jueves, 7 de noviembre de 2019

Plazas y oferta pública de empleo de la Xunta de Galicia.
Hoy, el DOGA publica los anuncios aprobados ayer en la Comisión de Personal: 


Los siguientes enlaces conducen a las publicaciones en DOGA:




REQUISITOS DE LAS PERSONAS ASPIRANTES 

FISIOTERAPIA: Estar en posesión o en condiciones de obtener el día de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de Galicia (DOG), el título universitario oficial de posgrado de Fisioterapia o graduado en un título que califica para el ejercicio de la profesión de fisioterapeuta. 

EDUCADORES: Estar en posesión o en condición de obtener el día de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de Galicia (DOG) el título de maestro o graduarse en una calificación que califique para el ejercicio de la profesión. de una maestría en Educación Primaria o un diploma en Educación Social, o una licenciatura de primer ciclo en Pedagogía, una licenciatura en Psicología o un licenciado en Psicopedagogía, o licenciado en la rama de Ciencias Sociales Jurídicas o en la rama de Ciencias de la Salud equivalente a cualquiera de las anteriores.

ENFERMERÍA: Estar en posesión o en condición de obtener el día de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de Galicia ( DOG), el título universitario oficial en Enfermería o graduarse en un título que califica para la profesión de enfermería.

PROMOCIÓN INTERNA: • Pertenecer: o Como funcionario de carrera al cuerpo administrativo de la Administración General (subgrupo C1), al personal técnico. facultativo o facultativo de los asistentes facultad facultativa de la administración especial de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Galicia, o Tener el estatuto de personal fijo de trabajo del grupo II o III de la Xunta de Galicia.

Haber prestado servicio, durante al menos dos años. , tales como

▪ Funcionarios de carrera en cualquiera de los cuerpos o escalas. integrado en el subgrupo C1 de la administración general y la administración especial de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Galicia (organismo administrativo u organismo de técnicos opcionales o cuerpo de asistentes opcionales), 
o▪ Tiene el estatus de grupo laboral fijo del Grupo II o III de la Xunta de Galicia, desde donde parten, computados desde la entrada o desde la integración en ella. 

martes, 5 de noviembre de 2019


La tributación en los accidentes de circulación y tráfico.

Las indemnizaciones por accidente de tráfico están exentas de tributar en el IRPF. Con una única excepción, que la indemnización se consiga sin llegar a la vía judicial y esta sea superior a lo establecido en el Baremo de Accidentes de Tráfico.

Esta salvedad, es muy poco habitual que se produzca, pues en un acuerdo extrajudicial pocas veces la compañía aseguradora ofrece una oferta motivada superior a la cuantía máxima que correspondería al accidentado.

Si se diera esta situación, es decir, la indemnización excede lo fijado por ley como cuantía máxima, únicamente el afectado deberá tributar como ganancia patrimonial la cuantía que excede el Baremo.
Es más, lo habitual es que dicha indemnización sea inferior a la que realmente le corresponde a la víctima del accidente de tráfico.

Si la indemnización por accidente de tráfico se consigue en vía judicial, independientemente de la cuantía de la misma, no tributará en el IRPF.

Tributación de los intereses de demora en las indemnizaciones por accidente de tráfico.

En este caso, sí se debe tributar por aquellos intereses de demora que perciban los lesionados como consecuencia del retraso en el pago de dicha indemnización. Pero únicamente se tributará por esos intereses de demora, el resto de indemnización se aplicarán los parámetros señalados.

Los últimos datos de la Dirección General de Tráfico muestran que durante los meses de julio y agosto de este 2019 se han producido en las carreteras españolas 91,1 millones de desplazamientos de largo recorrido. Y pese a que las cifras de siniestralidad son mejores que los datos del pasado verano, lo cierto es que el número de accidentes de tráfico, leves o graves, sigue siendo muy importante.

Según la DGT, en esos 91,1 millones de desplazamientos de largo recorrido que se han contabilizado en los meses de julio y agosto de este 2019, se han producido 203 accidentes mortales, con un total de 220 fallecidos.

Como aclaración, los perjudicados pueden reclamar una indemnización por un accidente de tráfico, sean herederos, padres, hijos o el propio afectado.

Los accidentes de tráfico son una de las principales causas de fallecimiento en nuestro país.

