. Para este año se ha fijado en un 15 % (salvo que inicies actividad que será un 7 %). Cuota de irpf: es el resultado de aplicar el 15 % o 7 % a la base imponible.. Importe a percibir: es el importe que te corresponde cobrar (base imponible + cuota IVA – cuota de IRPF). Con este ejemplo quizá lo veas más claro. Piensa que eres un abogado y que le vas a preparar una factura a un cliente por un juicio con unos honorarios de 1000 €. El importe de la factura se detallaría así: Base imponible: 1.000 €. IVA al 21 %: 210 €. IRPF al 15 %: 150 €

Importe total de la factura: 1.000 € + 210 € – 150 € = 1.060 €. En este caso, tu cliente tendría que pagar 1060 € por los servicios prestados.

 

Factura Simplificada

La factura simplificada se llama así porque los datos exigidos para su confección son menos que los que debe de contener una factura normal. Se trata de un nuevo modelo de facturas que se utiliza desde 2013 y se puede decir que sustituye a los antiguos tickets y sirven solo en casos muy específicos. Los requisitos para facturar de forma simplificada son los siguientes: Que el importe no supere los 400 € (IVA incluido). Que expidas factura rectificativa, es decir, que necesites hacer algún tipo de corrección respecto a una factura ya presentada. Esta es la regla general, pero en algunos casos concretos, también se pueden realizar facturas simplificadas en importes de hasta 3.000 € (IVA incluido). Esto es lo que sucede en: Ventas al por menor, Ambulancia,Ventas o servicios a domicilio del consumidor, Transporte, Hostelería y restauración, Discotecas, Peluquería y belleza, Uso de instalaciones deportivas, Revelado de fotos, Aparcamientos, Autopistas, Tintorerías y lavanderías.. A raíz del cambio de tickets a factura simplificada, también se introdujeron nuevos datos obligatorios en el documento.

 Qué debe incluir la factura simplificada

Los datos que deben aparecer en una factura simplificada son: El número de factura y serie, de forma correlativa, como en la factura completa. Fecha de expedición de la factura y si la fecha del trabajo es diferente se incluye también.. Datos identificativos del emisor de la factura (NIF, Nombre y Apellidos o en el caso de que sea una sociedad simplemente su denominación). Descripción de los bienes vendidos o servicios prestados. Tipo de IVA aplicado y opcionalmente se puede utilizar la expresión “IVA Incluido” (Ejemplo: el tipo de IVA aplicado debería de indicarse escribiendo “21% de IVA”). Importe Total de la Factura (lo que se va a cobrar)

Cómo recuperar el IVA de una factura simplificada

Una vez, conocemos los datos que contiene una factura simplificada podemos responder a la pregunta, ¿se puede recuperar el IVA con una factura simplificada? La respuesta es Sí, pero solo si se cumple con una serie de condiciones. Para poder recuperar el IVA de una factura simplificada será necesario que aparezcan en la misma, además de los datos anteriores, los siguientes: Datos identificativos del receptor, sobre todo su NIF y su domicilio. El desglose de la cuota de IVA. Un ejemplo de una factura simplificada que puede recuperar el IVA de forma correcta es el siguiente: Supongamos que un arquitecto va a una papelería y se compra 4 bolis, 2 cartulinas, y 3 pinceles, el vendedor le tiene que entregar una factura simplificada estos datos: Número de Factura: 1002. Fecha de Factura: 01-04-2017 Juan.NIF: 00000000. Destinatario: José. NIF 00000 / calle  . 4 bolis marca BIC, 2 cartulinas verdades tamaño folio, y 3 pinceles marca “de lo mejor” 21% de IVA. A Pagar = 50,26€Como ves, el vendedor habrá tenido que incluir en la factura las datos que identifican al arquitecto y desglosar el importe de I. VA, para que lo pueda recuperar. Ahora sólo le faltará al arquitecto registrar la factura en su listado de gastos para terminar de cumplir con los requisitos que la normativa del IVA exige para ejercer el derecho a recuperar las cuotas de IVA pagadas.

Diferencias entre facturas simplificadas y completas

Las principales diferencias entre las facturas simplificadas y las completas son las siguientes:  En las facturas simplificadas no hace falta que incluyas el domicilio de su emisor; en las facturas completas por el contrario va ser necesario que conste. En las facturas simplificadas sirve con poner  la contraprestación total; en las facturas hay que desglosar el total en la base imponible, el IVA y la cuota de IVA. Además se debe de indicar el tipo de IVA aplicado. En las facturas simplificadas solo tienes que identificar el tipo de bienes entregados o de servicios prestados en la operación; en las facturas completas debe hacerse una descripción de las operaciones realizadas, incluyendo precios unitarios de bienes o servicios prestados. En las facturas simplificadas no hay que incluir los datos del destinatario como el NIF , nombre, apellidos o denominación social completa. Ni siquiera el domicilio del mismo; en las facturas completas sí que será necesario que incluyas toda esa información. En las facturas simplificadas no hace falta que añadas la cuota tributaria de IVA. Mientras que en las facturas completas debe constar expresamente y por separado la cuota de IVA. 

miércoles, 30 de diciembre de 2020

La mediación el método más rápido y económico sin ir al juzgado.