En relación con los herederos debemos de tener en cuenta:

Uno de los motivos que dan derecho a percibir indemnización por accidente es en caso de muerte. En estos supuestos, quien percibirá la indemnización son los herederos del fallecido.
Si la indemnización por accidente la reciben los herederos, esta cantidad deberá ser integrada en la herencia y posteriormente declarada en el Impuesto de Sucesiones.


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Más abajo, hacemos un resumen de las condiciones legales para poder ejercer como mediador profesional y como Perito Legal y Forense en las jurisdicciones judiciales de España.

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Este nuevo número nos ofrece entre otra cosas lo siguiente:

Honorarios de Justicia Gratuita para los logopedas que estén en los listados de los juzgados,  al amparo de la  ley de justicia gratuita 1/1996, de 10 de enero, de Asistencia Jurídica Gratuita.

Por medio del presente entregamos documentos anexos a  los enlaces, para que sirvan de guía y referencia a todos aquellos que actúen como peritos en el turno de justicia gratuita al ser llamados por los juzgados y de este modo tener la legislación que regula la materia y puedan serles útiles a la hora de confeccionar  sus presupuestos, los cuales deben ser entregados en el plazo de cinco días desde que se presentan en el juzgado. Recordar que los profesionales que intervienen en la justicia gratuita están exentos del IVA, cuestión dilucidada ya por la Dirección General de Tributos –DGT-, la cual considera en igualdad de condiciones a todos lo profesionales que están en la ley que regula la justicia gratuita.
Consulta vinculante número V2129-18. de la Dirección General de Tributos.  ORGANO SG de Impuestos sobre el Consumo FECHA-SALIDA 18/07/2018  NORMATIVA Ley 37/1992 arts. 1, 4, 5, 7, 11 y 78-Tres-1



Leer método de hallar los honorarios en Galicia https://drive.google.com/open?id=1uc5w0gD-HqY1-Y4TV7-mQ0Pd3Vv98HZV

Cada CCAA con competencias tiene sus propias tarifas u honorarios.



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Condiciones para ser Mediador: Para ser Mediador la nueva legislación estatal sobre mediación en asuntos civiles y mercantiles (Ley 5/2012 de 6 de Julio de mediación en asuntos civiles y mercantiles y Real Decreto 980/2013 de 13 diciembre), exige que el Mediador tenga titulación universitaria o estudios de FP Superior, un seguro de responsabilidad Civil, Formación especializada de cien horas con casos reales, y cada cinco años formación continua. Estar registrado en el Registro Nacional del Ministerio de Justicia de España.


EIA FORMACIÓN Av. Gregorio Espino, 52, Entlo.,Of.3-CP36205 Vigo (Pontevedra) Tlf.: 986266151 · Fax: 986 267911 mail formacion@asesoriaeia.com Entidad Registro e Institución de Mediación Inscrita en el RNM del Ministerio de Justicia. Centro Sanitario Registro Xunta Galicia número. C-36-002673

domingo, 3 de noviembre de 2019


El Constitucional estudiará un recurso de amparo por la pérdida de datos de una historia clínica.

El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite un recurso de amparo por vulneración de derecho fundamentales en relación a la desaparición de datos esenciales de una historia clínica de un paciente.

Así consta en una resolución, publicada, en la que la Sala Segunda informa de que ha examinado el recurso, presentado por los Servicios Jurídicos de la Asociación ‘El Defensor del Paciente’.

Aprecian que concurre «una especial trascendencia constitucional porque el recurso plantea un problema o afecta a una faceta de un derecho fundamental sobre el que no hay doctrina del Tribunal Constitucional».

El recurso se admite frente a una sentencia del Juzgado de lo contencioso-administrativo número 11 de Madrid que desestimó la demanda presentada por la hija de un paciente, de 45 años.

Este falleció de un infarto agudo de miocardio después de que estuviera más de dos horas en su Centro de Salud madrileño.

La pretensión se fundamentaba en la demora que existió a la hora de prestar la asistencia médica correspondiente, y dicha demora únicamente podía valorarse con el estudio de los electrocardiogramas que le fueron realizados al paciente en el Centro de Salud cuando ingresó.

Estas pruebas eran «determinantes» y desaparecieron del Historial Clínico.

La demandante presentó un Recurso de Amparo por considerar que provoca indefensión.

Al desestimar su reclamación el Servicio Madrileño de Salud y no pronunciarse el juzgador sobre las consecuencias de la pérdida de la Historia Clínica, la demandante presentó un Recurso de Amparo por considerar que provoca indefensión.

Además, el recurso se basa en que se infringió el derecho a la tutela judicial efectiva –con infracción del artículo 24 CE– y, a la vez, el artículo 217.7 de la LEC que consagra el principio de facilidad probatoria, lo que supone otro motivo de infracción del artículo 24 de la Constitución Española.

La demandante cree que al no aplicar el principio de facilidad probatoria derivado de la pérdida de historia clínica, se exige al perjudicado «una prueba diabólica como es demostrar que los electros desaparecidos eran patológicos, desde qué momento era patológicos y que merecían una movilización más temprana de la UVI móvil».

Esta situación, a su juicio, produce vulneración de los derechos fundamentales citados cuando se está omitiendo valorar las consecuencias de la pérdida de parte del historial clínico, determinante para el esclarecimiento de los hechos.



De la calle a Harvard Pelicula Completa

Detrás de la Pizarra (Español) Pelicula completa

El padre de la electroencefalografía por sus estudios pioneros sobre la actividad eléctrica en el cerebro humano.

Hans Berger (Neuses21 de mayo de 1873 - Jena1 de junio de 1941) fue un neurólogo y psiquiatra alemán, considerado en la actualidad el padre de la electroencefalografía por sus estudios pioneros sobre la actividad eléctrica en el cerebro humano.

Hijo de Paul Friedrich Berger y de Anna Rückert, se graduó en Gymnasium en Coburg y después accedió a Universidad de Jena en 1892, donde estudió Medicina hasta 1897. Fue ayudante de Otto Ludwig Binswanger (1852-1929) en la clínica psiquiátrica de la universidad junto con Oskar Vogt (1870-1959) y Korbinian Brodmann (1868-1918), quienes mostraron una gran predilección por el estudio de la localización de las funciones cerebrales. Fue nombrado médico jefe en 1912 y director y profesor de psiquiatría en 1919; se retiró en 1938.

El objetivo principal de sus trabajos iniciales fue la búsqueda de la correlación entre la actividad objetiva del cerebro y los fenómenos psíquicos subjetivos. Investigó la influencia de los latidos del corazón, la respiración, las funciones vasomotoras y la posición de la cabeza y el cuerpo sobre las pulsaciones cerebrales. Berger también estudió los efectos de una serie de medicamentos, como alcanfor, digitoxina, cafeína, cocaína y morfina, sobre las pulsaciones cerebrales. Los resultados de estas investigaciones fueron decepcionantes; sin embargo, Berger continuó su búsqueda de expresiones mensurables de condiciones psíquicas a través de experimentos en la circulación sanguínea (1904, 1907).

Más tarde, Berger intentó descubrir una correlación entre la temperatura del cerebro y los procesos psíquicos. Postuló que a través de la disimilación en la corteza, se desarrolla energía psíquica (P-Energie), junto con calor, energía eléctrica y energía neuronal. Estos experimentos también llegaron a un punto muerto, según la publicación de Berger de 1910. Sin embargo, en sus conferencias sobre psicofisiología, impartidas a partir de 1905 y publicadas en 1921, el problema de P-Energie continuó manteniendo su interés.

Después de la Primera Guerra Mundial, y en vista de los decepcionantes resultados de sus estudios anteriores, Berger se volcó en la demostración de la actividad eléctrica en el cerebro humano. Ya en 1902 había tomado mediciones de la actividad eléctrica a través de trépanos con el electrómetro capilar Lippmann y luego con el galvanómetro Edelmann. Sin embargo, en 1910, Berger mencionó en su diario que los resultados de estas mediciones no fueron satisfactorios. A partir de 1925, Berger modificó su metodología y se especializó en registrar las fluctuaciones espontáneas en el potencial eléctrico. En su primera publicación sobre electroencefalografía (1929), llamó al 6 de julio de 1924 la fecha del descubrimiento del electroencefalograma humano. No obstante, no recibió reconocimiento internacional hasta que Adrian y Matthews llamaron la atención sobre su trabajo en 1934.

Con la entrada del régimen nazi, Berger fue destituido de su cargo como jefe de la Unidad de Psiquiatría de la Universidad de Jena. Finalmente, el 1 de junio de 1941 se suicidó.