 
Soluciones sin jueces, más rápidas y menos traumáticas

Mediación en la resolución de conflictos

El departamento de justicia de Cataluña promueve la mediación en la resolución de conflictos como vía alternativa a la judicial

El Govern de la Generalitat fomenta la mediación como método de prevención, gestión y resolución de conflictos; se trata de un mecanismo de éxito que evita consecuencias traumáticas de pasar por los tribunales

Más rápido y económico que ir al juzgado

En la mediación, pueden llegar todo tipo de conflictos: familiares –separaciones, divorcios, cuidado y atención de las personas mayores, adopciones o acogimientos, designación de tutores, régimen de visitas, cuestiones económicas derivadas de la tutela, herencias, pensión por alimentos–, problemas entre vecinos, diferencias sociales o culturales surgidas de la convivencia ciudadana, conflictos relativos a alquileres o reclamaciones de cantidad, disputas en la empresa familiar o entre fundaciones o asociaciones, entre otros.

En el ámbito de la familia, por ejemplo, el proceso para resolver un caso por la vía judicial se puede llegar a alargar hasta dos años –dependiendo de la congestión del juzgado– y además deben afrontarse los honorarios de abogados y procuradores. En cambio, la mediación puede acortar este procedimiento y resolverlo en un plazo que se sitúa en torno a los cuatro meses, con un máximo de seis sesiones, y con un coste de 40 euros por sesión y persona implicada.

La Administración de justicia también facilita mediadores de oficio gratis en los casos en que se justifique la falta de recursos económicos. Resolver un conflicto mediante la mediación, por lo tanto, es más rápido, económico y tiene menos coste emocional que hacerlo acudiendo al juzgado. 

La Generalitat promueve la mediación en la resolución de conflictos

Acuerdo satisfactorio en el 50% de los casos

La mitad de las mediaciones finalizadas el año pasado terminaron con un acuerdo satisfactorio para ambas partes. En cifras absolutas, en el año 2019 llegaron al Centre de Mediació de Catalunya, órgano adscrito al Departament de Justícia, 2.822 solicitudes de mediación (un 89% de expedientes relacionados con asuntos de familia y un 11% de expedientes relacionados con otros asuntos del derecho privado). Del total de solicitudes recibidas, un 81% llegaron a iniciativa de las partes interesadas, mientras que un 19% fueron derivadas por el juez.

Más diálogo, menos togas

El mediador es un profesional que trabaja con imparcialidad, neutralidad y confidencialidad. Su trabajo consiste en ayudar a las partes en conflicto a encontrar acuerdos, a hallar vías de entendimiento entre las personas en disputa. Esto es especialmente importante en aquellos supuestos en los que hay menores involucrados, que pueden sufrir las consecuencias de los enfrentamientos judiciales entre sus padres.

Se trata de fomentar unas relaciones familiares adecuadas después de situaciones de crisis y velar por la protección de los hijos pequeños, preservándolos de la judicialización de los conflictos entre los adultos.

La mediación soluciona conflictos a base de diálogo y no de leyes

La mediación, una herramienta desconocida pero efectiva

Según datos de la Unión Europea, menos de un 1% de los conflictos civiles y mercantiles se resuelven por esta vía. En Catalunya, un 60% de las personas que reciben una sesión informativa sobre la mediación acaban solicitando este procedimiento, y de éstos, un 50% finaliza con un acuerdo satisfactorio.

Para incrementar estas cifras, el Govern apuesta por fortalecer la red institucional con los diferentes operadores implicados en la mediación: la Administración de Justicia, los colegios profesionales y otras corporaciones públicas como las cámaras de comercio o las universidades.

Una nueva norma para fomentar la cultura del diálogo

Ante las ventajas de este método y los datos que las corroboran, el Parlament de Catalunya aprobó en julio una ley impulsada por el Govern para fomentar la mediación frente a la vía judicial. Es la Ley 9/2020, que permite a los jueces forzar una sesión de mediación en conflictos familiares –como las separaciones y las custodias de hijos– antes de ir a juicio. La norma también emplaza al Govern a elaborar un plan de políticas públicas de carácter general para la prevención, gestión y resolución de conflictos.

Para más información, puede consultar la web del Departament de Justícia. 

Fuente la Vanguardia